Los escudos humanos son personas legalmente protegidas, ya sean civiles o prisioneros de guerra, que son coaccionadas o se ofrecen como voluntarias para disuadir ataques al ocupar el espacio entre un beligerante y un objetivo militar legítimo. [1] El uso de escudos humanos está prohibido por el Protocolo I de los Convenios de Ginebra . También es un crimen de guerra con intención específica según lo codificado en el Estatuto de Roma , que fue adoptado en 1998. [2] El lenguaje del Estatuto de Roma prohíbe "utilizar la presencia de un civil u otra persona protegida para representar ciertos puntos, áreas o fuerzas militares inmunes a las operaciones militares ". [3]
Históricamente, el derecho de los conflictos armados solo se aplicaba a los estados soberanos. Los conflictos no internacionales se rigen por el derecho interno del Estado en cuestión. Según los términos actuales del Estatuto de Roma, el uso de escudos humanos se define como un crimen de guerra solo en el contexto de un conflicto armado internacional. [4]
Después del final de la Segunda Guerra Mundial, los conflictos armados no internacionales se han vuelto más comunes. La guía de derecho internacional humanitario consuetudinario sugiere que las normas que prohíben el uso de civiles como escudos humanos son "posiblemente" habituales en los conflictos armados no internacionales. [5] Actualmente, los estudiosos del derecho debaten el desarrollo y la aplicación del derecho humanitario a la guerra asimétrica moderna. [6]
Historia
Las leyes de la guerra son un aspecto crucial de la historia de los escudos humanos. Este cuerpo de leyes regula el despliegue de la violencia durante el conflicto armado, pero también es un instrumento que utilizan las partes en conflicto para establecer la legitimidad del poder y las formas de violencia humana. [7] Las leyes de la guerra comenzaron a desarrollar la distinción entre objetivos militares y civiles en la Segunda Conferencia de Paz de La Haya de 1907. [8]
Durante la Primera Guerra Mundial, el concepto de guerra total permitió la mayoría de las acciones que apoyaron el esfuerzo bélico. En la "guerra total" se permitía atacar a civiles, si apoyaba un objetivo militar para desmoralizar al enemigo. El bombardeo indiscriminado se consideró un método aceptable para lograr la ventaja militar de derrotar la moral del enemigo y erosionar el apoyo popular al esfuerzo bélico. [9] Los primeros intentos de proteger a los civiles como clase fueron en gran parte infructuosos. La Segunda Guerra Mundial también se libró en el marco del concepto de guerra total. [10]
Los Convenios de Ginebra de 1949 fueron las primeras protecciones importantes para los civiles en la guerra. Estas protecciones fueron ampliadas por los Protocolos adicionales en 1977. El Protocolo I requiere que los ataques se limiten a objetivos militares, que se definen como objetivos que hacen una "contribución efectiva a la acción militar" cuando la destrucción del objetivo proporciona una "ventaja militar definitiva" al atacante. [11]
Doctrina legal
—Protocolo I, Convenciones de Ginebra [12]
La necesidad militar puede justificar el uso de la fuerza en determinadas circunstancias, en las que un ataque puede obtener una ventaja militar. [13] Cuando el uso de la fuerza es excesivo en relación con su ventaja militar anticipada, se dice que es desproporcionado. La fuerza desproporcionada está prohibida por el derecho internacional.
