La Constitución de México , formalmente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ( españoles : Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ), es la actual constitución de México . Fue redactado en Santiago de Querétaro , en el Estado de Querétaro , por convención constituyente, durante la Revolución Mexicana . Fue aprobada por el Congreso Constituyente el 5 de febrero de 1917. Es la sucesora de la Constitución de 1857 y constituciones mexicanas anteriores .
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos | |
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Jurisdicción | México |
Ratificado | 5 de febrero de 1917 |
Sistema | República presidencial constitucional |
Sucursales | 3 |
Cámaras | Bicameral ( Senado y Cámara de Diputados ) |
Ejecutivo | presidente |
Colegio electoral | Sí, la Cámara de Diputados elige un presidente en funciones cuando es necesario; Los diputados validaron las elecciones presidenciales hasta 1993. |
Primera legislatura | 15 de abril de 1917 |
Primer ejecutivo | 1 de mayo de 1917 |
Localización | Palacio de Lecumberri |
Autor (es) | Congreso Constituyente de 1917 |
Reemplaza | Constitución de 1857 |
La Constitución actual de 1917 es el primer documento de este tipo en el mundo que establece los derechos sociales , y sirve de modelo para la Constitución de Weimar de 1919 y la Constitución de la República Socialista Federativa Soviética de Rusia de 1918 . [1] [2] [3] [4] Algunas de las disposiciones más importantes son los artículos 3, 27 y 123; Adoptados en respuesta a la insurrección armada de las clases populares durante la Revolución Mexicana, estos artículos muestran cambios profundos en la filosofía política mexicana que ayudaron a enmarcar el contexto político y social de México en el siglo XX. [5] Con el objetivo de restringir la Iglesia Católica Romana en México , el artículo 3 sentó las bases para una educación gratuita, obligatoria y laica; [6] [7] El artículo 27 sentó las bases de las reformas agrarias; [7] y el artículo 123 fue diseñado para empoderar al sector laboral, que había surgido a fines del siglo XIX y que apoyaba a la facción ganadora de la Revolución Mexicana . [7]
Los artículos 3, 5, 24, 27 y 130 restringieron seriamente a la Iglesia Católica Romana en México, [8] y los intentos de hacer cumplir los artículos estrictamente por parte del presidente Plutarco Calles (1924-1928) en 1926 llevaron al violento conflicto conocido como el Cristero. Guerra . [8]
En 1992, bajo la administración de Carlos Salinas de Gortari , hubo importantes revisiones de la constitución, modificando el artículo 27 para fortalecer los derechos de propiedad privada, permitir la privatización de ejidos y terminar con la redistribución de la tierra, y los artículos que restringen la Iglesia Católica Romana en México fueron en gran parte derogado. [9] [10] [11] [12] [13]
El Día de la Constitución ( Día de la Constitución ) es una de las Fiestas Patrias ( días festivos ) anuales de México , que conmemora la promulgación de la Constitución el 5 de febrero de 1917. Aunque el aniversario oficial es el 5 de febrero, el feriado tiene lugar el primer lunes de febrero. independientemente de la fecha. [14]
Principios esenciales
La constitución se basó en siete ideales fundamentales:
- Una declaración de derechos
- Soberanía de la nación
- Separación de poderes
- Representante del Gobierno
- Federalismo
- Recurso constitucional
- Supremacía del Estado sobre la Iglesia [15]
Organización
La Constitución se divide en "Títulos" ( Títulos ) que son una serie de artículos relacionados con el mismo tema general. Los Títulos, de longitud variable, son:
Primer título :
- Capítulo I: De los Derechos Humanos y sus Garantías ( Capítulo I: de los Derechos Humanos y sus Garantías )
- Capítulo II: De los mexicanos ( Capítulo II: de los Mexicanos )
- Capítulo III, De los Extranjeros ( Capítulo III: de los Extranjeros )
- Capítulo IV: De los ciudadanos mexicanos ( Capítulo IV: de los Ciudadanos Mexicanos )
Segundo título :
- Capítulo I: De la Soberanía Nacional y la Forma de Gobierno ( Capítulo I, de la Soberanía Nacional y de la Forma de Gobierno )
- Capítulo II: De las Partes que componen la Federación y el Territorio Nacional ( Capítulo II, de las Partes Integrantes de la Federación y del Territorio Nacional )
Tercer título :
- Capítulo I: De la separación de poderes ( Capítulo I, de la División de Poderes )
- Capítulo II: Del Poder Legislativo ( Capítulo II, del Poder Legislativo )
- Capítulo III: Del Poder Ejecutivo ( Capítulo III, del Poder Ejecutivo )
- Capítulo IV: Del Poder Judicial ( Capítulo IV, del Poder Judicial )
Cuarto título :
- Sobre las responsabilidades del servicio público y el patrimonio del Estado ( De las responsabilidades de los servidores públicos y patrimonial del Estado )
Quinto título :
- Sobre los estados de la Federación y el Distrito Federal ( De los estados de la Federación y del Distrito Federal )
Sexto título :
- Sobre Trabajo y Bienestar Social ( Del Trabajo y la Previsión Social )
Séptimo título :
- Disposiciones Generales ( Prevenciones Generales )
Octavo título
- Acerca de las reformas a la Constitución ( De las Reformas a la Constitución )
Noveno título :
- Sobre la inviolabilidad de la Constitución ( De la Inviolabilidad de la Constitución )
Historia
La Revolución Mexicana y el Congreso Constituyente de 1916-1917
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es uno de los resultados de la Revolución Mexicana de 1910 ganada por la facción constitucionalista liderada por Venustiano Carranza . Carranza convocó un congreso específicamente para redactar la nueva constitución. Carranza excluyó de este congreso a las facciones villista y zapatista ; sin embargo, las demandas (y la amenaza política) de estas facciones empujaron a los delegados a adoptar demandas sociales que no estaban originalmente en el plan de Carranza, es decir, los artículos 27 y 123. [5]
Reemplazó la Constitución liberal de 1857, extendiendo las restricciones de esa constitución a la Iglesia Católica Romana en México . Sus innovaciones consistieron en expandir el poder del estado mexicano en los ámbitos del nacionalismo económico , el nacionalismo político y la protección de los derechos de los trabajadores. A diferencia de los congresos que produjeron la Constitución mexicana de 1824 y la Constitución de 1857 durante un período prolongado, el Congreso Constituyente produjo el borrador final en unos pocos meses, entre noviembre de 1916 y febrero de 1917. [16] La constitución era "un medio para confieren legitimidad a un régimen inestable ". [17] Una interpretación de la rapidez con la que se redactó el documento y la aceptación por parte de Carranza de algunas disposiciones radicales "sugiere que lo que Carranza y sus colegas querían principalmente era una Constitución, cuyos contenidos hipotéticos podrían luego ser revisados, reescritos e ignorados. (todo lo cual sucedió) ". [17]
