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Los procedimientos para votar en el Consejo de la Unión Europea se describen en los tratados de la Unión Europea . El procedimiento de votación del Consejo de la Unión Europea (o simplemente "Consejo" o "Consejo de Ministros") ha sido modificado por tratados posteriores y actualmente funciona con el sistema establecido en el Tratado de Lisboa . El sistema se conoce como votación por mayoría cualificada .

Reglas actuales de votación por mayoría cualificada (desde 2014)

El artículo 16 del Tratado de la Unión Europea, [1] modificado por el Tratado de Lisboa, estipula que el régimen de votación del Consejo del Tratado de Niza se aplicará hasta el 31 de octubre de 2014. [a] El artículo 16 también establece las condiciones para una mayoría cualificada. en vigor desde el 1 de noviembre de 2014 (normas de Lisboa):

  • Mayoría de países: 55% (que comprenden al menos 15 de ellos), o 72% si no se actúa a propuesta ni de la Comisión ni del Alto Representante , y
  • Mayoría de la población: 65% .

Una minoría de bloqueo requiere, además de no cumplir una de las dos condiciones anteriores, que al menos 4 países (o, si no todos los países participan en la votación, el número mínimo de países que representan más del 35% de la población de los participantes países, más un país) votan en contra de la propuesta. Así, puede haber casos en los que se apruebe una ley, aunque no se cumpla la condición de población. Esto excluye escenarios en los que 3 países poblados podrían bloquear una decisión contra los otros 24 países. [2]

Las reglas de Lisboa erradicaron el uso de pesos de voto "artificiales". Esta medida, propuesta por primera vez en la Constitución , se basa en el tamaño de la población y, al mismo tiempo, reconoce los temores de los estados miembros más pequeños de ser anulados por los países más grandes.

Práctica de votación

En la práctica, el Consejo apuntó a decisiones unánimes, y la votación por mayoría cualificada se utilizó a menudo simplemente como un medio para presionar a los compromisos por consenso. Por ejemplo, en 2008, 128 de las 147 decisiones del Consejo fueron unánimes. Dentro de las decisiones restantes, hubo un total de 32 abstenciones y 8 votos en contra de la decisión respectiva. Estos votos contrarios fueron emitidos dos veces por Luxemburgo y una vez por Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Países Bajos y Portugal. [3]

Áreas de política

El Consejo, junto con el Parlamento Europeo, tiene funciones de formulación de políticas, legislativas y presupuestarias. El Consejo está compuesto por los ministros de los estados miembros responsables de un área específica de política. Los ministros o su representante comprometerán al gobierno del estado miembro en cuestiones de política y emitirán el voto del estado miembro. El Tratado de Lisboa especifica en el artículo 16 [4] que el Consejo se pronunciará por mayoría cualificada (QMV) [5] en los ámbitos de competencia [6] con determinadas excepciones. La votación por mayoría cualificada se extiende ahora a áreas políticas que requerían unanimidad de acuerdo con el Tratado de Niza.

Las nuevas áreas de QMV son: [7] [8]

Reglas de votación por mayoría cualificada anteriores (1958-2014)

Esta sección presenta los antiguos sistemas de votación por mayoría cualificada empleados en el Consejo de la Unión Europea y sus instituciones predecesoras. Si bien algunas áreas de política requieren unanimidad entre los miembros del Consejo, para áreas de política seleccionadas ha existido votación por mayoría cualificada desde el principio. Todos los tratados importantes han cambiado algunas áreas políticas de la unanimidad a la votación por mayoría cualificada.

Siempre que se amplió la comunidad, se definieron los pesos de voto para los nuevos miembros y se reajustaron los umbrales mediante los tratados de adhesión. Después de su inicio en 1958, se produjeron los cambios más notables en el sistema de votación:

  • con la ampliación de 1973 , cuando el número de votos para los estados miembros más grandes se incrementó de 4 a 10,
  • con el Tratado de Niza , cuando el número máximo de votos se aumentó a 29, los umbrales se definieron en términos de porcentajes y se introdujo una condición de dependencia directa de la población,
  • con el Tratado de Lisboa , cuando se abandonó el concepto de voto en favor de una " doble mayoría " dependiendo únicamente del número de estados y de la población representada.

