En el Estado Libre de Irlanda , un ministro externo , formalmente un ministro que no será miembro del Consejo Ejecutivo , [1] era un ministro que estaba a cargo de un departamento pero no era miembro del Consejo Ejecutivo . Los ministros externos fueron designados individualmente por Dáil Éireann (la cámara baja), mientras que del Consejo Ejecutivo solo lo fue el presidente : él a su vez nominó a los demás miembros. Todos los ministros fueron nombrados formalmente por el Gobernador General . El Consejo Ejecutivo incluyó a los ministros superiores, ejerció la responsabilidad colectiva del gabinete., y tenían que ser TD (miembros del Dáil); los ministros externos ocuparon roles tecnocráticos más subalternos , y no es necesario que sean legisladores, aunque en realidad todos eran TD. En la práctica, todos los ministros formaron una administración unida y no se designó a ningún ministro externo después de 1927.
Orígenes
James G. Douglas , presidente del comité de redacción de la constitución, propuso ministros externos siguiendo el modelo del Consejo Federal Suizo . [2] Leo Kohn sugirió que un precursor fueron los "Directores" creados fuera del Gabinete Dáil de 1919 por el Primer Dáil , pero Nicholas Mansergh no estuvo de acuerdo y Brian Farrell sintió que el modelo de 1919 eran los ministros subalternos del Reino Unido ( secretarios parlamentarios ). [2] La idea de ministros externos se planteó por primera vez como una forma de aplacar a los republicanos que se oponían al Tratado angloirlandés de 1921 en el que se fundó el Estado Libre. Habría permitido a los republicanos ocupar ministerios en un gobierno de unidad nacional sin tener que prestar el juramento de lealtad que el Tratado exigía a los miembros del Oireachtas (parlamento). El proyecto de constitución prevé un Consejo Ejecutivo de doce, de los cuales cuatro, incluidos el presidente y el vicepresidente , deben ser miembros del Dáil; de los otros ocho, como máximo tres podrían ser miembros del Dáil o Seanad (cámara alta). [3] Sin embargo, las objeciones del gobierno británico significaron que la propuesta fue alterada, y se requirió que los ministros externos tomaran el juramento y, aunque fueron nombrados por el Dáil, fueron nombrados por el Gobernador General. Estos cambios monárquicos eran inaceptables para los republicanos.
Sin embargo, tal como se presentó, todavía se esperaba que los ministros externos pudieran ser figuras independientes no partidistas, posiblemente no políticos, que ni siquiera eran miembros del Oireachtas. El Tercer Dáil como asamblea constituyente aprobó una resolución el 6 de octubre de 1922 que decía en parte: [4]
- Que esta Cámara aprueba como principio general la propuesta de que ciertos Ministros que no serán miembros del Consejo Ejecutivo, nombrados por el Dáil, y responsables individualmente ante el Dáil por los departamentos respectivamente a su cargo, no necesitarán ser miembros de el Dáil
Se formó un comité para redactar los artículos correspondientes para la Constitución, [4] y posteriormente otro comité nombró ministros para los departamentos pertinentes. [1]
Disposiciones constitucionales
Las disposiciones pertinentes fueron los artículos 55 y 56 de la Constitución: [5]
- Articulo 55.
- Los ministros que no serán miembros del Consejo Ejecutivo podrán ser nombrados por el Representante de la Corona [Gobernador General], y deberán cumplir con las disposiciones del Artículo 17 de esta Constitución [es decir, prestar juramento de lealtad]. Cada uno de estos ministros será nombrado por Dáil Eireann por recomendación de un Comité de Dáil Eireann elegido por un método que será determinado por Dáil Eireann, de modo que sea imparcialmente representativo de Dáil Eireann. Si una recomendación no es aceptable para Dáil Eireann, el Comité puede continuar recomendando nombres hasta que uno se considere aceptable. El número total de Ministros, incluidos los Ministros del Consejo Ejecutivo, no excederá de doce.
- Articulo 56.
- Todo Ministro que no sea miembro del Consejo Ejecutivo será el jefe responsable del Departamento o Departamentos a su cargo, y será responsable individualmente ante Dáil Eireann solo de la administración del Departamento o Departamentos de los que sea jefe: Siempre que que en caso de que el Oireachtas adopte los arreglos para los Consejos funcionales o vocacionales, estos Ministros o cualquiera de ellos podrán, si el Oireachtas así lo decidiera, ser miembros y ser recomendados a Dáil Eireann por dichos Consejos. El mandato de cualquier Ministro, que no sea miembro del Consejo Ejecutivo, será el mandato de Dáil Eireann existente en el momento de su nombramiento, pero continuará en el cargo hasta que se haya nombrado a su sucesor, y ningún Ministro ser destituido de su cargo durante su mandato de otra manera que no sea por el propio Dáil Eireann, y luego por razones declaradas, y después de que la propuesta de destitución haya sido presentada a un Comité, elegido por un método que será determinado por Dáil Eireann, de modo que sea imparcial representante de Dáil Eireann, y el Comité ha informado al respecto.
