En derecho contractual y derecho administrativo , la delegación (latín intercessio ) es el acto de otorgar a otra persona la responsabilidad de llevar a cabo la ejecución pactada en un contrato. Tres partes están interesadas en este acto: la parte que había contraído la obligación de cumplir en virtud del contrato se denomina delegador ; la parte que asume la responsabilidad de cumplir con este deber se denomina delegado ; y la parte a la que se le debe esta prestación se denomina obligante .
Derecho contractual
Contratos delegables
Una delegación será nula y sin valor si representa una amenaza para las expectativas comercialmente razonables del obligante. Por ejemplo, no se puede delegar una tarea que requiera habilidades especializadas o que se base en las características únicas del prometido. Si se contrataba a una celebridad específica para que pronunciara un discurso, no podía delegar la tarea en otra persona, incluso si la otra persona pronunciaría el mismo discurso, palabra por palabra. Sin embargo, una delegación de desempeño que no represente tal amenaza se considerará válida. En tal caso, el obligante tendrá el deber afirmativo de cooperar con el delegado en la medida necesaria para el cumplimiento de las obligaciones del delegador.
Incumplimiento de contrato delegado
Si el delegado no se desempeña satisfactoriamente, el obligante puede optar por tratar este incumplimiento como un incumplimiento del contrato original por parte del delegador o puede afirmarse como un tercero beneficiario del contrato entre el delegador y el delegado, y puede reclamar todos los recursos. debido a un tercero beneficiario.
Si la delegación no tiene consideración , el delegador sigue siendo responsable del incumplimiento, mientras que el delegado no será responsable ante nadie por nada. A diferencia de una asignación, una delegación es prácticamente siempre para consideración y nunca dona: pocas personas van a aceptar la oferta caritativa para realizar una tarea contratada a otra persona.
Comparar: asignación
Un concepto paralelo a la delegación es la cesión , que se produce cuando una de las partes transfiere sus derechos actuales a recibir los beneficios correspondientes al cedente en virtud de ese contrato. Una delegación y una cesión se pueden realizar al mismo tiempo, aunque el derecho a demandar por falta de pago siempre permanece en el delegador. Según el derecho consuetudinario , una cláusula contractual que prohíbe la cesión también prohíbe la delegación. Otra regla del derecho consuetudinario requiere que una parte de un contrato no pueda delegar un desempeño que involucre habilidades especiales o reputación (aunque es posible tener una novación en tales circunstancias).
Ley administrativa
En Derecho Administrativo (la ley que controla las acciones y decisiones gubernamentales) una delegación es el proceso de entregar una acción o decisión administrativa a un subordinado. Se logra a través de dos mecanismos:
- Cuando un estatuto o legislación delegada designe a una "persona autorizada" para administrar el poder de un ministro o director general . Aquí el delegado actúa en su propio nombre, y la delegación es un cargo que no cesa con el nombramiento de un nuevo delegado. [1]
- En algunas circunstancias, una persona a quien se le confiere algún poder puede autorizar a otra persona a ejercer ese poder en su nombre. [2] [3] Aquí se designa al subordinado para que actúe como si fuera la persona autorizada, [2] generalmente por la necesidad administrativa [4] [5] de gestionar grandes cargas de trabajo en un departamento gubernamental. En este caso, el delegado actúa en persona de la persona autorizada en lugar de hacerlo en su propio nombre, y el delegador aún puede ejercer los poderes según sea necesario [6] , aunque gran parte de las operaciones cotidianas las realizan los subordinados.
A menudo surgen preocupaciones cuando los poderes legislativos se delegan en agencias en derecho administrativo porque los jefes de las agencias no son elegidos por el pueblo. [7] Sin embargo, hay muchas ocasiones en las que es apropiado delegar la autoridad para hacer leyes a una agencia, especialmente cuando la legislatura carece de la capacidad o experiencia para manejar un tema que evoluciona aleatoriamente y que afecta a múltiples jurisdicciones [7]
Ver también
Referencias
- ^ Kelly contra Watson [1985] FCA 278 , (1985) 10 FCR 305, Tribunal Federal (Australia).
- ^ a b Carltona contra Commissioners of Works [1943] 2 Todos ER 560.
- ^ O'Reilly contra comisionados del Banco Estatal de Victoria [1983] HCA 47 , (1983) 153 CLR 1 (14 de abril de 1983), Tribunal Superior (Australia).
- ^ Sandra Investments Pty Ltd contra Booth [1983] HCA 46 [1983] HCA 46 , (1983) 153 CLR 153, Tribunal Superior (Australia).
- ^ O'Reilly contra comisionados del Banco Estatal de Victoria [1983] HCA 47 , (1983) 153 CLR 1 por Brennan J.
- ^ Huth v Clarke (1890) 25 QBD 391 en 395 por Wills J.
- ^ a b Kealy, Sean. "Manual legislativo de la red de conocimientos parlamentarios africanos: uso de la evidencia para diseñar y evaluar la legislación" (PDF) .