El riesgo para los civiles no impide la acción militar, pero el principio de proporcionalidad requiere que se tomen precauciones para minimizar el daño a estas personas protegidas. Este análisis incluye consideraciones como si las circunstancias permiten al atacante programar una acción militar para minimizar la presencia de civiles en el lugar. [14]
Según el Estatuto de Roma, el uso de personas protegidas como escudos en un conflicto armado internacional es un crimen de guerra. [15] Actualmente existe un debate entre los juristas sobre si el análisis de proporcionalidad tradicional debe modificarse para tener en cuenta la culpabilidad de los actores que utilizan escudos humanos para obtener una ventaja estratégica. En la guerra asimétrica moderna se ha vuelto difícil distinguir entre objetivos militares y civiles, pero los actores estatales todavía se basan en principios tradicionales que presentan desafíos cuando se aplican a conflictos asimétricos. Las fuerzas no estatales, como las guerrillas y los terroristas, se ocultan entre la población civil y pueden aprovechar esta posición para lanzar ataques. Cuando la acción militar contra estos combatientes no convencionales resulta en muertes de civiles, los actores estatales pueden culpar de las muertes a las fuerzas enemigas que usan escudos humanos. [dieciséis]
Análisis de proporcionalidad proporcional
- Estados Unidos contra List , los juicios de Nuremberg [17]
Algunos académicos, incluidos Ammon Rubinstein y Yaniv Roznai, argumentan que el uso de escudos humanos debería ser un factor para determinar si el uso de la fuerza era justificable bajo los principios rectores de distinción y proporcionalidad . En su opinión, el uso de escudos humanos socava el derecho de un atacante a la legítima defensa porque la necesidad militar de la legítima defensa debe ser una consideración en el análisis de fuerza excesiva. Rubinstein y Roznai han descrito este análisis como una "proporcionalidad proporcionada". [18]
Rubinstein y Roznai argumentan que un ataque que sería desproporcionado debería considerarse proporcionado, si la presencia de civiles se debe a las acciones ilícitas del enemigo. Utilizan el término "parte impedida" para describir la carga que recae sobre la parte atacante en virtud de las normas del derecho internacional humanitario. Señalan que "parte atacante" ha sido tradicionalmente sinónimo de agresor, pero que a menudo es el atacante quien "defiende la democracia" y actúa en defensa propia cuando utiliza la fuerza en respuesta a un ataque anterior. [19]
Douglas Fischer cree que el aumento de víctimas civiles que comenzó con la guerra de Vietnam se debe en parte a un mayor uso de tácticas "ilegales y pérfidas" en la guerra moderna, incluido el uso de civiles como escudos humanos. [20] Ha criticado a Human Rights Watch por no incluir la doctrina de los escudos humanos como factor en el análisis de fuerza excesiva. [21]
Voluntario e involuntario
Los combatientes en un conflicto armado tienen prohibido utilizar civiles protegidos como escudos humanos involuntarios para apoyar un esfuerzo bélico injusto. Los civiles que son utilizados como escudos humanos involuntarios por combatientes ilegales no pierden sus derechos básicos. [22] El uso de escudos humanos involuntarios no libera a la otra parte de las obligaciones legales de no atacar a civiles o infligir daños colaterales excesivos.
Los escudos humanos voluntarios pueden considerarse "participantes directos en las hostilidades" si protegen al personal o las propiedades objetivo. Esto también podría considerarse traición. Sin embargo, si están protegiendo al personal o las propiedades protegidas, aún pueden conservar su estado protegido. Esta área debatida del derecho internacional consuetudinario aún no se ha codificado. [23]
Los Estados Unidos y la Unión Europea se consideran las principales fuentes de escudos humanos voluntarios. En 2003, activistas de derechos humanos viajaron a Bagdad para servir como escudos humanos y protestar por la impopular invasión estadounidense. [24] También en 2003, la activista por la paz estadounidense Rachel Corrie fue asesinada después de ser aplastada por una excavadora del ejército israelí en Rafah mientras trabajaba como voluntaria en el Movimiento de Solidaridad Internacional como escudo humano para evitar la demolición de viviendas en Palestina. [25]
Limitaciones actuales del DIH
Si bien el DIH prohíbe los ataques contra civiles, las precauciones que debe tomar una potencia antes de un ataque siguen estando mal definidas. La proporcionalidad sigue siendo un estándar nebuloso que no establece un estándar predecible de cuándo una acción militar se consideraría legal. Hay una falta de cumplimiento y el papel cada vez mayor de los actores privados y los contratistas en el campo de batalla presenta nuevos desafíos. [26]
Ley de EE. UU.
Durante la Guerra Civil, Estados Unidos adoptó el Código Lieber , reconocido por muchos académicos como el primer código detallado que rige la conducta en la guerra. El Dr. Francis Lieber articuló una versión temprana del principio de proporcionalidad: que los civiles no debían ser atacados, pero tampoco eran inmunes en todas las circunstancias. [27]
El uso de escudos humanos está prohibido y definido como crimen de guerra por varios manuales militares estadounidenses. También se define como un delito juzgado por una comisión militar en virtud de la Ley de Comisiones Militares de los Estados Unidos (2006). [28]
Táctica de guerra moderna
Si los beligerantes atacan en áreas donde se utilizan escudos humanos, esto puede debilitar el apoyo nacional e internacional al explotar a los civiles dañados. Para las naciones que son particularmente sensibles a los daños colaterales, el uso de escudos por parte de un enemigo puede disuadir o retrasar efectivamente las acciones militares.