Implementación y abandono
Las carteras a las que se nombró ministros externos fueron Ministro de Correos y Telégrafos , Ministro de Tierras y Agricultura , Ministro de Pesca y Ministro de Gobierno Local y Salud Pública . Aunque los ministros externos fueron nombrados desde 1922 hasta 1927, en realidad formaron un solo gobierno de Cumann na nGaedheal con el Consejo Ejecutivo, en lugar de ser independientes de él. No se eligió a ningún ministro externo ajeno al Dáil; ni de la oposición ( Laborista , Partido de los Agricultores o independientes ) a pesar del requisito de ser "representante imparcial de Dáil Eireann". [6] Los consejos vocacionales corporativistas mencionados en el artículo 56 nunca fueron creados. La Ley de Ministros y Secretarios de 1924 requería que el secretario parlamentario de un ministro externo fuera miembro del Dáil, mientras que el secretario parlamentario de los ministros del Consejo Ejecutivo podía ser de cualquiera de las dos cámaras del Oireachtas. [7] De hecho, solo se nombraron diputados del Dáil. [8]
El Informe Anual del Departamento de Agricultura e Instrucción Técnica para el año 1921 (retrasado por la Guerra Civil) fue presentado por el Ministro de Agricultura, Patrick J. Hogan , el 22 de febrero de 1923 al Consejo Ejecutivo para su transmisión al Gobernador General. El líder laborista Thomas Johnson objetó que, como ministro externo, Hogan debería haber presentado el informe al Dáil en lugar del Consejo Ejecutivo; Hogan estuvo de acuerdo en que había sido un error. [9]
La Ley de la Constitución (Enmienda No. 5) de 1927 aumentó el tamaño máximo del Consejo Ejecutivo de siete a doce. [10] A partir de entonces, dado que doce era el número total máximo de ministros, no tenía sentido que un DT fuera un ministro externo en lugar de un miembro del Consejo Ejecutivo. La enmienda fue promulgada justo antes de las elecciones generales de junio de 1927 , y el Consejo Ejecutivo posterior incluyó las carteras previamente asignadas a ministros externos. Aunque todavía existía la posibilidad de que un senador o un no legislador fuera nombrado ministro externo, los senadores objetaron que la Enmienda No. 5 hacía menos probable que un senador fuera ministro. [11] La Ley de la Constitución (Enmienda Nº 15) de 1929 permitía que un senador fuera miembro del Consejo Ejecutivo. [12]
La Constitución de 1937 exige que los ministros sean miembros del Oireachtas. [13] La Convención Constitucional de 2013 recomendó permitir que los no legisladores se conviertan en ministros; Enda Kenny rechazó esto, sobre la base de que alguien nominado al Senado por el Taoiseach podría convertirse en ministro. [14] Esto ha sucedido dos veces: Seán Moylan en 1957 y James Dooge en 1981-1982 . [15]
Fuentes
- Cahillane, Laura (2016). Redacción de la Constitución del Estado Libre de Irlanda . Prensa de la Universidad de Oxford. ISBN 9781526114372.
- Coakley, John (diciembre de 2010). "Selección de ministros del gobierno irlandés: ¿una vía alternativa?". Administración . Irlanda: Instituto de Administración Pública . 58 (3): 1–26. hdl : 10197/2762 .
- Malone, Andrew E. (septiembre de 1929). "Gobierno del partido en el Estado libre irlandés". Political Science Quarterly . La Academia de Ciencias Políticas. 44 (3): 363–378. doi : 10.2307 / 2142840 . JSTOR 2142840 .
- Mansergh, Nicholas (2007) [1934]. El estado libre irlandés: su gobierno y su política . Leer. pp. 156 -171 y passim. ISBN 978-1406720358.
Referencias
- ^ a b "Comité [Dáil] seleccionado para hacer recomendaciones sobre los Ministros que no serán miembros del Consejo Ejecutivo" . Informes de los comités . Oireachtas. 1922 . Consultado el 21 de septiembre de 2014 .[ enlace muerto permanente ]
- ↑ a b Mansergh, 1934, págs. 158–160; Cahillane 2016 p.128
- ↑ Malone 1929, p. 369
- ^ a b "Informe - Artículos ejecutivos de la Constitución de Saorstát Eireann Bill" . Informes de los comités . Oireachtas. 10 de octubre de 1922 . Consultado el 21 de septiembre de 2014 .[ enlace muerto permanente ]
- ^ "Ley de la Constitución del Estado Libre de Irlanda (Saorstát Eireann), 1922" . Libro de estatutos irlandeses . Consultado el 21 de septiembre de 2014 .
- ^ Malone 1929, págs. 373–4
- ^ "Ley de ministros y secretarios de 1924, artículo 7" . Libro de estatutos irlandeses . 21 de abril de 1924 . Consultado el 7 de noviembre de 2015 .
- ↑ Coakley, 2010, p.15 y nota 14.
- ^ "Una cuestión de privilegios" . Debates de Dáil Éireann . 22 de noviembre de 1923. pp. Vol.5 No.15 p.10 cc.1087–1090 . Consultado el 18 de septiembre de 2017 .
- ^ "Ley de la Constitución (enmienda nº 5) de 1927" . Libro de estatutos irlandeses . Consultado el 16 de abril de 2015 .
- ^ "Proyecto de Ley de Constitución del Comité Selecto (Enmienda No. 5), 1926" . Actas del comité . Oireachtas. 10 de febrero de 1927 . Consultado el 16 de abril de 2015 .
- ^ "Ley de la Constitución (enmienda nº 15) de 1929" . Libro de estatutos irlandeses . Consultado el 16 de abril de 2015 .
- ^ Constitución de Irlanda, artículo 28.7
- ^ "Respuesta escrita N ° 225: Recomendaciones de la Convención Constitucional" . Debates de Dáil Éireann . Oireachtas. 21 de abril de 2015. p. 56 . Consultado el 30 de octubre de 2015 .
- ^ Coakley, John (diciembre de 2010). "Seleccionar ministros del gobierno irlandés: ¿una vía alternativa?" (PDF) . Administración . Instituto de Administración Pública de Irlanda. 58 (3): 1–26: 17–18. Archivado desde el original (PDF) el 22 de septiembre de 2017 . Consultado el 22 de septiembre de 2017 .