Relator (ley)


Relator / r ɪ l t ər / , femenina relatrix / r ɪ l t r ɪ k s / , (en latín, "narrador") es el término legal que significa que una persona privada en cuya relación o en cuyo nombre una aplicación para un quo warranto o mandamus se archiva. [1] El relator aparece como un interesado beneficioso, pero la acción se mantiene en su nombre. El relator proporciona el conocimiento o los hechos sobre los cuales una información o un procedimiento in quo justificaEs basado. Dicho procedimiento suele estar a nombre del estado, ex rel . ( ex relación = "[surgiendo] de la narración") del relator, por lo que se llama una " acción ex rel .".

A qui tam acción puede ser ejercida por cualquiera de las partes (como relator) en contra de una entidad que está recogiendo de manera fraudulenta el dinero del gobierno de los Estados Unidos mediante la presentación de reclamaciones falsas. La parte que entabla la demanda, el relator, debe estar en posesión de información que sustente la denuncia de fraude contra el gobierno. El gobierno comparte un porcentaje del dinero recaudado, junto con una parte de los daños triplicados y las sanciones, si las hubiera, con el relator. El relator puede ser cualquier entidad, incluido un particular, una asociación comercial o un sindicato. El Congreso autorizó las acciones de Qui Tam en la Ley de Reclamaciones Falsas .