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La tributación de los fideicomisos en el Reino Unido se rige por un conjunto de principios diferente al de las leyes tributarias que se aplican a personas físicas o jurídicas .

Impuesto sobre sucesiones [ editar ]

El tratamiento del impuesto sobre sucesiones ("IHT") de los fideicomisos fue revisado sustancialmente por la Ley de Finanzas de 2006 , con efecto a partir del 22 de marzo de 2006. Los posibles tipos de fideicomisos que pueden existir ahora a efectos del impuesto sobre sucesiones se establecen en la siguiente tabla:

Notas:

  1. Un "interés en posesión" significa que un beneficiario específico tiene derecho a los ingresos actuales del fideicomiso.
  2. La exención del cónyuge exime de impuestos los bienes que pasan entre cónyuges y socios civiles.

Los fideicomisos de propiedad relevantes están sujetos a impuestos:

  • En la creación:
    • Si el fideicomiso se crea inter vivos (es decir, durante la vida del fideicomitente):
      • Se grava a la mitad de la tasa de muerte actual para IHT. La tasa de mortalidad es del 40% y la "banda nula" del IHT de 2012/13 es de 325.000 libras esterlinas. Por lo tanto, si el fideicomitente no ha realizado donaciones y no ha liquidado fideicomisos en los siete años anteriores a la liquidación de un fideicomiso en 2012/13, se gravará a una tasa nula (0%) sobre las primeras £ 325,000 y el 20% del saldo.
      • Si el fideicomitente muere dentro de los siete años de la liquidación, el cargo inicial del 20% se volverá a calcular como si fuera un PET , y si eso es más que el impuesto ya pagado, el saldo será adeudado (pero no hay reembolso si el el recálculo produce un resultado más bajo).
    • Si el fideicomiso se crea en el momento de la muerte (es decir, un fideicomiso testamentario ) generalmente sufrirá IHT en la creación según las reglas normales, debido a la muerte. Por lo tanto, no es necesario gravar el fideicomiso por separado en el momento de su creación.
  • A los "cargos de diez años", en cada décimo aniversario de la liquidación (o de la fecha de fallecimiento, en el caso de un fideicomiso testamentario). La tasa es del 6% sobre el valor de los activos del fideicomiso que exceda la banda cero en ese momento.
  • Para "salir de los cargos" cuando el dinero sale del fideicomiso: generalmente con una cita con un beneficiario. Simplificando un poco, la tasa de IHT es la proporción de lo que habría sido el cargo de diez años siguientes, que el tiempo que ha transcurrido desde la creación o el cargo de los últimos diez años corresponde a diez años.

El tratamiento de participación en la posesión , desde 2006, se aplica solo a algunos fideicomisos con una participación en la posesión (como se definió anteriormente). Cuando corresponda, dichos fideicomisos se gravan atribuyendo el valor del fideicomiso al beneficiario que actualmente tiene derecho a los ingresos. Respectivamente:

  • En la creación:
    • En los raros casos en los que se pueden crear durante toda la vida, se gravan como PET .
    • Se gravan como parte del patrimonio de la muerte, cuando se crean por testamento. Una exención para el cónyuge está disponible cuando el beneficiario de la participación en la posesión es un cónyuge o pareja civil del fallecido.
  • Tras la terminación (es decir, la terminación de la participación en la posesión, que puede ser o no la terminación del fideicomiso) :
    • El valor de los activos del fideicomiso se grava a tasas de muerte tras la muerte del beneficiario con intereses en posesión. Se agrega al patrimonio de ese beneficiario, y el fideicomiso y el patrimonio comparten la banda nula entre ellos, en proporción a sus valores.
    • El valor de los activos del fideicomiso se grava como si fuera un " PET " donde el derecho del beneficiario a recibir ingresos cesa en su vida.
Fuente: Anexo 20 de la Ley de Finanzas de 2006.