Artículo 92 de la Ley constitucional de 1867


La sección 92 de la Ley de la Constitución de 1867 ( en francés : artículo 92 de la Loi constitutionnelle de 1867 ) es una disposición de la Constitución de Canadá que establece los poderes legislativos de las legislaturas de las provincias de Canadá . Los poderes provinciales en la sección 92 están equilibrados por la lista de poderes legislativos federales establecidos en la sección 91 de la Ley de Constitución de 1867 . La tensión dinámica entre estos dos conjuntos de autoridad legislativa se conoce generalmente como la "división de poderes" . La interacción entre las dos listas de poderes ha sido fuente de muchos litigios constitucionales desde la Confederación de Canadá .en 1867.

La Ley de Constitución de 1867 es el estatuto constitucional que estableció Canadá . Originalmente denominada Ley de América del Norte Británica de 1867 , la Ley sigue siendo el estatuto fundamental de la Constitución de Canadá, aunque ha sido enmendada muchas veces desde 1867. Ahora se reconoce como parte de la ley suprema de Canadá.

La Ley de la Constitución de 1867 es parte de la Constitución de Canadá y, por lo tanto, parte de la ley suprema de Canadá . [1] Fue el producto de extensas negociaciones por parte de los gobiernos de las provincias británicas de América del Norte en la década de 1860. [2] [3] La Ley establece la estructura constitucional básica de Canadá, incluida la creación del gobierno federal y la definición de los poderes del gobierno federal y las provincias . Promulgada originalmente en 1867 por el Parlamento Británico bajo el nombre de Ley de América del Norte Británica, 1867 , [4]en 1982, la Ley pasó a estar bajo el control total de Canadá a través de la Patria- ción de la Constitución, y pasó a denominarse Acta de la Constitución de 1867 . [5] Dado que la Ley de patriación solo puede ser enmendada en Canadá, bajo la fórmula de enmienda establecida en la Ley constitucional de 1982 . [6]

11. La Constitución de Sociedades de Objeto Provincial.
12. La Solemnización del Matrimonio en la Provincia.
13. Propiedad y Derechos Civiles en la Provincia.
14. La Administración de Justicia en la Provincia, incluyendo la Constitución, Mantenimiento y Organización de los Tribunales Provinciales, tanto de lo Civil como de lo Penal, e incluyendo el Procedimiento en Materia Civil en dichos Tribunales.
15. La Imposición de Sanción de Multa, Pena o Prisión por hacer cumplir cualquier Ley de la Provincia dictada en relación con cualquier Asunto comprendido dentro de cualquiera de las Clases de Materias enumeradas en esta Sección.

El artículo 92 se encuentra en la Parte VI de la Ley constitucional de 1867 , que trata de la distribución de los poderes legislativos.

La Sección 92 ha sido enmendada una vez desde que se promulgó la Ley en 1867. La Sección 92(1) originalmente otorgó a las legislaturas provinciales el poder de promulgar leyes para enmendar las constituciones de las provincias, además del cargo de Vicegobernador . La Sección 92(1) fue derogada como parte de la Patria de la Constitución. El poder provincial para enmendar la constitución provincial ahora se encuentra en la sección 45 de la Ley de Constitución de 1982 . La excepción con respecto al cargo de Vicegobernador se encuentra ahora en la s. 41 de la Ley Constitucional de 1982 . [6]


Proclamación que pone en vigor la Ley de Constitución , 1 de julio de 1867