El programa político del Partido Liberal de México (PLM) de 1906 propuso una serie de reformas que se incorporaron a la Constitución de 1917. El artículo 123 incorporó sus demandas por la jornada de 8 horas, salario mínimo, condiciones higiénicas de trabajo, prohibiciones al abuso de aparceros, pago de salarios en efectivo, no scrip, prohibición de comercios de la empresa y el domingo como día de descanso obligatorio. [18] El artículo 27 de la Constitución incorporó algunas de las demandas del PLM para la reforma agraria en México . Exigir a los propietarios de tierras que hagan productivas todas sus tierras y, si se dejan ociosas, someterlas a la expropiación del gobierno; la concesión de una cantidad fija de tierra a quien la solicite, siempre que la ponga en producción y no la venda. [19] También se incorporaron puntos en el llamado del PLM para mejorar la educación, como la educación completamente laica, la asistencia obligatoria hasta los 14 años y el establecimiento de escuelas profesionales. [20] No es sorprendente que el PLM también pidiera restricciones a la Iglesia Católica Romana, que fueron incorporadas en la constitución. Estos incluyeron tratar a las instituciones religiosas como negocios y obligarlas a pagar impuestos; nacionalización de los bienes inmuebles de las instituciones religiosas; y la eliminación de las escuelas dirigidas por religiosos. [21]
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue redactada por el Congreso Constituyente en Querétaro, no por la capital. Carranza eligió el sitio porque fue donde fue ejecutado el emperador Maximiliano de México , poniendo fin a la Intervención francesa en 1867. [22] Se elegirían delegados al congreso, con uno por jurisdicción que existía en 1912, [23] cuando se habían celebrado elecciones al Congreso durante la presidencia de Francisco I. Madero . A los que habían sido "hostiles a la Causa Constitucionalista" se les prohibió participar, pero la votación fue por sufragio universal masculino. [24] Carranza fue presionado para que amnistía a los que habían sido hostiles y permitiera que los que habían salido al exilio regresaran a México, pero él se negó. [24]
El congreso se inauguró formalmente en noviembre de 1916, con elecciones de delegados y luego una pelea de credenciales precedente. El borrador final fue aprobado el 5 de febrero de 1917. La membresía del congreso no era representativa de todas las regiones, clases o tendencias políticas de México. Los 220 delegados eran todos carrancistas, ya que la fracción constitucionalista había salido victoriosa militarmente. Sin embargo, eso no significaba que fueran de una sola opinión. [25] La mayoría de los delegados eran de clase media, no trabajadores ni campesinos. Predominaron los profesionales de clase media, con abogados, profesores, ingenieros, médicos y periodistas. [26] [27] El estado natal de Villa, Chihuahua, tenía un solo delegado. [28] La composición predominantemente civil del Congreso Constituyente contrastaba con el lugar del poder real en el México revolucionario, que estaba en el ejército. La mayoría de los generales de alto rango no participaron directamente en el congreso. [29]
Un grupo importante de delegados electos al Congreso fue el " Bloque Renovador ", que había sido elegido en 1912 a la legislatura mexicana durante la presidencia de Madero. Algunos los consideraron contaminados por haber continuado sirviendo durante el régimen de Victoriano Huerta (febrero de 1913 a julio de 1914). Aunque algunos habían votado a favor de aceptar la renuncia forzosa de Madero a la presidencia, en un movimiento fallido para salvar su vida, este grupo había bloqueado los movimientos de Huerta en la legislatura hasta el punto que en octubre de 1913 Huerta disolvió el congreso y gobernó como dictador. [30] Algunos congresistas huyeron de México, otros fueron encarcelados por Huerta. Con la victoria constitucionalista, algunos renovadores, como Alfonso Cravioto, José Natividad Macías , Félix F. Palavicini y Luis Manuel Rojas, ya estaban listos para servir en el Congreso Constituyente para redactar la nueva constitución. Hubo oposición a ellos por parte de otros carrancistas por su historial de servicio en el régimen de Huerta y esos opositores intentaron bloquear su asiento como delegados. Carranza apoyó a los Renovadores, diciendo que les había dado instrucciones de continuar sirviendo en el Congreso durante el régimen de Huerta como una forma de recopilar información sobre el régimen y bloquear sus intentos de actuar constitucionalmente. [31] En el Congreso Constituyente, hubo amargas luchas por la ubicación de delegados particulares, de modo que la división entre los Renovadores y un grupo más radical de izquierdistas (a veces llamados obregonistas) fue aguda incluso antes de que el congreso realmente se abriera. [32] La pelea más encarnizada fue por el asiento de Palavincini, que finalmente se resolvió en una sesión a puerta cerrada. El canciller de Carranza, Cándido Aguilar, concluyó el asunto diciendo que el Congreso Constituyente estaba perdiendo tiempo con el debate de Palavincini, mientras que Villa se mantuvo fuerte en Chihuahua y Estados Unidos podría intervenir en México para oponerse a la nueva constitución. [33]
Los gobiernos extranjeros estaban preocupados por las deliberaciones en el Palacio de Bellas Artes de Querétaro. Según Cándido Aguilar, "el gobierno estadounidense no quiere bajo ninguna circunstancia que se complete esta constitución". [34] El embajador alemán en México, Heinrich von Eckardt, escribió a su gobierno que la constitución fue "el resultado de dos meses de trabajo por parte de hombres de los cuales sólo un puñado, por consenso general, están realmente a la altura". [35]
El propio Carranza presentó un borrador de la nueva constitución el 1 de diciembre de 1916, pero "reflejaba poco de la agitación que había estado ocurriendo durante los últimos cuatro años. De hecho, fue simplemente una nueva redacción y reorganización de la Constitución de 1857". [36] Los asesores de Carranza que habían elaborado el borrador esperaban que éste "sirviera de punto de partida para las discusiones constituyentes " y que "nadie debería perder de vista el profundo cambio que se está produciendo en nuestras instituciones fundamentales". [37] Existe evidencia de que "la gente de la Ciudad de México era cínica: esperaban que el Congreso firmara el borrador que le presentó Carranza". [38] Los delegados leyeron el borrador de Carranza, pero no lo aceptaron en su totalidad.
