Bryan v.Condado de Itasca , 426 US 373 (1976), fue un caso en el que la Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que un estado no tenía derecho a imponer un impuesto sobre la propiedad de un nativo americano (indio) que viviera en tierras tribales sin una autorización específica del Congreso para hacerlo.
Bryan contra el condado de Itasca | |
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Disputado el 20 de abril de 1976 Decidido el 14 de junio de 1976 | |
Nombre completo del caso | Russell Bryan contra el condado de Itasca, Minnesota |
Citas | 426 US 373 ( más ) 96 S. Ct. 2102; 48 L. Ed. 2d 710; 1976 Estados Unidos LEXIS 61 |
Historia del caso | |
Previo | Bryan contra el condado de Itasca , 228 NW2d 249 (Minnesota, 1975). |
Tenencia | |
Minnesota no tenía derecho a imponer un impuesto sobre la propiedad de un indígena que viviera en tierras tribales sin una autorización específica del Congreso para hacerlo. | |
Membresía de la corte | |
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Opinión de caso | |
Mayoria | Brennan, se unió por unanimidad |
Leyes aplicadas | |
28 USC § 1360 |
El caso surgió cuando un condado de Minnesota gravó la casa móvil de un indígena ubicada en la reserva. La Corte dictaminó que el estado no tenía la autoridad para imponer tal impuesto o, más en general, para regular el comportamiento de la reserva. Bryan se ha convertido en un caso histórico que ha llevado al juego indio en las reservas y ha alterado el estado económico de casi todas las tribus indias. Decisiones posteriores, citando a Bryan , dictaminaron que la Ley Pública 280 permite a los estados promulgar prohibiciones o delitos que se aplicarían a las reservas, pero no podían imponer regulaciones sobre la conducta que de otro modo estaba permitida. El caso también ha puesto en duda la capacidad de los estados para imponer cualquier tipo de reglamentación en las reservas tribales, como normas laborales y ciertas reglamentaciones de tráfico. [1]
Fondo
Información de contexto
Por lo general, ningún estado tiene la autoridad para cobrar impuestos a una tribu indígena o un individuo indígena que viva en una reserva sin la autorización del Congreso . [2] [3] Esto se basa principalmente en la Cláusula de Comercio de la Constitución , que establece, "El Congreso tendrá poder ... para regular el comercio con las naciones extranjeras, y entre los varios Estados y con las tribus indígenas". [4] Esta doctrina se basa en Worcester v. Georgia , 31 U.S. 515 (1832) [5] que establece que las tribus indias se consideran naciones soberanas dependientes que tratan directamente con el gobierno federal y que los estados no tienen autoridad para regular o controlar las tribus. El Congreso puede autorizar a los estados a tener cierto control sobre las tribus. Minnesota es un estado de Ley Pública 280, uno en el que el Congreso ha otorgado al estado jurisdicción penal total y civil limitada en tierras y reservas tribales. [6]
Historia
Russell Bryan era un miembro inscrito de la White Earth Band de Ojibwe , que es una banda componente de la Minnesota Chippewa Tribe . Se casó con Helen Charwood en 1957. Helen era miembro inscrito de Leech Lake Band of Ojibwe , que también formaba parte de la tribu Chippewa de Minnesota. [7] Criaron a sus hijos en un terreno de reserva y vivieron en una casa móvil que compraron en 1971. La casa móvil estaba ubicada en la reserva india de Greater Leech Lake cerca de Squaw Lake en el condado de Itasca , Minnesota. La casa móvil de Bryan, si no hubiera estado en la reserva, habría estado sujeta a impuestos del condado de Itasca. En junio de 1972, el condado de Itasca notificó a Bryan que la casa móvil estaba sujeta a impuestos de 147,95 dólares. [8] Los Bryan no podían permitirse pagar el impuesto y se pusieron en contacto con el Proyecto de Servicios Legales de la Reserva de Leech Lake (Servicios Legales) para obtener ayuda, señalando que la casa móvil estaba en tierra india. [7]
Tribunales inferiores
