Consejos de Cartago


Los Concilios de Cartago fueron sínodos eclesiásticos celebrados durante los siglos III, IV y V en la ciudad de Cartago en África. Los más importantes se describen a continuación.

En mayo de 251 un sínodo , montado bajo la presidencia de Cipriano a considerar el tratamiento de la Lapsi , excomulgado Felicísimo y otros cinco Novaciano obispos (rigoristas), y declaró que el lapsi debe ser tratado, no con severidad indiscriminada, pero de acuerdo con la grado de culpa individual. Estas decisiones fueron confirmadas por un sínodo de Roma en el otoño del mismo año. Otros sínodos cartagineses relacionados con el lapsi se llevaron a cabo en 252 y 254. [1]

Dos sínodos, en 255 y 256, celebrados bajo Cipriano , se pronunciaron en contra de la validez del bautismo herético , por lo que cuestionaron directamente a Esteban I , obispo de Roma , quien rápidamente los repudió. Un tercer sínodo en septiembre de 256, posiblemente después del repudio, reafirmó unánimemente la posición de los otros dos. Los reclamos de autoridad de Esteban como obispo de obispos fueron muy resentidos, y durante algún tiempo las relaciones entre las sedes romana y africana se vieron gravemente tensas. [2]

Alrededor de 345-348 bajo Grato, un sínodo de obispos ortodoxos, que se habían reunido para dejar constancia de su gratitud por la represión oficial efectiva de las Circumcelliones (Donatistas) , se declaró en contra del rebautismo de cualquiera que hubiera sido bautizado en el nombre de la Trinidad, y adoptó doce cánones de disciplina clerical. [4]

El Concilio de Cartago, llamado tercero por Denzinger , [5] se reunió el 28 de agosto de 397. Reafirmó los cánones de Hipona de 393 y emitió los suyos propios. Uno de estos da un canon de la Biblia . La principal fuente de información sobre el tercer Concilio de Cartago proviene del Codex Canonum Ecclesiae Africanae , que presenta una recopilación de ordenanzas promulgadas por varios concilios eclesiásticos en Cartago durante los siglos IV y V. En una sección de este código aparece el siguiente párrafo sobre el canon de las Escrituras . [6]

16 [Placuit] ut praeter Scripturas canonicas nihil en Ecclesia legatur sub nomine divinarum Scripturarum. Sunt autem canonicae Escritura: Génesis, Éxodo, Levítico, Numeri, Deuterenomium, Iesu Nave, Iudicum, Ruth, Regnorum libri quatour, Paralipomenon libri duo, Iob, Psalterium Davidicum, Salomonis libre quinque, Duodecim libri prophetarum, Daniel, Eeremielzech , Tobias, Iudith, Hester, Hesdrae libre duo, Machabaeorum libre duo.


San Agustín discutiendo con los donatistas .