Las discusiones más polémicas fueron sobre los artículos relacionados con la educación y con la Iglesia Católica Romana, mientras que los artículos más "revolucionarios" sobre el poder del estado para expropiar y distribuir recursos ( artículo 27 ) y los derechos laborales ( artículo 123 ) se aprobaron fácilmente. . [39] A pesar de que el Congreso Constituyente se ha caracterizado como una batalla polarizado de "moderado" y radicales" delegados, asesores de Carranza espera que su proyecto para ser revisado. En las palabras de un estudioso que fue 'mutilado'. [40] La redacción de los dos artículos más revolucionarios fueron redactados por un pequeño comité y el congreso votó unánimemente a favor pocas horas después de su presentación. [40] El pastor Rouaix fue la mano que guió las versiones finales tanto del artículo 123 , aprobado primero, como del artículo 27 . proyecto de artículo 27 hecho por Andrés Molina Enríquez , autor del influyente trabajo 1909, los grandes problemas nacionales . [41]
El artículo 3 , que trata de la educación, fue muy polémico. El borrador del artículo 3 de Carranza dice: "Habrá plena libertad de instrucción, pero la impartida en los establecimientos educativos oficiales será laica, y la instrucción impartida por estas instituciones será gratuita tanto en el nivel superior como en el inferior". [42]
Francisco Múgica propuso una alternativa mucho más enérgica. "Habrá libertad de instrucción; pero la impartida en los establecimientos oficiales de educación será laica, al igual que la enseñanza primaria superior e inferior impartida en las escuelas privadas. Ninguna corporación religiosa, ministerio de ningún culto, o cualquier persona perteneciente a una similar La asociación podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria, ni impartir instrucción en ninguna escuela [ colegio ]. Las escuelas primarias privadas solo podrán establecerse bajo la supervisión del Gobierno. La instrucción primaria será obligatoria para todos los mexicanos, y en los establecimientos oficiales se libre." [43]
Hubo importantes debates sobre los artículos anticlericales de la constitución. La Constitución liberal de 1857 ya restringía a la Iglesia Católica Romana como institución, pero la revisión constitucional fue aún más lejos. La Convención de Aguascalientes de 1914 ya había reunido a facciones revolucionarias victoriosas, incluidos constitucionalistas, zapatistas y villistas, pero las discusiones allí no se centraron en el anticlericalismo. [44] Sin embargo, el congreso constitucional de 1916-1917 tuvo debates prolongados y acalorados sobre el anticlericalismo. Un argumento que encaja con el contenido de los debates es que para los constitucionalistas el anticlericalismo era una cuestión nacionalista más que religiosa. [45] Se consideraba que la Iglesia Católica Romana como institución era antiliberal y antinacionalista, por lo que "la Iglesia Católica era enemiga de la soberanía mexicana y un obstáculo para el triunfo del liberalismo y el progreso". [46] Desde este punto de vista ideológico, la implementación de la agenda de la Iglesia Católica "se ejerció a través de su control de la educación, la confesión oral, etc." [46]
Se ha argumentado que el artículo 3 y el artículo 130 restringieron a la Iglesia Católica como consecuencia del apoyo brindado por la jerarquía de la Iglesia mexicana a la dictadura de Victoriano Huerta, [47] [48] [49] Sin embargo, se ha argumentado que la Revolución sí no comenzó en 1910 con el anticlericalismo como un tema importante, sino que emergió como uno solo después de la victoria de la facción constitucionalista. [50] El anticlericalismo de los constitucionalistas era parte de su objetivo de construir un estado-nación fuerte. "[D] elegates veía a la iglesia como un enemigo político para el establecimiento de un estado-nación liberal y secular ... La iglesia parecía ser vista por la mayoría de los delegados como un cuerpo extraño que trabajaba en contra del desarrollo de un estado-nación progresista y secular. nación independiente ". [45] En lugar de que el anticlericalismo sea una postura religiosa, en esta interpretación "la postura militante anti-iglesia del congreso fue otra expresión del nacionalismo". [51]
El artículo 27 establece en particular que los ciudadanos extranjeros no pueden poseer tierras en las fronteras o costas como consecuencia de la ocupación estadounidense de Veracruz , [7] [52] y el artículo 123 fue diseñado para empoderar al sector laboral como consecuencia de la brutal represión. en Cananea y Río Blanco . [7] [52] Sin embargo, Venustiano Carranza se declaró en contra de la redacción final de los artículos que promulgaron políticas anticlericales y reforma social; [53] a saber, los artículos 3, 5, 24, 27, 123, 130 . Pero el Congreso Constituyente contenía solo 85 conservadores y centristas cercanos al tipo de liberalismo de Carranza, y contra ellos había 132 delegados más radicales. [54] [55] [56]
Esta constitución es la primera en la historia del mundo en establecer derechos sociales, sirviendo como modelo para la Constitución de Weimar de 1919 y la Constitución de Rusia de 1918. [1] [2] [3] [4] Artículos: 3, 27, y 123 mostró profundos cambios en la filosofía política mexicana que ayudarían a enmarcar el contexto político y social para el resto del siglo. El artículo 3 sentó las bases de una educación obligatoria y laica; [6] [7] [52] El artículo 27 sentó las bases de la reforma agraria en México y afirmó la soberanía estatal sobre los derechos del subsuelo de la nación; [7] [52] y el artículo 123 fue diseñado para empoderar al sector laboral. [7] [52]
Enmiendas a los mandatos presidenciales
La constitución fue enmendada en 1926 para permitir reelecciones presidenciales siempre que el presidente no cumpliera mandatos consecutivos. [57] Esta enmienda permitió al ex presidente Álvaro Obregón postularse para la presidencia en 1928, elección que ganó, pero fue asesinado antes de asumir el cargo. La enmienda fue derogada en 1934. [58]
La Constitución fue enmendada en 1927 para extender el mandato del presidente de cuatro a seis años. [59] El presidente Lázaro Cárdenas fue el primero en cumplir un mandato completo de seis años, que comenzó en 1934 y dejó el poder en 1940.