Todos los sistemas prescribieron umbrales más altos para aprobar actos que no fueron propuestos por la Comisión . Los estados miembros tienen que emitir sus votos en bloque (es decir, un estado miembro no puede dividir sus votos). Por lo tanto, el número de votos describe más bien el peso del voto único de un miembro.

El análisis de la distribución del poder de voto bajo diferentes reglas de voto en el Consejo de la UE a menudo requiere el uso de métodos computacionales complejos que van más allá del mero cálculo de la participación de votos, como el índice de Shapley-Shubik o la medida de Banzhaf . [9]

Tratado de Roma (1958-1973)

Según el artículo 148 del Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (Tratado CEE), [10] actos del Consejo requerían para su adopción:

  • 12 votos (si el acto fue propuesto por la Comisión), o
  • 12 votos de al menos 4 estados miembros (si el acto no fue propuesto por la Comisión).

Los valores anteriores están relacionados con EU-6, los estados miembros fundadores. El tratado asignó los votos de la siguiente manera:

  • 4 votos: Francia, Alemania, Italia,
  • 2 votos: Bélgica, Holanda,
  • 1 voto: Luxemburgo.

Según este sistema, Luxemburgo no tenía poder de voto para los actos propuestos por la Comisión.

Tratado de adhesión (1973-1979)

El artículo 148 del Tratado CEE, que especifica el sistema de votación por mayoría cualificada del Consejo, fue modificado por el artículo 8 del Tratado de Adhesión que regula la ampliación de la comunidad por Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido. [11] Actos del Consejo ahora necesarios para su adopción:

  • 41 votos (si el acto fue propuesto por la Comisión), o
  • 41 votos de al menos 6 estados miembros (si el acto no fue propuesto por la Comisión).

Estos valores ahora estaban relacionados con la EU-9. El tratado asignó los votos de la siguiente manera:

  • 10 votos: Francia, Alemania, Italia, Reino Unido,
  • 5 votos: Bélgica, Holanda,
  • 3 votos: Dinamarca, Irlanda,
  • 2 votos: Luxemburgo.

Tratado de adhesión (1979-1985)

El artículo 148 del Tratado CEE, que especifica el sistema de votación por mayoría cualificada del Consejo, fue modificado por el artículo 14 del Tratado de Adhesión que regula la ampliación de la comunidad por Grecia. [12] Actos del Consejo ahora necesarios para su adopción:

  • 45 votos (si el acto fue propuesto por la Comisión), o
  • 45 votos de al menos 6 estados miembros (si el acto no fue propuesto por la Comisión).

Los votos asignados anteriormente a la UE-9 no cambiaron. A Grecia se le asignaron 5 votos.

Tratado de adhesión (1985-1995)

El artículo 148 del Tratado CEE, que especifica el sistema de votación por mayoría cualificada del Consejo, fue modificado por el artículo 14 del Tratado de Adhesión que regula la ampliación de la comunidad por Portugal y España. [13] Actos del Consejo ahora necesarios para su adopción:

  • 54 votos (si el acto fue propuesto por la Comisión), o
  • 54 votos de al menos 8 estados miembros (si el acto no fue propuesto por la Comisión).

Los votos asignados previamente a la UE-10 no cambiaron. A los nuevos miembros se les asignaron los siguientes votos:

  • 8 votos: España,
  • 5 votos: Portugal.

El Tratado de Maastricht estableció el Tratado de la Comunidad Europea ( Tratado CE), en el que el sistema de votación por mayoría cualificada se detallaba en el artículo 148. [14] Si bien este tratado transfirió algunas áreas de política sujetas a unanimidad a mayoría cualificada, no cambió las ponderaciones ni el umbrales.

Tratado de Adhesión (1995-2003)

El artículo 148 del Tratado CE, que especifica el sistema de votación por mayoría cualificada del Consejo, fue modificado por el artículo 8 del Tratado de Adhesión que regula la ampliación de la comunidad por Austria, Finlandia y Suecia. [15] Actos del Consejo ahora necesarios para su adopción:

  • 62 votos (si el acto fue propuesto por la Comisión), o
  • 62 votos de al menos 10 estados miembros (si el acto no fue propuesto por la Comisión).

Los votos asignados anteriormente a la UE-12 no cambiaron. A los nuevos miembros se les asignaron los siguientes votos:

  • 4 votos: Austria, Suecia,
  • 3 votos: Finlandia.

