Especie susceptible es un término utilizado dentro del contexto del programa de inspección de carnes y aves de corral del USDA para significar especies exóticas ( ganado y aves de corral no cubiertas por los estatutos) que podrían agregarse a las leyes y, por lo tanto, ser elegibles para la inspección federal obligatoria, que es el contribuyente- fundado. Una especie exótica se considera una especie susceptible si su anatomía y biología son sustancialmente las mismas que las de los animales actualmente inspeccionados. La Ley de inspección de productos avícolas (PL 85-172, según enmendada; 21 USC 451 et seq.) Se amplió en 2001 para cubrir avestruces , ñandúes y emú ( ratites) porque el USDA determinó que los peligros que presentan para la seguridad alimentaria son esencialmente los mismos que los que plantean los pollos , pavos , patos , etc., y los sistemas de prevención y detección de contaminación existentes son suficientes para controlarlos. Se ha considerado la inclusión de búfalos en la Ley Federal de Inspección de Carnes (21 USC 601 et seq.) Porque son especies bovinas (como el ganado). Los ciervos y los alces , por otro lado, son cérvidos y representan peligros para la seguridad alimentaria que aún no se conocen o controlan por completo según el sistema de inspección de carne existente. El término no susceptible a veces se usa para describir a los cérvidos y algunas otras especies exóticas, como los conejos , por ejemplo.
Referencias
- Este artículo incorpora material de dominio público del documento del Servicio de Investigación del Congreso : Jasper Womach. "Informe para el Congreso: Agricultura: un glosario de términos, programas y leyes, edición de 2005" (PDF) .