Enmienda que restringe los derechos de las mujeres agrarias
Uno de los principales impactos del artículo 27 fue otorgar poder al gobierno para expropiar propiedades por el bien de la nación. Esta herramienta se utilizó para dividir grandes latifundios y crear ejidos , pequeñas propiedades campesinas inalienables. En 1927, se revisó el artículo 27 para restringir los derechos de las campesinas a tener ejidos a su nombre, a menos que fueran "el único sustento de la unidad familiar". [60] Las mujeres propietarias de ejidos perdían sus derechos ejidales si se casaban con otro ejidatario. "Esencialmente, la tierra se veía como un recurso familiar, con solo una membresía ejidal asignada por familia". [61] En 1971, estas restricciones fueron eliminadas a través de la Ley de Reforma Agraria ( Ley de Reforma Agraria ), para que los cónyuges y sus hijos pudieran heredar. [62]
La enmienda de 1992 al artículo 27 que permitió que los ejidos se convirtieran en propiedad privada y se vendieran fue diseñada para crear un mercado de bienes raíces y permitir la creación de empresas agrícolas más grandes y productivas. Se consideró que las mujeres eran más vulnerables económicamente con este cambio, ya que eran una pequeña proporción de ejidatarios. [63] En la práctica, en un estudio de 2002 de cuatro sitios diferentes, a pesar del cambio en la ley, las mujeres (madres y viudas) retuvieron un estatus económico considerable dentro de la familia. [64]
Artículos anticlerical y las enmiendas de 1934 y 1946
Los artículos 3, 5, 24, 27 y 130, tal como se promulgaron originalmente en 1917, eran anticlericalistas y restringían el papel de la Iglesia Católica Romana en México, así como de otras iglesias organizadas. Aunque se ha argumentado que estas restricciones se incluyeron en parte debido al deseo de los redactores anticlericales de castigar a la jerarquía de la Iglesia mexicana por su apoyo a Victoriano Huerta , [47] [48] [49] la Constitución mexicana de 1857 promulgada durante el Partido Liberal La reforma en México ya redujo significativamente el papel de las instituciones religiosas.
El artículo 3 requería que la educación, tanto en las escuelas públicas como privadas, fuera completamente secular y libre de cualquier instrucción religiosa y prohibía a las religiones participar en la educación, esencialmente prohibiendo las escuelas católicas o incluso la educación religiosa en las escuelas privadas. [8] El artículo 3 también prohibía a los ministros o grupos religiosos ayudar a los pobres, dedicarse a la investigación científica y difundir sus enseñanzas. [8] La constitución prohibía a las iglesias poseer propiedades y transfirió todas las propiedades de la iglesia al estado, haciendo así que todas las casas de culto fueran propiedad estatal. [8]
El artículo 130 negaba a las iglesias cualquier tipo de estatus legal [65] y permitía a los legisladores locales limitar el número de ministros (esencialmente dando al estado la capacidad de restringir las instituciones religiosas) y prohibía a los ministros que no hubieran nacido en México. [8] Negó a los ministros la libertad de asociación , el derecho al voto y la libertad de expresión , prohibiéndoles a ellos ya las publicaciones religiosas criticar la ley o el gobierno. [8]
Los presidentes Venustiano Carranza (1917-1920) y Álvaro Obregón (1920-1924) no implementaron los artículos anticlericalistas de la constitución, que era la postura que había adoptado Porfirio Díaz con los artículos anticlericales de la Constitución de 1857 y la Iglesia Católica.
A partir de 1926, el presidente Plutarco Elías Calles (1924-1928) trató de hacerlos cumplir. En 1926 el Papa Pío XI , en la encíclica Acerba animi , afirmó que los artículos anticlericales de la constitución eran "seriamente despectivos de los derechos más elementales e inalienables de la Iglesia y de los fieles" y que tanto él como su predecesor se habían esforzado por evitar su aplicación por parte del gobierno mexicano. [66]
La escalada de las tensiones entre la Iglesia y el Estado condujo a una feroz violencia regional conocida como la Guerra Cristera . [8] Algunos estudiosos han caracterizado la constitución en esta época como un enfoque "hostil" al tema de la separación entre la iglesia y el estado . [67]
Aunque la Guerra Cristera llegó a su fin en 1929, con el embajador de Estados Unidos en México Dwight Morrow actuando como mediador entre el gobierno mexicano y la jerarquía de la Iglesia Católica Romana, el fin del violento conflicto no resultó en cambios constitucionales.
La constitución se hizo aún más anticlerical de 1934 a 1946, cuando estaba en vigor una enmienda que ordenaba la educación socialista. El 13 de diciembre de 1934 [68] el artículo 3 ahora ordenaba la educación socialista, que "además de eliminar toda doctrina religiosa" "combatiría el fanatismo y los prejuicios", "construyendo en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de vida social". [8]
En 1946 la educación socialista fue eliminada formalmente de la constitución y el documento volvió a la educación laica generalizada. [8] En la práctica, sin embargo, la educación socialista terminó con el presidente Manuel Ávila Camacho , quien dijo al comienzo de su período presidencial en 1940 "Soy un creyente [religioso]" ( Soy creyente ), señalando el fin de la aplicación de la ley. artículos anticlericales.
La flexibilidad en la aplicación significó que a pesar de que la constitución prohibía cualquier culto fuera del edificio de la iglesia, [8] lo que hizo que las misas al aire libre del Papa Juan Pablo II y otras celebraciones religiosas durante sus visitas de 1980 y 1990 fueran actos ilegales, [69] [70 ] el gobierno hizo la vista gorda. Los artículos anticlericalistas permanecieron en la Constitución hasta las reformas de 1992.
Reforma constitucional de artículos anticlericales y reforma agraria bajo Salinas
En su discurso inaugural, el presidente Carlos Salinas de Gortari (1988-1994) anunció un programa para “modernizar” México mediante la transformación estructural. “El estado moderno es un estado que ... mantiene la transparencia y actualiza su relación con los partidos políticos, los grupos empresariales y la iglesia”. [71] Su declaración fue más una articulación de la dirección del cambio, pero no una lista de detalles.