Tratado de Niza (2003-14 / 17)

El sistema de votación del Consejo tal como se define en el Tratado de Niza [18] entró en vigor el 1 de febrero de 2003. [19] Las ponderaciones de voto de los Estados miembros de acuerdo con este tratado se muestran en la tabla de la derecha. El sistema de votación fue reemplazado por el Tratado de Lisboa, con efecto a partir del 1 de noviembre de 2014. [a]

Las siguientes condiciones se aplican a la toma de decisiones:

  • Mayoría de países: 50% + uno, si la propuesta la hace la Comisión; o bien al menos dos tercios (66,67%), [21] y
  • Mayoría de los votos ponderados: 74%, y
  • Mayoría de la población: 62%.

La última condición solo se verificó a pedido de un estado miembro. [22]

En ausencia de consenso, la votación por mayoría cualificada era la forma clave de toma de decisiones del Consejo. En términos de las estadísticas antes de que Croacia se convirtiera en miembro de la UE (1 de julio de 2013), la condición de aprobación se tradujo en:

  1. Al menos 14 (o 18, si la Comisión no hizo la propuesta) países,
  2. Al menos 255 del total de 345 ponderaciones de voto,
  3. Al menos 311 millones de personas representadas por los estados que votan a favor.

El último requisito casi siempre ya estaba implícito en la condición sobre el número de ponderaciones de voto. Las raras excepciones a esto podrían ocurrir en ciertos casos cuando una propuesta fue respaldada por exactamente tres de los seis estados miembros más poblados pero sin incluir Alemania, es decir, tres de Francia, Reino Unido, Italia, España y Polonia, y por todos o casi todos los otros 21 miembros.

Tenga en cuenta que la Comisión podría hacer una propuesta de manera que elimine el requisito de una mayoría cualificada. Por ejemplo, el Comité Asesor Antidumping (ADAC) podría aprobar una propuesta para imponer aranceles sobre la base de una mayoría simple no ponderada, pero revocarla habría requerido una mayoría cualificada porque esto significaría votar en contra de una propuesta de la Comisión. Esto aumentó enormemente el poder de los pequeños estados miembros en tales circunstancias. [ cita requerida ]

Las declaraciones de la conferencia que adoptó el Tratado de Niza contenían declaraciones contradictorias sobre la votación por mayoría cualificada después de la ampliación de la Unión Europea a 25 y 27 miembros: una declaración [23] especificaba que la mayoría de votos aumentaría hasta un máximo de 73,4. %, en contradicción con otra declaración [24] que especificaba una mayoría de calificación de 258 votos (74,78%) tras la ampliación a 27 países. Sin embargo, los tratados de adhesión posteriores al Tratado de Niza aclararon la mayoría necesaria.

Después de la adhesión de Croacia, el 1 de julio de 2013, se requirieron al menos 260 votos de un total de 352 de al menos 15 Estados miembros para que la legislación fuera adoptada por mayoría cualificada. Croacia tenía 7 votos (lo mismo que Dinamarca, Irlanda, Lituania, Eslovaquia y Finlandia). [25]

A partir del 1 de julio de 2013, la condición de pase se tradujo en:

  1. Al menos 15 (o 18, si la Comisión no hizo la propuesta) países,
  2. Al menos 260 del total de 352 ponderaciones de voto,
  3. Al menos 313,6 millones de personas representadas por los estados que votan a favor.

Método Penrose (rechazado)

Polonia propuso el método Penrose (también conocido como el "método de la raíz cuadrada"), que reduciría la ponderación de los votos entre los países más grandes y más pequeños en términos de población. La República Checa apoyó este método hasta cierto punto, pero advirtió que no respaldaría un veto polaco sobre este asunto. Todos los demás estados siguieron oponiéndose. [26] Después de negarse previamente a discutir el tema, el gobierno alemán acordó incluirlo para su discusión en el consejo de junio. [27] El porcentaje dado es el umbral óptimo teórico del juego, [28] y se conoce como el " Compromiso jagellónico ". [29] En la tabla adyacente se muestran las ponderaciones de voto del método Penrose asignadas a los estados.

Según la propuesta, el requisito para que un acto sea aprobado en el Consejo era:

  • Mayoría de los votos ponderados: 61,4%.

