Uti possidetis juris


Uti possidetis juris o uti possidetis iuris ( en latín , "como posees bajo la ley") es un principio del derecho internacional que establece que los estados soberanos recién formadosdeben conservar las fronteras internas que tenía su área dependiente anterior antes de su independencia.

Uti possidetis juris es una forma modificada de uti possidetis ; creada con el propósito de evitar la terra nullius , la versión original de uti possidetis comenzó como una ley romana que rige la posesión legítima de la propiedad. Durante el período medieval se convirtió en una ley que rige las relaciones internacionales y recientemente [ ¿cuándo? ] ha sido modificado para situaciones relacionadas con estados recientemente independientes.

Uti possidetis juris se ha aplicado en la historia moderna a regiones como América del Sur , África , el Medio Oriente y la Unión Soviética , y muchas otras regiones donde los gobiernos centralizados fueron desmantelados, donde los gobernantes imperiales fueron derrocados o donde la Liga de las Naciones mandató terminado, por ejemplo, Palestina y Nauru . A menudo se aplica para evitar la intervención extranjera mediante la eliminación de cualquier terra nullius , o tierra de nadie, que las potencias extranjeras puedan reclamar, o para evitar disputas que podrían surgir con la posibilidad de volver a trazar las fronteras de los nuevos estados después de su independencia.

El principio también fue aplicado por el Comité de Arbitraje de Badinter en opiniones relacionadas con la desintegración de Yugoslavia , específicamente el núm. 2, sobre la autodeterminación , y el núm. 3, sobre la naturaleza de las fronteras entre Croacia y Serbia y entre Bosnia y Herzegovina y Serbia. [1]

Argentina y Chile basan sus reclamos territoriales en la Antártida en el principio uti possidetis juris de la misma manera que sus reclamos patagónicos ahora reconocidos. [2]