La implementación de reformas implicó modificar la constitución, pero antes de eso, superar la oposición de izquierda pero también de la propia Iglesia católica. [72] Después de un debate considerable, la legislatura mexicana votó a favor de estas revisiones fundamentales en la política Iglesia-Estado. [73] [74]
La Constitución de 1917 tenía varias restricciones anticlericales. El artículo 5 restringió la existencia de órdenes religiosas; El artículo 24 restringió los servicios de la iglesia fuera de los edificios de la iglesia; El artículo 27 que facultaba al Estado sobre aspectos fundamentales de la propiedad y resultó en la expropiación y distribución de tierras, al tiempo que limitaba el derecho a vender las tierras ejidales comunales y, más famoso en 1938, la expropiación de compañías petroleras extranjeras. El artículo 27 también impedía a las iglesias poseer bienes inmuebles. Para la jerarquía católica, el artículo 130 impedía el reconocimiento de la Iglesia como persona jurídica, negaba al clero el ejercicio de los derechos políticos e impedía a la Iglesia participar de cualquier forma en los asuntos políticos.
La Iglesia había impugnado todas estas restricciones desde el principio. Ante la posibilidad de cambios en las relaciones entre Iglesia y Estado, “la principal demanda de la jerarquía católica se centró en la modificación del artículo 130 ” para reconocer a la Iglesia como entidad jurídica, restituir los derechos políticos a los sacerdotes y acabar con las restricciones “sobre el acciones sociales de la Iglesia y sus miembros ”. [75]
La reacción inicial al cambio de la constitución fue bastante negativa por parte de los miembros del Partido Revolucionario Institucional que veían al anticlericalismo como un elemento inherente al México posrevolucionario. Estaba claro que, dada la naturaleza controvertida de las elecciones de 1988, Salinas no podía esperar operar con un mandato para su programa. Sin embargo, el debate ahora estaba abierto. Los izquierdistas liderados por Cuauhtémoc Cárdenas se opusieron a cualquier cambio en los artículos anticlericales de la constitución, ya que se los consideraba la base del poder del estado laico. Sin embargo, el Partido Acción Nacional en alianza con el PRI debilitado se convirtió en aliado para avanzar hacia reformas fundamentales.
El Vaticano probablemente sintió un cambio radical en la postura del partido gobernante mexicano sobre el anticlericalismo. En 1990, Juan Pablo II visitó México, la primera desde 1979 para la conferencia de obispos latinoamericanos de Puebla. Tras el anuncio de sus intenciones, el Ministro de Gobernación ( Gobernación ) declaró rotundamente que el gobierno no modificar el artículo 130 . No obstante, el gobierno mexicano comenzó a tomar medidas para normalizar las relaciones diplomáticas con el Vaticano. El segundo viaje del Papa en 1990 en mayo aumentó la presión sobre el gobierno mexicano para que tomara medidas hacia la normalización, particularmente después de que el Vaticano y la Unión Soviética lo hicieran ese año. Aunque Salinas planeó un viaje al Vaticano en 1991, la jerarquía católica en México no quería la normalización de las relaciones con el Vaticano sin discutir cambios significativos a la constitución. [76]
Un cambio aún más significativo se produjo en el discurso oficial sobre el estado de la nación de Salinas en noviembre de 1991. Afirmó que "ha llegado el momento de impulsar nuevos procesos judiciales para las iglesias", impulsadas por la necesidad "de conciliar la secularización definitiva de nuestra sociedad con libertad religiosa efectiva ". [77] El gobierno propuso cambios a la constitución para" respetar la libertad de religión ", pero afirmó la separación de la Iglesia y el Estado, mantuvo la educación pública secular, así como las restricciones a la política política de los clérigos. participación en la vida cívica y acumulación de riqueza. [77]
El proyecto de ley para reformar la constitución fue presentado al legislativo para reformar los artículos 3, 5, 24 y 130 . [78] El proyecto de ley fue aprobado en diciembre de 1991 con el apoyo del conservador Partido Acción Nacional (PAN). La legislación habilitante se debatió mucho más que el proyecto de ley inicial, pero en julio de 1992, la legislación habilitante, Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público , pasó 408-10. El izquierdista Partido Revolucionario Democrático luchó por si apoyar este cambio significativo en el anticlericalismo de México, pero la mayoría de los legisladores del PRD finalmente lo hicieron. [79]
La constitución todavía no concede la libertad religiosa plena tal como la reconocen las diversas declaraciones y convenciones de derechos humanos; específicamente, el culto al aire libre todavía está prohibido y solo se permite en circunstancias excepcionales que generalmente requieren permiso del gobierno, las organizaciones religiosas no pueden poseer medios impresos o electrónicos, se requiere permiso del gobierno para transmitir ceremonias religiosas y los ministros tienen prohibido ser candidatos políticos o celebrar oficina pública. [8]
El fin del apoyo constitucional a la reforma agraria fue parte de un programa más amplio de reestructuración económica neoliberal que ya había debilitado el apoyo a la agricultura ejidal y otras formas de agricultura a pequeña escala y la negociación del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), y las modificaciones El artículo 27 también permite la privatización y venta de tierras ejidales y fue causa directa del conflicto de Chiapas . [80]
En 2009, se informó que los cambios en el sistema ejidal no han logrado mejorar en gran medida la productividad ejidal y se han implicado como factores que contribuyen significativamente al empeoramiento de la pobreza rural, la migración forzada y la conversión de México, donde se originó el cultivo del maíz, en un importador neto de maíz y alimentos en general. [81]
Pena capital y enmienda de 2005
El 8 de noviembre de 2005, el Senado de México adoptó un decreto final que reforma la Constitución aprobada por la mayoría de los Estados Federados, modificando los artículos 14 y 22 de dicha Constitución [82] que prohíben el uso de la pena capital en su totalidad dentro del territorio mexicano.
