Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2002


Resolución 2002 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas , adoptada por unanimidad el 29 de julio de 2011, tras recordar las resoluciones 733 (1992), 1519 (2003), 1558 (2004), 1587 (2004), 1630 (2005), 1676 (2006), 1724 ( 2006), 1744 (2007), 1766 (2007), 1772 (2007), 1801 (2008), 1811 (2008), 1844 (2008), 1853 (2008), 1862 (2009), 1907 (2009), 1916 ( 2010) y 1972(2011), el Consejo endureció las sanciones contra Eritrea y Somalia para incluir a las personas y entidades que reclutan o utilizan niños soldados en la Guerra Civil de Somalia , además de los responsables de ataques contra escuelas y hospitales en Somalia. [1]

En el preámbulo de la resolución, el Consejo reafirmó la importancia del Acuerdo de Paz de Djibouti y la Carta Federal de Transición como base para la resolución del conflicto en Somalia. Condenó las violaciones de los embargos de armas contra Eritrea y Somalia e instó a todos los Estados, en particular a los de la región, a abstenerse de violar los embargos. Los miembros del Consejo destacaron la necesidad de mejorar la supervisión de los embargos de armas y expresaron su preocupación por los actos de intimidación contra el grupo de supervisión.

La resolución 2002 expresó su preocupación por el empeoramiento de la situación humanitaria en Somalia y condenó las restricciones impuestas por los grupos armados a la entrega de ayuda humanitaria al país y los ataques al personal humanitario. Mientras tanto, el Consejo enfatizó la importancia de la asignación responsable y transparente de los recursos financieros y pidió el fin de la malversación de fondos.

El Consejo determinó que la situación en Somalia, las acciones de Eritrea que "socavan la paz y la reconciliación" en Somalia, así como la disputa entre Eritrea y Djibouti, seguían constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales.

Actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , el Consejo de Seguridad decidió que las prohibiciones de viaje , las sanciones económicas y el embargo de armas también se aplicarían a las personas y entidades designadas por el Comité que obstruyen el proceso de paz, reclutan niños soldados o atacan escuelas y hospitales. en violación del derecho internacional . Los actos también incluirían la apropiación indebida de fondos financieros.

La resolución consideró que todo comercio no local que pasara por los puertos controlados por al Shabaab era una amenaza para la paz, la estabilidad y la seguridad de Somalia y quienes participaran en este comercio estaban sujetos a sanciones. A este respecto, se solicitó al Gobierno Federal de Transición que prohibiera todo comercio de grandes embarcaciones con puertos controlados por el grupo rebelde.