Unanimidad

Ciertos campos de la política siguen sujetos a unanimidad total o parcial, como:

  • pertenencia a la Unión (apertura de negociaciones de adhesión, asociación, graves violaciones de los valores de la Unión, etc.);
    • cambiar el estado de un país o territorio de ultramar (PTU) a una región ultraperiférica (OMR) o viceversa. [30]
  • impuestos;
  • las finanzas de la Unión (recursos propios, marco financiero plurianual);
  • armonización en el ámbito de la seguridad social y la protección social;
  • determinadas disposiciones en el ámbito de la justicia y los asuntos de interior (fiscal europeo, derecho de familia, cooperación policial operativa, etc.);
  • la cláusula de flexibilidad (352 TFUE) que permite a la Unión actuar para lograr uno de sus objetivos en ausencia de una base jurídica específica en los Tratados;
  • la política exterior y de seguridad común, con la excepción de algunos casos claramente definidos;
  • la política común de seguridad y defensa, con excepción del establecimiento de una cooperación estructurada permanente;
  • ciudadanía (concesión de nuevos derechos a los ciudadanos europeos, medidas antidiscriminatorias);
  • determinadas cuestiones institucionales (el sistema electoral y la composición del Parlamento, determinados nombramientos, la composición del Comité de las Regiones y del Comité Económico y Social Europeo, las sedes de las instituciones, el régimen lingüístico, la revisión de los tratados, incluida la cláusulas puente, etc.).

Notas

  1. ^ a b Sin embargo, cualquier estado miembro podría solicitar que el sistema de Niza se siga utilizando para una votación en particular, hasta el 31 de marzo de 2017. [20]

Enlaces externos

  • Calculadora de votos para decisiones del Consejo
  • Un resumen detallado de la votación por mayoría cualificada
  • BBC: Antecedentes del debate sobre ponderaciones de votos
  • Análisis e historial de ponderaciones de voto en el Consejo
  • Nuevos ganadores y viejos perdedores. Poder de voto a priori en la UE25
  • Artículo en EUABC
  • Texto íntegro de la Constitución - Título IV artículo I-25
  • Finalización de la quinta ampliación y cambios institucionales (votaciones en el Consejo y el Parlamento Europeo, incluidas las de Bulgaria y Rumanía, a partir del 1 de enero de 2007)
  • "Ampliación y cambios institucionales" . Representación de la Comisión Europea en Irlanda. 16 de marzo de 2004. Archivado desde el original el 24 de diciembre de 2005 . Consultado el 29 de junio de 2009 . Cite journal requires |journal= (help)
    Por contexto, las subsecciones de este documento se titulan "La Comisión Europea", "El Consejo de la Unión Europea" y "Parlamento Europeo".