Derecho constitucional a la alimentación, 2011
Se revisaron los artículos 4 y 27 para garantizar el derecho a la alimentación en México. "[E] l Estado tiene la obligación de garantizar el derecho [a la alimentación] ... y asegurar el abastecimiento suficiente de alimentos básicos a través del desarrollo integral y sostenible ( artículo 27 )". [83] El lenguaje formal es " Artículo 4 : Toda persona tiene derecho a una alimentación adecuada para mantener su bienestar y desarrollo físico, emocional e intelectual. El Estado debe garantizar este derecho". [84] Para el artículo 27, inciso XX, la revisión es "El desarrollo rural sostenible e integral (...) tendrá también entre sus objetivos que el Estado garantice el abastecimiento suficiente y oportuno de los alimentos básicos según lo establece la ley". [84]
Artículos vigentes de la constitución
Las ideas principales o un resumen del contenido actual de los artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son las siguientes. No se presentan todos los artículos. (Consulte la sección de enlaces externos a continuación para obtener enlaces al texto completo en inglés y español).
Articulo 1
Este artículo establece que toda persona en México (nombre oficial, Estados Unidos Mexicanos o Estados Unidos Mexicanos) tiene los derechos que le otorga la Constitución. Estos derechos no pueden negarse ni suspenderse. La esclavitud es ilegal en México; Los esclavos del exterior que ingresen al territorio nacional serán, por este mero acto, liberados y gozados de la plena protección de la ley. Todo tipo de discriminación ya sea por origen étnico, nacionalidad, género, edad, diferentes capacidades, condición social, estado de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga como objetivo Se prohíbe destruir los derechos y libertades del pueblo.
Artículo 2
Este artículo establece la naturaleza de la nación mexicana.
La nación mexicana es única e indivisible. La nación es pluricultural basada originalmente en sus tribus indígenas que son aquellas que son descendientes de los pueblos que vivieron en el actual territorio del país al inicio de la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales, políticas. La conciencia de su identidad indígena debe ser un criterio fundamental para determinar a quién se aplican las disposiciones sobre las tribus indígenas. Son comunidades integrales de una tribu indígena que forman una organización social, económica y cultural.
Articulo 3
La educación que imparta el Estado Federal tendrá por objeto el desarrollo armónico de todas las facultades del ser humano y fomentará en él al mismo tiempo el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y la justicia. Dicha educación debe estar libre de prejuicios. (Según la definición completa de la palabra "Laica" tal como se utiliza en el documento original)
I. De acuerdo con las libertades religiosas establecidas en el artículo 24, los servicios educativos serán laicos y, por tanto, libres de toda orientación religiosa.
II. Los servicios educativos se basarán en el progreso científico y lucharán contra la ignorancia, los efectos de la ignorancia, las servidumbres, el fanatismo y los prejuicios.
Será democrática, considerando la democracia no sólo como estructura jurídica y régimen político, sino como un sistema de vida fundado en un constante mejoramiento económico, social y cultural de las personas;
Será nacional en la medida en que, sin hostilidad ni exclusividad, logre la comprensión de nuestros problemas, la utilización de nuestros recursos, la defensa de nuestra independencia política, la garantía de nuestra independencia económica y la continuidad y crecimiento de nuestra cultura; y contribuirá al mejoramiento de las relaciones humanas, no solo con los elementos que contribuye a fortalecer y al mismo tiempo inculcar, junto con el respeto a la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad. , pero también por el cuidado que dedica a los ideales de hermandad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando privilegios de raza, credo, clase, sexo o personas.
Los particulares pueden participar en la educación de todo tipo y grado. Pero en cuanto a la educación primaria, secundaria y normal (y la de cualquier tipo o grado destinado a los jornaleros y campesinos) deberán obtener previamente, en todo caso, la autorización expresa del poder público. Dicha autorización podrá denegarse o revocarse mediante decisiones contra las que no pueda haber ningún procedimiento o recurso judicial.
Las instituciones privadas que se dediquen a la educación de las clases y grados señalados en el apartado anterior deberán sin excepción estar de conformidad con lo dispuesto en los incisos I y II del primer párrafo de este artículo y también deberán estar en armonía con los planes y programas oficiales.
Las corporaciones religiosas, los ministros de religión, las sociedades anónimas que se dediquen exclusiva o predominantemente a actividades educativas y las asociaciones o empresas dedicadas a la propagación de cualquier credo religioso no participarán de ninguna manera en instituciones que brinden educación primaria, secundaria y normal para los trabajadores o Trabajadores de campo. El Estado podrá, a su discreción, retirar en cualquier momento el reconocimiento de validez oficial de los estudios realizados en instituciones privadas.
La educación primaria será obligatoria.
Toda la educación impartida por el Estado será gratuita.
El Congreso de la Unión, con miras a unificar y coordinar la educación en toda la República, dictará las leyes necesarias para dividir la función social de la educación entre la Federación, los Estados y los Municipios, para fijar las asignaciones económicas adecuadas para este servicio público. y para establecer las sanciones aplicables a los funcionarios que incumplan o hagan cumplir las disposiciones pertinentes, así como las sanciones aplicables a todos aquellos que las infrinjan.
Articulo 4
Todas las personas, hombres y mujeres, son iguales ante la ley. Este artículo también otorga a todas las personas protección para su salud, el derecho a la vivienda y los derechos de los niños. Todos tienen derecho a un ecosistema apropiado para su desarrollo y bienestar.
Artículo 5
Todos los ciudadanos de los Estados Unidos Mexicanos son libres de ejercer la profesión de su elección, siempre que no atente contra los derechos de los demás.
Artículo 6
Este artículo establece la libertad para la expresión de ideas con limitaciones para el discurso que sea moralmente ofensivo, infrinja los derechos de los demás o fomente la delincuencia o el desorden público.
Articulo 7
Este artículo establece que ninguna ley o autoridad puede "previamente" censurar la prensa, o pedir una fianza a los autores o impresores. La libertad de prensa tiene sus límites con respecto a la vida privada, la moral y la paz pública. El encarcelamiento o la censura no pueden ocurrir antes de que se puedan probar los cargos de "delitos de prensa", pero pueden ocurrir cuando se ha establecido judicialmente la responsabilidad. En ningún caso se incautarán las impresoras como instrumentos delictivos. [85]
Artículo 8
Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio público de su derecho de petición, siempre que esté formulado por escrito, de manera pacífica y respetuosa. En la petición política, solo los ciudadanos de la república tienen este derecho.
