Seixas contra Woods [1] 2 Cai. R. 48 [2] (NY Sup. Ct. 1804) fue un caso estadounidense de 1804 que contribuyó a crear un precedente en torno a la doctrina del caveat emptor .
Resumen
El siguiente resumen proviene de un código abierto publicado en 1884:
- En Seixas v. Woods (1804), se firmó un contrato para la entrega de "madera de braziletto", y así se anunció y describió en la factura. Se hizo una entrega de un artículo conocido como "madera de durazno", muy inferior en calidad. No hubo evidencia de fraude o una garantía expresa, y se sostuvo que una acción en el caso no mentiría, "por vender una madera para la otra". Kent, canciller, dijo: "Si en una venta no hay garantía ni engaño, el comprador compra bajo su propio riesgo ... La mención de la madera como madera de brasilito en la lista de paquetes y en el anuncio algunos días antes de la venta, no equivalió a una garantía para los demandantes. Para hacer una afirmación en el momento de la venta una garantía, debe parecer por la evidencia que fue así, y no haber sido una mera cuestión de juicio u opinión, y de lo cual el acusado no tenía conocimiento en particular. Aquí se admite que el acusado era igualmente ignorante que los demandantes, y no pudo haber tenido tal intención ". [3]
Significado
Seixas v. Wood se basa en gran medida en el caso inglés de Chandelor v. Lopus , y es la contraparte estadounidense de Chandelor en el desarrollo de la regla " caveat emptor ". Se cree que Laidlaw v. Organ , una decisión de 1817 del presidente del Tribunal Supremo John Marshall , fue el primer caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos que estableció la regla de caveat emptor. [4]
Referencias
- ^ texto
- ^ 2 Cai. R. 48 es una abreviatura del volumen 2 de Caines 'Reports , página 48, que a su vez recibió el nombre de George Caines , quien informó de casos en Nueva York a principios del siglo XIX.
- ^ resumen
- ^ Profesor Eben Moglen
enlaces externos
- Comentarios sobre el derecho estadounidense de James Kent y George Franklin Comstock [1]