En jurisprudencia , animus nocendi ( latín animus , "mente" + gerundio genitivo de noceo , "dañar") es el estado mental subjetivo del autor de un delito , con referencia al conocimiento exacto del contenido ilegal de su conducta, y de sus posibles consecuencias.
En la mayoría de los sistemas legales modernos, el animus nocendi se requiere como condición esencial para dar una condena penal.
El animus nocendi generalmente se demuestra por la presencia verificada de estos elementos:
- conocimiento de una ley que prohibió la acción o conducta discutido (a menos que exista una obligación sistémica, a la espera de todos los ciudadanos, que considera que la ley tiene que ser conocido por todos los adultos - en este caso, se presume el conocimiento a priori ; ver también Ignorantia juris non excusat );
- conocimiento de las consecuencias más probables de su acción;
- intención precisa de infringir la ley o de provocar los efectos comprobados de la acción.
Cuando el autor del crimen no tuvo animus nocendi , se suele considerar que el crimen aún existe, pero el autor es inocente, a menos que se encuentre una responsabilidad de culpabilidad en su conducta: el caso típico de un accidente automovilístico en el que un mal o incluso una maniobra peligrosa que cause lesiones personales a otro conductor de automóvil, se tipifica como delito por la presencia de lesiones, pero el autor no será procesado como autor de las lesiones (no quería lastimar al otro conductor, por lo que no tenía animus nocendi ), sino simplemente como autor de una conducta peligrosa que indirectamente causó dichos efectos, y sería responsable ante un título de culpabilidad.
El animus nocendi a menudo está ausente en personas con enfermedades mentales y, frente a estas personas, generalmente se requiere una experiencia psiquiátrica para verificar el eventual animus . Los menores también son considerados en muchos sistemas poco capaces de un conocimiento correcto sobre el significado o las consecuencias de sus acciones, y esta es la razón de la reducción común de la capacidad pasiva de castigo que generalmente pueden recibir.
Un caso particular de animus nocendi es la voluntas necandi .