Ha habido numerosos incidentes documentados en los que esta táctica no ha tenido éxito en disuadir los ataques, incluido el atentado con bomba en el refugio de Amiriyah durante la Primera Guerra del Golfo . [29] Después de la muerte de dos activistas occidentales que sirven como escudos humanos voluntarios en Gaza, Véronique Dudouet escribió que los escudos humanos se han vuelto menos efectivos, ya que la mala publicidad en los medios ya no disuade a los soldados de usar fuerza letal contra ellos. [30]
Referencias
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- ^ Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI), artículo 8 (20) (f) 17 de julio de 1998, 2187 UNTS 3; Michael Schmitt, Escudos humanos en el derecho internacional humanitario , 47 Colum. J. Transnat'l L.292 (2009)
- ^ Corte Penal Internacional, Elementos de los crímenes, artículo 8 (2) (b) (xxiii), Doc. De la ONU. PCINICC / 2000/1 / Add.2 (2000).
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- ^ Jean-Marie Henckaerts y Louise Doswald-Beck, Derecho internacional humanitario consuetudinario , Comité Internacional de la Cruz Roja (2005).; [En adelante CIHL]
- ^ Thilo Marauhn, Conflicto armado, no internacional , MPEPIL (2016).
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- ^ Jefferson D. Reynolds, Daños colaterales en el campo de batalla del siglo XXI: Explotación enemiga de la ley del conflicto armado y la lucha por una autoridad moral , 56 AFL Rev.1 (2005) , en 10.
- ^ Por ejemplo, Margaret Artz, Grieta en la armadura: cómo un enfoque uniforme del análisis de proporcionalidad puede acabar con el uso de escudos humanos , 45 Vand. J. Transnat'l L. 1447 (2012) , en 1453; Jefferson D. Reynolds, Daños colaterales en el campo de batalla del siglo XXI: Explotación enemiga de la ley de los conflictos armados y la lucha por una autoridad moral , 56 AFL Rev. 56 (2005) , pág. 10;
- ^ Véase, por ejemplo, Horst Boog, et al., 7 Alemania y la Segunda Guerra Mundial 10 (2006). (citando la Directiva de Casablanca, que describió la estrategia aliada como "la destrucción y dislocación progresiva del sistema militar, industrial y económico alemán, y el socavamiento de la moral del pueblo alemán hasta un punto en el que su capacidad de resistencia armada se debilita fatalmente ")
- ^ Ver Protocolo I, art. 52 (2)
- ^ Ver Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la Protección de Víctimas de Conflictos Armados Internacionales (Protocolo I), abierto a la firma el 12 de diciembre de 1977, 1125 UNTS 3, art. 52 (2) [en adelante Protocolo I].
- ^ Jefferson D. Reynolds, Daños colaterales en el campo de batalla del siglo XXI: Explotación enemiga de la ley del conflicto armado y la lucha por una autoridad moral , 56 AFL Rev.1 (2005) , en 15.
- ^ Rogier Bartels, Abordar el principio de proporcionalidad en los conflictos armados en retrospectiva: la aplicación del principio en juicios penales internacionales , 46 Israel Law Review 271 () , en 303
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- ↑ Ver Ammon Roznai, Human Shields in Modern Armed Conflicts: The Need for a Proportionate Proportionality , 22 Stan. L. y Pol'y Rev. ' 93 (2011) ; Véase también Douglas H. Fischer, Human Shields, a Homicides, and House Fires: How a Domestic Law Analogy Can Guide International Law Con respecto a las tácticas del escudo humano en los conflictos armados , 57 Am. UL Rev. 479 (2007) (argumentando que un análisis basado en la proporcionalidad y la distinción que no descarta la culpabilidad de los atacantes cuando se usan escudos humanos "socava injustamente el derecho a la legítima defensa"), en 490
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- ^ Douglas H. Fischer, Escudos humanos, homicidios e incendios domésticos: cómo una analogía del derecho interno puede orientar el derecho internacional con respecto a las tácticas del escudo humano en los conflictos armados , 57 Am. UL Rev. 479 (2007) , en 488-89 (argumentando que los atacantes no pueden cumplir con las obligaciones del Artículo 57 de tomar "medidas preventivas" a menos que los defensores separen los objetivos civiles y militares).
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