En nombre de Bryan, el abogado de Servicios Legales Patrick Moriarty demandó al estado y al condado de Itasca en el Tribunal de Distrito del condado de Itasca , buscando una exención declarativa y una orden judicial que evitaría que el estado y el condado recaudaran impuestos de los indígenas en tierras tribales. [7] Esto se presentó como una demanda colectiva . No hubo disputa sobre los hechos del caso, por lo que el asunto fue sometido como una cuestión de derecho al juez James F. Murphy. En 1973, el tribunal de distrito sostuvo que el estado y el condado estaban autorizados a recaudar dichos impuestos en virtud de la Ley Pública 280. Murphy señaló que, si bien los chippewa habían sido una vez una nación india soberana, sus miembros ahora eran ciudadanos de Minnesota y recibían beneficios de el estado, como los servicios del condado, el sistema judicial y otros servicios similares. [7]
Casi al mismo tiempo que el tribunal de distrito tomó su decisión, los Servicios Legales contrataron a un nuevo director, Gerald "Jerry" Seck. Seck no conocía bien la ley indígena, por lo que se comunicó con el Fondo de Derechos de los Nativos Americanos (NARF). Con su ayuda, Bryan apeló a la Corte Suprema de Minnesota . La tribu de Minnesota Chippewa y los Estados Unidos presentaron escritos amicus curae ante el tribunal que respaldaban la posición de Bryan, y los abogados de NARF comparecieron en su nombre. [7] En marzo de 1975, la Corte Suprema de Minnesota confirmó la decisión del tribunal de primera instancia por decisión unánime, sosteniendo que la Ley Pública 280 mostraba la intención del Congreso de permitir tales impuestos. [1] [9] La Corte Suprema de Minnesota basó su decisión principalmente en Omaha Tribe of Indians v. Peters , 382 F.Supp. 421 (D. Neb. 1974). [10] Bryan apeló esta decisión y la Corte Suprema de los Estados Unidos otorgó certiorari . [1]
Opinión de la Corte
Argumentos
Para cuando se preparó la apelación, Seck había dejado los Servicios Legales pero seguía siendo el abogado oficial. La tribu pagó para llevarlo a Washington, DC para preparar el informe con Dan Israel de NARF y Bernie Becker, el abogado de la tribu que discutiría el caso ante la Corte Suprema. En alegatos orales el 20 de abril de 1976, Becker señaló que la Ley Pública 280 otorgó al estado jurisdicción sobre asuntos penales y "causas de acción" civiles, un término legal para las demandas. Dado que el Congreso también había aprobado otras leyes indias al mismo tiempo, como las diversas Leyes de terminación india , que autorizaban específicamente a los estados a cobrar impuestos a los indios, su silencio en esta área significaba que el Congreso no tenía la intención de hacerlo con la Ley Pública 280. Becker mencionó el artículo principal sobre Derecho Público 280, de la profesora de derecho de UCLA , Carole Goldberg , que argumentó que la ley se estableció para abordar el problema de la delincuencia en las reservas. También señaló que las tribus que tenían procesos adecuados de orden público, como Red Lake Band de Chippewa , estaban excluidas de la jurisdicción estatal en Minnesota. CH Luther, de la oficina del Fiscal General del Estado, defendió al estado de Minnesota . Lutero argumentó cuatro puntos para que el impuesto fuera válido: a) el lenguaje del estatuto; b) la historia legislativa de la Ley Pública 280; c) dictámenes judiciales previos; yd) política pública. Lutero admitió que si el remolque fuera una casa fija o un bien inmueble, estaría exento de impuestos. Lutero también afirmó que otros impuestos, como la gasolina, las ventas, los ingresos y otros impuestos de aplicación general, se aplicarían a los indios. [7]
Opinión unánime
El juez William J. Brennan, Jr. emitió la opinión unánime de la corte el 14 de junio de 1976. Brennan declaró que la Ley Pública 280 no fue diseñada para eliminar todas las restricciones a los estados en lo que respecta a las tribus indígenas. Brennan señaló que en virtud de las decisiones previas del Tribunal Supremo de Mescalero Apache Tribe v. Jones , 411 EE.UU. 145 (1973) [11] y el Estado McClanahan v. Impuestos de Arizona Comm'n , 411 EE.UU. 164 (1973), [12] estados no tenían autoridad para gravar a los indios "sin el consentimiento del Congreso". [11] Dado que el condado de Itasca alegaba que la Ley Pública 280 otorgó ese consentimiento, Brennan evaluó el estatuto con respecto a los impuestos de los indios. [1]