Artículo 9
Solo los ciudadanos de la República Mexicana pueden participar en los asuntos políticos del país. [86]
Articulo 10
Los habitantes de la República pueden, para su protección, poseer armas y armas en sus hogares. Solo se pueden poseer armas aprobadas por el Ejército, y la ley federal establecerá la forma en que se pueden usar. (Se prohíbe la importación de armas de fuego a la República sin la debida licencia y documentación. Los extranjeros no pueden cruzar la frontera con armas de fuego sin licencia; la comisión de tal acto es un delito grave, punible con prisión. Ver Política de armas en México ).
Articulo 11
"Toda persona tiene derecho a ingresar a la República, salir de ella, transitar por su territorio y cambiar de residencia sin necesidad de cédula de seguridad, pasaporte o cualquier dispositivo similar. El ejercicio de este derecho estará subordinado a las facultades de la justicia autoridad, en los casos de responsabilidad penal o civil, y hasta los límites de las autoridades administrativas, sobre los límites impuestos por las leyes de emigración, inmigración y seguridad sanitaria de la República, o sobre los extranjeros residentes en nuestro país ".
Articulo 12
El estado mexicano no tiene nobleza y no puede conferir un título de nobleza a ninguna persona. (El Congreso mexicano otorga premios como la Orden del Águila Azteca a personas notables).
Artículo 13
No hay tribunales privados (es decir, tribunales feudales o señoriales ) en México. Los consejos de guerra militares no pueden utilizarse para juzgar a civiles.
Artículo 14
Prohíbe la promulgación de leyes ex post facto (retroactivas). Todas las personas castigadas por la ley tienen derecho al debido proceso , las penas deben seguir lo que dicta la ley escrita. Tenga en cuenta que el debido proceso bajo la ley mexicana no es lo mismo que la ley estadounidense, ya que México no es un país de derecho consuetudinario .
Artículo 15
No permite los tratados internacionales de extradición cuando la persona a ser extraditada es perseguida políticamente, o acusada mientras tiene la condición de esclavo, o cuando el país extranjero contraviene los derechos civiles otorgados en la constitución mexicana (como el derecho a la vida y la abolición de la muerte). sanción en el artículo 22).
Artículo 16
"En los casos de flagrante delito , cualquier persona podrá detener al delincuente y sus cómplices, entregándolos sin demora a las autoridades más cercanas". En otras palabras, se permite el arresto de un ciudadano (a diferencia de la justicia por cuenta propia, prohibido en el próximo artículo).
Artículo 17
Prohíbe la justicia por cuenta propia, todas las disputas civiles y penales deben resolverse ante los tribunales. Exige juicios rápidos tanto en materia civil como penal. Prohíbe la imposición de " costas judiciales " y honorarios, el servicio judicial es gratuito para todas las partes. Los tribunales deben ser libres e independientes. Se prohíbe el encarcelamiento por deudas . Este artículo contiene disposiciones relativas al arresto y al encarcelamiento. El énfasis del artículo en el "reajuste social del delincuente" se interpretó durante un tiempo después de 2001 como una prohibición de las penas de cadena perpetua , lo que llevó al rechazo de algunas solicitudes de extradición de los Estados Unidos .
Artículo 18
Ordena la segregación de género de los reclusos y la separación de los detenidos para el juicio de los condenados. Limita la autoridad del gobierno para arrestar solo a los sospechosos de delitos para los que el encarcelamiento es un castigo permitido.
Articulo 19
Prohíbe la detención por más de 72 horas (3 días) sin cargos formales. Exige el debido proceso por cargos de prisión. Los delitos separados descubiertos durante una investigación deben imputarse por separado. El maltrato durante la detención por parte de las autoridades, todas las incomodidades que se infligen sin motivo legal, y todos los honorarios o contribuciones (sobornos forzosos) en las cárceles son abusos que serán prohibidos por la ley y controlados por las autoridades.
Articulo 20
Permite que las personas acusadas permanezcan en silencio.
Artículo 21
La investigación del delito corresponde al Ministerio Público y diferentes cuerpos policiales, los cuales estarán a cargo de quien se encuentre en el ejercicio de esa función. Este artículo procede a explicar las funciones del Ministerio Público, la policía y los juicios.
Artículo 22
Se prohíbe el castigo cruel e inusual. Específicamente, se abolieron las penas de muerte, mutilación, infamia, marcas, castigos físicos, tormentos, multas excesivas, decomiso de bienes, entre otros.
La confiscación de bienes no incluye la aplicación de dichos bienes para pagar responsabilidades civiles causadas por un delito, o cuando se utilicen para pagar impuestos u otras multas. Tampoco será decomiso cuando dichos bienes formen parte de actividades ilícitas, o cuando estén relacionados con el crimen organizado, o cuando no se pueda acreditar la titularidad.
Articulo 23
Ningún juicio debe tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que la persona sea declarada culpable o no culpable.
Articulo 24
"Todo hombre es libre de perseguir la creencia religiosa que mejor le convenga y de practicar sus ceremonias, devociones o cultos, siempre que no constituyan un delito. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o deroguen una religión determinada. Por lo general, todos los actos religiosos se practicarán en los templos, y los que se practiquen extraordinariamente fuera de los templos deberán adherirse a la ley ".
Artículo 25
El Estado planificará, determinará y ejecutará el desarrollo de la Nación, para que garantice su integridad, fortalezca la soberanía nacional y permita un ejercicio más amplio de la libertad y dignidad de las personas a través de un crecimiento económico que distribuya la riqueza con justicia.
Artículo 26
El Estado fomentará el desarrollo de la democracia que apoyará el crecimiento económico.
Artículo 27
La propiedad de toda la tierra y el agua dentro del territorio nacional es originalmente propiedad de la Nación, quien tiene el derecho de transferir esta propiedad a particulares. Por tanto, la propiedad privada es un privilegio creado por la Nación.
Las expropiaciones solo podrán realizarse cuando exista una causa de utilidad pública.
El Estado siempre tendrá derecho a imponer a la propiedad privada restricciones dictadas por el "interés público". El Estado también regulará la explotación de los recursos naturales con base en los beneficios sociales y la distribución equitativa de la riqueza. El estado también es responsable de las consideraciones ecológicas y de conservación.
Todos los recursos naturales del territorio nacional son propiedad de la nación, y la explotación privada sólo puede realizarse mediante concesiones.
El combustible nuclear solo puede ser explotado y utilizado por el Estado. El uso de elementos nucleares en la Nación puede tener solo fines pacíficos (es decir, México no puede construir armas nucleares).