Referencias

  1. ^ "Artículo 16 de las versiones consolidadas del Tratado de la Unión Europea y el Tratado sobre el funcionamiento de la Unión Europea" . Oficina de Publicaciones de la Unión Europea . 7 de junio de 2016 . Consultado el 1 de febrero de 2021 .
  2. ^ M. Chardon (1 de enero de 2016). "Sperrminorität" (en alemán). Bundeszentrale für politische Bildung . Consultado el 9 de octubre de 2016 .
  3. ^ Resumen de los actos del consejo; Consejo de la Unión Europea; recuperado el 16 de junio de 2010.
  4. ^ Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea, TÍTULO III - DISPOSICIONES SOBRE LAS INSTITUCIONES, artículo 16
  5. ^ Sin embargo, las decisiones del Consejo Europeo, compuesto por los jefes de estado o de gobierno de cada estado miembro, todavía se toman por consenso según el artículo 15 del Tratado de la Unión Europea.
  6. ^ Votación por unanimidad , Consejo de la Unión Europea , consultado el 1 de febrero de 2021
  7. ^ http://europa.eu/rapid/press-release_MEMO-03-23_en.htm Nuevas áreas de votación por mayoría cualificada en el Tratado de Niza
  8. ^ "Los archivos de inteligencia global - NUEVOS CASOS DE QMV" . wikileaks.org .[se necesita una mejor fuente ]
  9. ↑ Por ejemplo, Diego Varela y Javier Prado-Dominguez (2012) 'Negociando el tratado de Lisboa: índices de redistribución, eficiencia y poder', AUCO Czech Economic Review 6 (2): 107–124.
  10. ^ Tratado que establece la Comunidad Económica Europea (Roma, 25 de marzo de 1957)
  11. ^ Ley sobre las condiciones de adhesión y las adaptaciones de los Tratados (PDF)
  12. ^ Ley relativa a las condiciones de adhesión de la República Helénica y las adaptaciones de los Tratados , artículos 12 y 14
  13. ^ Acta relativa a las condiciones de adhesión del Reino de España y la República Portuguesa y las adaptaciones de los Tratados , artículos 12 y 14
  14. ^ Tratado de la Unión Europea
  15. ^ LEY relativa a las condiciones de adhesión del Reino de Noruega, la República de Austria, la República de Finlandia y el Reino de Suecia y las adaptaciones de los Tratados en los que se funda la Unión Europea , artículos 13 y 15
  16. ^ François-Carlos Bovagnet (2004). "Primeros resultados de la recopilación de datos demográficos de 2003 en Europa" (PDF) . Estadísticas en foco: Población y condiciones sociales: 13/2004 . Recopilación conjunta de datos demográficos del Consejo de Europa y Eurostat . Consultado el 28 de abril de 2011 .
  17. ^ W. Slomczynski, K. Zyczkowski (2006). "Sistema de votación de Penrose y cuota óptima" (PDF) . Acta Physica Polonica B . 37 (11): 3133–3143.
  18. ^ Tratado de Niza que modifica el Tratado de la Unión Europea, los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas y determinados actos relacionados
  19. ^ "Cowen acoge con satisfacción la ratificación del Tratado de Niza por Irlanda" . Según sus términos, el Tratado de Niza entró en vigor el 1 de febrero de 2003 . Departamento de Relaciones Exteriores de la República de Irlanda. 18 de diciembre de 2002 . Consultado el 27 de agosto de 2011 .
  20. ^ "Mayoría calificada" . consilium.europa.eu . Consejo de la UE . Consultado el 1 de abril de 2017 .
  21. ^ Artículo 205 del Tratado CE y artículos 23 y 34 del Tratado UE.
  22. ^ Artículo 3 del Tratado de Niza, passim .
  23. ^ Tratado de Niza por el que se enmienda el Tratado de la Unión Europea, los Tratados que establecen las Comunidades Europeas y algunos actos conexos, Declaraciones adoptadas por la Conferencia, 20. Declaración sobre la ampliación de la Unión Europea
  24. ^ Tratado de Niza por el que se enmienda el Tratado de la Unión Europea, los Tratados que establecen las Comunidades Europeas y algunos actos conexos, Declaraciones adoptadas por la Conferencia, 21. Declaración sobre el umbral de mayoría cualificada y el número de votos de una minoría de bloqueo en una Unión ampliada
  25. ^ "La UE da la bienvenida al 28º estado miembro - Croacia" . Consejo Europeo . 28 de junio de 2013 . Consultado el 19 de octubre de 2013 .[ enlace muerto ]
  26. ^ James G. Neuger (18 de junio de 2007). "Merkel ve obstáculos sobre el Tratado de la UE como Polonia se mantiene firme (Actualización1)" . Bloomberg . Archivado desde el original el 22 de septiembre de 2015 . Consultado el 26 de junio de 2007 .
  27. ^ Renata Goldirova (20 de junio de 2007). "Alemania escucha a Polonia en las conversaciones sobre el 'Tratado de Lisboa'" . Observador de la UE . Consultado el 26 de junio de 2007 .
  28. ^ "Acta Physica Polonica B" . www.actaphys.uj.edu.pl .
  29. ^ Mundo de la física 2006; 19 (3): 35-37.
  30. ^ La disposición dice:

    Queda derogado el artículo 311. Se inserta un nuevo artículo 311 bis, con la redacción del artículo 299, apartado 2, párrafo primero, y del artículo 299, apartados 3 a 6; el texto se modifica como sigue:

    [...]

    e) se añadirá el siguiente nuevo párrafo al final del artículo:

    "6. El Consejo Europeo podrá, a iniciativa del Estado miembro de que se trate, adoptar una decisión por la que se modifique el estatuto, con respecto a la Unión, de un país o territorio danés, francés u holandés mencionado en los apartados 1 y 2. El El Consejo se pronunciará por unanimidad previa consulta a la Comisión. "

    -  Tratado de Lisboa, artículo 2, punto 293