Rubin v. República Islámica de Irán , 583 US ___ (2018), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos presentado contra la nación de Irán por las familias de las víctimas estadounidenses de los atentados con bombas en la calle Ben Yehuda que ocurrieron en septiembre de 1997. [1] Bajo la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera de 1976 , las naciones no puede ser demandado por lo general menos que el estado se puede probar que han proporcionado apoyo a los terroristas o actos de terrorismo. [2] Después de que un juez de distrito dictaminó que Irán debía 71,5 millones de dólares a las familias de las víctimas, las familias llevaron varios casos a los tribunales en un intento de embargar y ejecutar activos propiedad del estado de Irán ubicados en los Estados Unidos.
Rubin contra la República Islámica del Irán | |
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![]() Tribunal Supremo de los Estados Unidos | |
Discutido el 4 de diciembre de 2017 Decidido el 21 de febrero de 2018 | |
Nombre completo del caso | Jenny Rubin y col. contra la República Islámica del Irán, et al. |
Expediente no. | 16-534 |
Citas | 583 US ___ ( más ) 138 S. Ct. 816; 200 L. Ed. 2d 58 |
Historia del caso | |
Previo | 830 F.3d 470 ( 7º Cir. 2016); cert . concedido, 137 S. Ct. 2326 (2017). |
Tenencia | |
La Sección 1610 (g) de la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras no proporciona una base independiente para que las partes que tengan un fallo bajo la Sección 1605A puedan embargar y ejecutar contra la propiedad de un estado extranjero; más bien, para que se aplique la sección 1610 (g), la inmunidad de la propiedad en cuestión debe ser rescindida bajo una disposición separada dentro de la sección 1610. Se afirma el Séptimo Circuito. | |
Membresía de la corte | |
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Opinión de caso | |
Mayoria | Sotomayor, acompañado por Roberts, Kennedy, Thomas, Ginsburg, Breyer, Alito, Gorsuch |
Kagan no participó en la consideración o decisión del caso. | |
Leyes aplicadas | |
28 USC § 1604 , et seq. ( Ley de inmunidades soberanas extranjeras ) |
Bajo las subsecciones (a) y (g) de 28 USC § 1610, se permite el embargo y ejecución en la propiedad de un estado extranjero siempre que se utilice para "una actividad comercial en los Estados Unidos". [3] Sin embargo, los artículos en cuestión en este caso en particular — los artefactos persas antiguos en poder del Instituto Oriental de la Universidad de Chicago y el Museo Field (los cuales fueron demandados por Rubin et. Al.) No estaban en uso por el estado de Irán. , y por lo tanto no podía ser ejecutado, según lo dictaminó tanto el tribunal de distrito como el Séptimo Circuito. El juez Sotomayor emitió una opinión de 8-0 (Kagan no participó) confirmando la sentencia de que los artefactos antiguos no pueden ser incautados, y dictaminó que las excepciones a la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras no se aplicaban en este caso.
Estados Unidos escribió un escrito amicus curiae en apoyo de Irán, escribiendo: "La propiedad en cuestión aquí consiste en antiguos artefactos persas, que documentan un aspecto único de la herencia cultural de Irán, que fueron prestados a una institución estadounidense en la década de 1930 para su estudio académico. ... La ejecución contra tales artefactos culturales únicos podría causar afrenta y problemas de reciprocidad ". [4] [5]
Ver también
Referencias
- ^ "Rubin v. República Islámica de Irán" . 5 de abril de 2018 . Consultado el 5 de abril de 2018 .
- ^ "Rubin v. República Islámica del Irán" . Revista de derecho de Harvard. 9 de diciembre de 2016 . Consultado el 5 de abril de 2018 .
- ^ 28 USC § 1610
- ^ Liptak, Adam (21 de febrero de 2018). "Normas de la Corte Suprema sobre terrorismo, denunciantes y presos" . The New York Times . Consultado el 6 de abril de 2018 .
- ^ "BREVE PARA LOS ESTADOS UNIDOS COMO AMICUS CURIAE APOYANDO A LOS ENCUESTADOS" (PDF) .
enlaces externos
- Texto de . Rubin v República Islámica de Irán , Estados Unidos 583 ___ (2018) está disponible en: Justia Oyez (argumento de audio oral) Tribunal Supremo (opinión de deslizamiento)