recusación


Una objeción es un alegato en una demanda que objeta o desafía un alegato presentado por una parte contraria . La palabra demur significa "objetar"; una objeción es el documento que hace la objeción. Los abogados definen informalmente una objeción como un acusado que dice "¿Y qué?" a la súplica. [1]

Por lo general, el demandado en un caso se opondrá a la demanda , pero también es posible que el demandante se oponga a una respuesta . El demurrer impugna la suficiencia legal de una causa de acción en una demanda o de una defensa afirmativa en una respuesta. Si una causa de acción en una queja no establece un reclamo reconocible o si no establece todos los elementos requeridos , entonces la causa de acción impugnada o posiblemente toda la queja puede descartarse (hablando de manera informal) en la etapa de aplazamiento como no legalmente suficiente. Una objeción generalmente se presenta cerca del comienzo de un caso en respuesta a que el demandante presenta una demanda o el demandado responde a la demanda.

En el derecho consuetudinario , una objeción era el alegato a través del cual un acusado impugnaba la suficiencia legal de una denuncia en casos penales o civiles . Hoy, sin embargo, el alegato ha sido descontinuado en muchas jurisdicciones , incluido el Reino Unido , el sistema judicial federal de EE . UU . y la mayoría de los estados de EE. UU. (aunque algunos estados, incluidos California , Pensilvania y Virginia , lo conservan). En los casos penales, una demora se consideraba un debido proceso de derecho consuetudinario . derecho, a ser oído y decidido antes de que se requiera que el acusado se declare "no culpable", o haga cualquier otro alegato en respuesta, sin tener que admitir o negar ninguno de los hechos alegados .

Una objeción generalmente asume la veracidad de todos los hechos materiales alegados en la demanda, y el demandado no puede presentar pruebas en contrario, incluso si esos hechos parecen ser fabricaciones obvias del demandante o es probable que se refuten fácilmente durante el litigio . Es decir, el punto de la objeción es probar si una causa de acción o defensa afirmativa como se alega es legalmente insuficiente, incluso si se supone que todos los hechos alegados son verdaderos.

La única excepción a la regla de no evidencia es que un tribunal puede tomar conocimiento judicial de ciertas cosas. Por ejemplo, el tribunal puede tomar conocimiento judicial de hechos comúnmente conocidos que no estén razonablemente sujetos a impugnación, como el calendario gregoriano , o de registros públicos , como un informe legislativo publicado que muestre la intención de la legislatura al promulgar un estatuto en particular.

Un demandado suele presentar una objeción en respuesta a una demanda presentada por el demandante . Una objeción a una queja puede terminar una demanda. Aunque un demandante puede objetar la respuesta del demandado a una demanda o las defensas afirmativas del demandado , una objeción a una respuesta es menos común porque puede ser un movimiento estratégico deficiente . Una objeción a una respuesta puede simplificar una demanda, pero por lo general no terminará la demanda; normalmente se usa solo cuando el demandante tiene la intención de solicitar un juicio sumario a su favor lo antes posible y necesita atacar de manera preventiva algunas de las defensas afirmativas del demandado.