Brennan señaló que la Corte Suprema de Minnesota había determinado que el estatuto otorgaba el derecho a gravar la propiedad personal como un poder inherente, aunque la ley no mencionaba específicamente el poder de gravar. Rechazó este argumento, señalando que el propósito principal de la ley era proporcionar "jurisdicción penal estatal sobre los delitos cometidos por o contra los indígenas en las reservas". [1] Nada en la historia legislativa de la ley apoyó la interpretación del condado de Itasca. Brennan también señaló que los varios actos de terminación tribal que se consideraron al mismo tiempo discutieron específicamente la tributación de los indios, mientras que la Ley Pública 280 guardó silencio. [1]
Brennan luego señaló que los principios de la construcción legal con respecto a los indios eran muy específicos. Cualquier diferencia en la posible interpretación debe resolverse a favor de la tribu o del indio. Dado que la interpretación de Minnesota no cumplió con ninguna de estas pruebas con respecto al consentimiento del Congreso para imponer impuestos o la construcción legal, Brennan declaró que la Corte Suprema no seguiría el razonamiento del estado y revocó la decisión de la corte inferior. [1]
Desarrollos posteriores
Cuando se anunció la decisión, la prensa local y nacional informó que fue una victoria sustancial para los indios. [13] [14] [15] Bryan es un caso histórico [16] sobre los impuestos a los indios y la soberanía tribal , habiendo sido citado más de 380 veces en julio de 2010. El caso ha tenido un impacto significativo en el juego indio con su amplia sosteniendo que la Ley Pública 280 no confería "control reglamentario civil general del estado sobre las reservas indígenas". [7] Este fallo en un desafío a una factura de impuestos de menos de $ 200 tuvo el efecto de permitir a las tribus indias en todo el país ganar más de $ 200 mil millones en ingresos por juegos a partir de 2007. [8] [17] Los primeros casos influenciados por Bryan involucraron al bingo , que muchos estados permitían, pero regulaban. Todos los casos que se decidieron citaron a Bryan al sostener que los diversos estados no tenían bases legales para regular los juegos en tierras tribales. [18] Muchos analistas señalan que el caso Bryan es el fundamento sobre el que se decidió California v. Cabazon Band of Mission Indians 480 U.S. 202 (1987) [19] . La Corte Suprema señaló que California no pudo imponer regulaciones civiles contra una tribu indígena en tierras tribales. [20] En ese caso, el tribunal señaló que California no solo permitía los juegos de azar, sino que también promovía su propia lotería estatal. Por lo tanto, la prohibición de los juegos de azar era de naturaleza reglamentaria, no criminal, [7] [18] a pesar del hecho de que los juegos estaban abiertos tanto a los no indígenas como a los indígenas. [21] Después de la decisión, el Congreso aprobó la Ley Reguladora del Juego de la India para establecer un sistema de regulación de la industria del juego de la India. [22]
El caso se cita a menudo para apoyar el concepto que primero se "fusionó" en el caso de 1968, Menominee Tribe of Indians v. United States , 391 U.S. 404 (1968), [23] de que los derechos tribales no serían abrogados sin una intención explícita de Congreso para hacerlo. [24] Varios eruditos legales han opinado que las tribus no estarían sujetas a las leyes laborales estatales. [25] [26] En algunos casos, se ha considerado que Bryan y Cabazon no permiten la jurisdicción del estado sobre las violaciones de tráfico de los indios no miembros en la reserva de otra tribu. [27] Bryan se analiza ampliamente en los dos principales libros de texto legales sobre la ley de los nativos americanos [28] [29] y en muchos otros textos de la escuela secundaria y la universidad. [17] [24]
Referencias
- ^ a b c d e f g Bryan contra el condado de Itasca , 426 U.S. 373 (1976). Este artículo incorpora material de dominio público de este documento del gobierno de EE . UU .
