Los Institutos de Justiniano ( América : Institutiones Justiniani ) es una unidad de las Corpus Juris Civilis , la codificación del siglo VI derecho romano ordenado por el bizantino emperador Justiniano I . Se basa en gran parte en los Institutos de Cayo , un jurista romano del siglo II d. C. Las otras unidades del Corpus Juris Civilis son el Digest , el Codex Justiniano y las Novellae Constitutiones ("Nuevas Constituciones" o "Novelas"). [1]
Redacción y publicación
Los Institutos de Justiniano fueron una parte de su esfuerzo por codificar el derecho romano y reformar la educación jurídica, de la que también formaba parte el Digesto. [2] Mientras que el Digest iba a ser utilizado por estudiantes de derecho avanzados, los Institutos de Justiniano iban a ser un libro de texto para nuevos estudiantes. [3] La necesidad de un nuevo texto para los estudiantes de primer año se abordó ya en 530 en la constitución "Deo auctore", donde se hace referencia a algo "... que puede ser promulgado para reemplazar las obras elementales, de modo que el La inteligencia bruta del estudiante, alimentada por una dieta sencilla, puede proceder con mayor facilidad a los estudios jurídicos avanzados ". [4] Bajo la supervisión de Tribonian , dos profesores de derecho (Theophilus y Dorotheus) fueron asignados para extraer declaraciones sobre las instituciones básicas ("Institutiones") del derecho romano de los libros de enseñanza creados por escritores de "autoridad" (como se define en el Ley de Citas ). La mayor parte de estos nuevos Institutos son los Institutos de Gayo, muchos de ellos tomados literalmente; pero también utiliza material de los Institutos de Marcian, Florentinus, Ulpian y quizás Paulus (los otros escritores de "autoridad". [5] Existe cierto debate sobre cuál de los miembros de la comisión es responsable de qué parte de los nuevos Institutos. Más recientemente se ha sugerido que Theophilus y Dorotheus crearon los extractos tomados de las obras más antiguas, mientras que Tribonian revisó y agregó nuevas leyes imperiales. [6]
Esta nueva versión de los Institutos fue publicada el 21 de noviembre de 533 y promulgada con el Compendio el 30 de diciembre de 533. [7] Estos nuevos Institutos no eran sólo un libro de texto para los estudiantes de primer año de derecho, sino, según el decreto que los promulgó. (C. Tanta), tenían fuerza de ley. [8] Los estudiantes de derecho de primer año utilizaron los Institutos de Justiniano como su libro de texto durante siglos. [9]
Estructura y contenido
Los Institutos de Justiniano están organizados de manera muy parecida a la obra de Cayo, divididos en tres libros que abarcan "personas", "cosas" y "acciones". A diferencia del Digest, los extractos no incluyen inscripciones que indiquen de quién se tomó el material original. [10]
Ediciones y traducciones modernas
Los Institutos de Justiniano eran en gran parte desconocidos en Occidente. El manuscrito más antiguo conocido son fragmentos de un palimpsesto veronés del siglo IX. [11] La primera edición impresa de los Institutos de Justiniano fue la de Petrus Schoyff en 1468. [12] Los eruditos que utilizaron el palimpsesto veronés sugirieron cambios en el texto existente, y estas críticas dieron como resultado los textos definitivos de Paul Krüger y Eduard Huschke en 1867 y 1868 respectivamente. . [13] La versión moderna más utilizada de los Institutos de Justiniano es la de Krüger, [14] que está en el volumen uno de la edición de estereotipos de Krüger, Mommsen, Kroll y Schoell. [15]
Hay varias traducciones de los Institutos de Justiniano al inglés, siendo las mejores de las más antiguas las de JB Moyle y Thomas Collett Sandars . [16] Traducciones más recientes de Birks & McLeod también están disponibles como ediciones opuestas con el latín de Krüger. [17] Samuel Parsons Scott tradujo los Institutos al inglés como parte de su traducción de todo el "Corpus Juris Civilis", pero su traducción no ha sido bien recibida. [18]
Ver también
Referencias
- ^ Véase en general, Tony Honoré , "Codificación de Justiniano" en The Oxford Classical Dictionary 803 (Simon Hornblower y Antony Spawforth eds. 3rd rev. Ed 2003).
- ^ Id. en 804. Véase también HF Jolowicz & Barry Nicholas, Introducción histórica al estudio del derecho romano 492-493 (3ª ed. 1972).
- ^ Id. en 492.
- ^ Tony Honoré, Tribonian 187 (1978), citando Deo auctore.
- ^ Honoré, "Codificación de Justiniano, supra nota 1, y Jolowicz & Nicholas, supra nota 2 en 493
- ^ Honoré, Tribonian, supra nota 3 en 189 (1978).
- ^ Jolowicz y Nicholas, supra nota 2 en 493.
- ^ Id. en 492.
- ^ Honoré, "Codificación de Justiniano", supra nota 1 en 804.
- ^ Id. en 493
- ^ A. Arthur Schiller, Derecho romano, Mecanismos de desarrollo 31 (1978). Para un relato detallado de la transmisión de manuscritos de los Institutos de Justiniano a través de la era medieval, ver Charles M. Radding & Antonio Ciaralli, The Corpus Iuris Civilis in the Middle Ages: Manuscripts and Transmissions from the Sixth Century to the Juristic Revival 111-131 ( 2007).
- ↑ Schiller, supra nota 10 en 31.
- ^ Id. en 32. Justiniani Institutiones de Krüger ... está disponible en Europeana en [1] .
- ^ Moraes, Bernardo (2021). Institutas de Justiniano: primeiros fundamentos de direito romano justinianeu . São Paulo: YK Editora. págs. 9-10. ISBN 978-65-88043-06-6.
- ↑ Corpus Iuris Civilis (1877-1895) disponible en Internet Archive en [2] .
- ^ JB Moyle, Los Institutos de Justiniano (1893) disponible en Project Gutenberg en [3] ; JAC Thomas, Los Institutos de Justiniano (1975).
- ^ Birks, Peter & McLeod, Grant, Institutos de Justiniano (Cornell University Press, 1987).
- ↑ Ver Timothy Kearley, Justice Fred Blume and the Translation of the Justinian Code (2nd ed. 2008) 3, 21. La traducción de Scott es The Civil Law, incluyendo las Doce Tablas, los Institutos de Gaius, las Reglas de Ulpian, las Promulgaciones de Justiniano y las Constituciones de León ... 17 vols. (1932) disponible en [4] . Para una discusión del trabajo de Scott, Fred H. Blume y Clyde Pharr sobre la traducción del derecho romano, ver Kearley, Timothy G., "From Rome to the Restatement: SP Scott, Fred Blume, Clyde Pharr, and Roman Law in Early Twentieth -Century, "disponible en Social Science Research Network [5] .
enlaces externos
- [6]