Elecciones autonómicas asturianas de 2007


El domingo 27 de mayo de 2007 se celebraron las elecciones autonómicas asturianas de 2007 para elegir la VII Junta General del Principado de Asturias . Los 45 escaños de la Junta General estaban abiertos a elección. La elección se celebró simultáneamente con las elecciones autonómicas en otras doce comunidades autónomas y las elecciones locales en toda España .

La Junta General del Principado de Asturias era el poder legislativo unicameral descentralizado de la comunidad autónoma de Asturias , con potestad legislativa en materia autonómica definida por la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía asturiano , así como la capacidad de voto de confianza o retirarlo de un presidente regional . [1]

El voto para la Junta General se hacía por sufragio universal , que comprendía a todos los nacionales mayores de dieciocho años, empadronados en Asturias y en pleno goce de sus derechos políticos. Los 45 miembros de la Junta General del Principado de Asturias fueron elegidos por el método D'Hondt y representación proporcional de listas cerradas , aplicándose en cada circunscripción un umbral electoral del tres por ciento de los votos válidos, incluido el voto en blanco. Los escaños se asignaron a los distritos electorales, que fueron establecidos por ley de la siguiente manera:

A cada circunscripción se le asignó un mínimo inicial de dos escaños, y los 39 restantes se distribuyeron en proporción a su población. [2]

El uso del método D'Hondt podría resultar en un umbral efectivo más alto, dependiendo de la magnitud del distrito . [3]

La ley electoral permitió que partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presenten listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendieran formar una coalición antes de una elección debían informar a la Comisión Electoral pertinente dentro de los diez días posteriores a la convocatoria de la elección, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de al menos el uno por ciento del electorado en los distritos para los cuales buscaron la elección, prohibiendo a los electores firmar para más de una lista de candidatos. [2] [4]