Mubah ( árabe : مباح) es una palabra árabe que significa "permitido", [1] que tiene usos técnicos en la ley islámica .
En uṣūl al-fiqh (principios de la jurisprudencia islámica), mubah es uno de los cinco grados de aprobación ( ahkam ), y se traduce comúnmente como "neutral", [2] [3] "indiferente" [4] o "(simplemente ) permitido ". [4] [5] Se refiere a una acción que no es obligatoria , recomendada , reprensible o prohibida y, por lo tanto, no implica ningún juicio de Dios . [2] La asignación de actos a esta categoría jurídica refleja una elección deliberada más que un descuido por parte de los juristas. [3]
En la ley de propiedad islámica, el término mubah se refiere a cosas que no tienen dueño. Es similar al concepto res nullius utilizado en el derecho romano y en el derecho consuetudinario. [6]
Ver también
Referencias
- ^ Hans Wehr, J. Milton Cowan (1976). Diccionario de árabe moderno escrito (3ª ed.). Servicios de lenguaje hablado. pag. 81.
- ^ a b Vikør, Knut S. (2014). "Sharīʿah" . En Emad El-Din Shahin (ed.). La Enciclopedia de Oxford del Islam y la Política . Prensa de la Universidad de Oxford. Archivado desde el original el 4 de junio de 2014 . Consultado el 20 de mayo de 2017 .
- ^ a b Wael B. Hallaq (2009). Sharī'a: teoría, práctica, transformaciones . Cambridge University Press (edición Kindle). pag. Loc. 2160.
- ^ a b Baber Johansen (2009). "Derecho islámico. Cualificaciones legales y éticas" . En Stanley N. Katz (ed.). La Enciclopedia Internacional de Oxford de Historia Jurídica . Oxford: Prensa de la Universidad de Oxford.
- ^ Juan Eduardo Campo, ed. (2009). "Halal". Enciclopedia del Islam . Publicación de Infobase. pag. 284.
- ^ Ersilia Francesca (2009). "Posesión. Yad en la ley islámica" . En Stanley N. Katz (ed.). La Enciclopedia Internacional de Oxford de Historia Jurídica . Oxford: Prensa de la Universidad de Oxford.