Este artículo también aborda otras sutilezas sobre lo que constituye el territorio de México.
Los extranjeros no pueden poseer tierras a menos de 100 km de las fronteras o 50 km de la costa; sin embargo, los extranjeros pueden tener un interés beneficioso en dicha tierra a través de un fideicomiso, donde la propiedad legal de la tierra está en manos de una institución financiera mexicana. La única condición previa sine qua non para otorgar tal interés beneficioso es que el extranjero acuerde que todos los asuntos relacionados con dicha tierra son de dominio exclusivo de los tribunales mexicanos y la jurisdicción mexicana, y que en todos los asuntos relacionados con dicha tierra, el extranjero lo conducirá. o ella misma como mexicana, y resolver cualquier problema que surja de su interés en dicha tierra exclusivamente a través de tribunales e instituciones mexicanas. La consecuencia estipulada de no acatar estos términos es la pérdida para la nación de sus intereses en todas las tierras donde el extranjero tiene tales intereses benéficos.
Que un área de tierra en la costa (a 20 metros de la línea de marea más alta) es propiedad federal que no se puede vender.
Articulo 28
Todos los monopolios están prohibidos.
No se consideran monopolios las áreas de la economía bajo control directo del gobierno, como correos, telégrafos, petróleo y sus derivados, industrias petroquímicas básicas, minerales radiactivos y generación de electricidad.
El Estado protegerá áreas prioritarias en la economía, como las comunicaciones por satélite y los ferrocarriles.
La Nación contará con un Banco Central con el objetivo primordial de procurar la estabilidad de la moneda nacional . El Banco Central y sus actividades tampoco serán considerados monopolios.
Los sindicatos y las asociaciones de trabajadores no se considerarán monopolios. Los gremios no serán considerados monopolios cuando su propósito sea la igualdad económica de la industria, siempre que el gremio esté supervisado por el Gobierno Federal.
Los derechos de autor y las patentes no se considerarán monopolios.
Artículo 29
"En el caso de una invasión, una grave alteración del orden público o cualquier evento que ponga en peligro o conflicto a la sociedad, únicamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los Secretarios de Estado y el Fiscal General de la República, y Con la aprobación del Congreso de la Unión y, en sus recesos, la Comisión Permanente, podrá suspender en todo el país o en un lugar específico cualquier garantía que fuera obstáculo para enfrentar rápida y fácilmente la situación; pero el presidente solo podrá hacerlo. por tiempo limitado. Si la suspensión tuvo lugar cuando se reúna el Congreso, entonces el Congreso otorgará cualquier autorización que estime necesaria para que el Ejecutivo enfrente la situación ".
Artículo 30
Este artículo habla sobre la nacionalidad mexicana.
Artículo 31
Este artículo habla sobre las obligaciones de los mexicanos.
Articulo 32
"Los mexicanos tendrán prioridad sobre los extranjeros en igualdad de circunstancias para toda clase de concesiones y para todos los empleos, cargos o comisiones del Gobierno en los que la condición de ciudadanía no sea indispensable". Los extranjeros, inmigrantes e incluso los ciudadanos naturalizados de México no pueden servir como oficiales militares, tripulantes de barcos y aerolíneas con bandera mexicana, o jefes de puertos y aeropuertos.
Articulo 33
"El Ejecutivo Federal tendrá la facultad exclusiva de obligar a cualquier extranjero cuyo remanente estime inconveniente a abandonar el territorio nacional de inmediato y sin necesidad de acción judicial previa". También establece: "Los extranjeros no pueden participar de ninguna manera en los asuntos políticos del país". [86]
Articulo 39
La soberanía nacional se otorga fundamental y originalmente al pueblo. Todo poder público proviene del pueblo y se instituye para su beneficio. El pueblo posee, en todo momento, el derecho inalienable de alterar o cambiar su forma de gobierno.
Articulo 34
Sobre la ciudadanía mexicana.
Artículo 55
Un diputado o senador debe ser "ciudadano mexicano por nacimiento".
Articulo 91
Los funcionarios de gabinete deben ser mexicanos por nacimiento.
Articulo 95
Los magistrados de la Corte Suprema deben ser mexicanos por nacimiento.
Articulo 123
Abarca los derechos de los trabajadores, incluida la jornada laboral de ocho horas , el derecho de huelga, el derecho a un día de descanso por semana y el derecho a una indemnización adecuada tras la terminación injustificada de la relación laboral por parte del empleador. Este artículo también estableció la igualdad independientemente de la raza o el género. [ cita requerida ] El lenguaje del borrador aprobado en 1917 restringió el empleo de mujeres en industrias peligrosas o en el trabajo después de las 10 pm; había disposiciones para el alivio prenatal del trabajo oneroso tres meses antes del nacimiento y un mes después del nacimiento, así como disposiciones para permitir que las madres amamantaran a sus bebés. [87]
El artículo 123 fue quizás la más radical de las disposiciones de la Constitución de 1917 y tenía la intención de brindar a la clase trabajadora un alivio a los muchos abusos y dificultades que habían enfrentado anteriormente por parte de los gerentes laborales descontrolados. Aunque Venustiano Carranza no había tenido la intención de codificar la protección laboral en la constitución, los congresistas que apoyaron a la clase trabajadora presionaron con éxito para que se incluyera [88].
Articulo 130
Establece que la (s) iglesia (s) y el estado deben permanecer separados. Establece el registro estatal obligatorio de todas las " iglesias y agrupaciones religiosas " e impone una serie de restricciones a los sacerdotes y ministros de todas las religiones (no aptos para ocupar cargos públicos, para hacer campaña en nombre de partidos políticos o candidatos, para heredar de otras personas). que parientes consanguíneos cercanos, etc.).
Ver también
- Economía constitucional
- Constitucionalismo
- Historia de la democracia en México
- Ley de México
- Lista de constituciones de México
- Política de México
- Gobernar de acuerdo con la ley superior
Referencias
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enlaces externos
- El texto más reciente de la Constitución en la web del Gobierno (en español)
- Texto completo en inglés (traducción de Carlos Pérez Vázques) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (edición 2005 del Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM)
- Una historia de la constitución mexicana
- Alfredo Acedo. "La Constitución mexicana ahora reconoce el derecho a la alimentación" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 7 de enero de 2016.