El Estatuto IV de 1947 sobre la abolición de ciertos títulos y rangos , [1] una ley aún en vigor en la República de Hungría , declara la abolición de los rangos nobles hereditarios y estilos y títulos relacionados , también prohibiendo su uso.
Contenido del estatuto
1. El artículo (1) del Estatuto declara la anulación de los rangos aristocráticos y nobles húngaros, como duque , marqués , conde , barón , noble , primor y primipilus (" lófő "). También anula todos los permisos otorgados en el pasado para poseer tales títulos otorgados a un ciudadano por un jefe de estado extranjero.
- (2) suprime el título de " örökös főispán " ( latín : viene supremus et perpetuus ).
- (3) suprime los títulos de rango designados con fines decorativos [por ejemplo, " valóságos belső titkos tanácsos " (Consejero Privado Real Interno), " titkos tanácsos " (Consejero Privado), etc. ]. Este punto también revoca cualquier otorgamiento anterior de tales títulos.
2. § (1) prohíbe el otorgamiento futuro de títulos regulados como puestos en el servicio civil a cualquier persona que no esté en el servicio civil. Este punto no se aplica a los títulos habituales o habituales en la vida científica y artística.
- (2) Prohíbe el nombramiento futuro de personas no empleadas en la función pública municipal para cargos honorarios.
3. § (1) prohíbe el uso de títulos de rango mencionados en 1. §. Además, prohíbe explícitamente el uso del título " vitéz " ("valiente") (un título hereditario creado por Miklós Horthy en 1920).
- (2) prohíbe el uso de partículas nobiliarias , escudos de armas , insignias o el uso de cualquier expresión que se refiera a la descendencia de un clan noble (" de genere ").
- (3) prohíbe el uso de honoríficos referidos a rangos o títulos abolidos por este Estatuto, tales como " főméltóságú " (Su Alteza Serena), " nagyméltóságú " (Su Excelencia), " kegyelmes " (Su Excelencia) , " méltóságos " (El honorable), " nagyságos " (El Venerables), " tekintetes ", " nemzetes " etc .
- (4) prohíbe el uso de honoríficos regulados como referencia a puestos en la función pública, o de aquellos que denotan distinción social [los ejemplos que se dan aquí son los mismos que en 3. § (3)].
- (5) declara que los párrafos 3 y 4 no se aplican a los títulos habituales en las comunicaciones internacionales. Estos párrafos tampoco se aplican a los títulos exclusivamente eclesiásticos y no seculares del clero.
4. § establece que el Estatuto entra en vigor a partir del día de su promulgación. La versión original del Estatuto nombra al Ministro del Interior (de acuerdo con el Ministro de Justicia) como el ministro responsable de la ejecución de la legislación. La versión vigente en la actualidad confiere este deber al ministro responsable de los asuntos relacionados con los registros vitales .
Después de 1989
El Estatuto sobrevivió al cambio político después de la caída del sistema de partido único y los procesos de desregulación en curso durante y después de la década de 1990 (ver por ejemplo el Estatuto LXXXII de 2007, [2] ) y todavía está vigente hoy. Se han hecho múltiples intentos para revocar el Estatuto, pero ninguno ha tenido éxito. La situación no ha cambiado desde la entrada en vigor de la nueva Constitución de Hungría en 2012.
En 2009, el Tribunal Constitucional rechazó una moción solicitando la revocación de 3. § (1) - (4), la prohibición del uso de ciertos títulos. Al comentar sobre el rechazo, la Corte Constitucional consideró que
... es necesario agregar que el Estatuto sirve para la abolición de la discriminación de las personas por motivos de ascendencia, que, como transmite el razonamiento ministerial del proyecto de ley, "no puede ser compatible con la posición pública democrática y el arreglo social sobre la base de Así, el Estatuto se sustenta en un sistema de valores tan definido que, además, es parte integrante de los valores derivados del párrafo 70 / A. § (1) de la Constitución vigente , que prohíbe la discriminación.
El 27 de septiembre de 2010 (acercándose al final de la campaña para las elecciones municipales) István Tarlós (en ese momento candidato a la alcaldía de Budapest , nominado por el partido gobernante Fidesz ) y Zsolt Semjén (viceprimer ministro de Hungría, Christian El Partido Popular Democrático , también miembro del gobierno), entre muchos otros políticos, han sido iniciados en la Orden Vitéz , [3] un acto que el Estatuto prohíbe explícitamente.
En diciembre de 2010, dos miembros del partido de oposición JOBBIK presentaron una moción para revocar partes del Estatuto. [4] Esta moción ha sido posteriormente revocada. [5]
En marzo de 2011, durante el proceso de redacción de una nueva constitución , se planteó la posibilidad de revocar toda la legislación entre 1944 y 1990. [6]
Referencias
- ^ 1947. évi IV. törvény egyes címek és rangok megszüntetéséről (en húngaro)
- ^ 2007. évi LXXXII. törvény (en húngaro)
- ^ Templomot, iskolát a magyarságért (en húngaro)
- ^ T / 1954 Az egyes címek és rangok megszüntetéséről szóló 1947. évi IV. törvény módosításáról (en húngaro) Archivado el 20 de marzo de 2012 en la Wayback Machine.
- ↑ Iromány adatai: 2010- T / 1954 Az egyes címek és rangok megszüntetéséről szóló 1947. évi IV. törvény módosításáról . (en húngaro) Último acceso: 5 de marzo de 2011
- ^ Alkotmány: újjászületnek a vármegyék (en húngaro)