- ^ Casos y códigos: Constitución de Estados Unidos (anotado): Art. I, Anotaciones p. 35 , FindLaw (4 de agosto de 2010).
- ^ Constitución anotada del Servicio de Investigación del Congreso, art. Yo , Instituto de Información Legal (4 de agosto de 2010).
- ^ Const. De EE. UU. Arte. I, § 8, cl. 3 .
- ^ Worcester v. Georgia , 31 Estados Unidos 515 (1832).
- ^ Pub. L. No. 83-280, 67 Stat. 588 (codificado según enmendado en 18 USC § 1162 y 28 USC § 1360 ).
- ^ a b c d e f g h Kevin K. Washburn, El legado de Bryan contra el condado de Itasca: Cómo un aviso de impuestos del condado de $ 147 erróneo ayudó a que las tribus recibieran $ 200 mil millones en ingresos de juegos de azar indios 92 Minn. L. Rev.919 ( 2008).
- ^ a b Kevin K. Washburn, Bryan v. Condado de Itasca: Cambiando las apuestas para los indios de Minnesota , en Minnesota 150: La gente, los lugares y las cosas que dan forma a nuestro estado 21 (Kate Roberts ed., 2007).
- ^ Bryan v. Condado de Itasca , 228 NW2d 249 (Minnesota, 1975).
- ^ Tribu de indios Omaha contra Peters , 382 F. Supp. 421 (D. Neb.1974), anulado por Omaha Tribe of Indians v.Peters , 427 U.S. 902 (1976).
- ^ Un b Mescalero Apache Tribe v. Jones , 411 EE.UU. 145 (1973).
- ^ McClanahan v. Comisión de impuestos del estado de Arizona , 411 U.S. 164 (1973).
- ^ Impuestos de los indios de reserva del estado de la barra de jueces , NY Times , 15 de junio de 1976 en 19.
- ^ Estado prohibido gravar las reservas , Minneapolis Tribune , 15 de junio de 1976 en 1A.
- ^ Límites judiciales que gravan las reservas , St. Paul Pioneer Press , 15 de junio de 1976 en 14.
- ^ Biblioteca Nacional de Derecho Indio , Casos emblemáticos de la legislación india 263 (2002).
- ^ a b Bryan H. Wildenthal , Soberanía de los nativos americanos en el juicio: un manual con casos, leyes y documentos 103 (2003).
- ^ a b Kevin D. Arnold, La Ley Reguladora del Juego de la India y la Constitución: el impacto de la Undécima Enmienda en el juego y el espíritu empresarial de la India , 21 T. Marshall L. Rev. 205 (1995).
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- ^ Champán Duane , Cambio social y continuidad cultural entre las naciones nativas 183 (2007).
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- ^ Robert N. Clinton, Carole E. Goldberg y Rebecca Tsosie , Ley de indios americanos: naciones nativas y el sistema federal: casos y materiales 885-90 (4ª ed. 2003).
- ^ David H. Getches, Charles F. Wilkinson y Robert A. Williams , Casos y materiales sobre la ley federal indígena 499-504 (5ª ed. 2005).
enlaces externos
- El texto de Bryan v.Condado de Itasca , 426 U.S. 373 (1976) está disponible en: CourtListener Findlaw Google Scholar Justia Library of Congress Oyez (audio del argumento oral)