El cobro de sentencias en Virginia se puede lograr bajo una serie de rutas previstas por la ley de Virginia , según el monto de la sentencia y los activos particulares que el acreedor de la sentencia desea perseguir.
Requisito de un "acto público"
Generalmente, un acreedor que ha obtenido un fallo monetario (un fallo de un tribunal en virtud del cual se requiere que otra parte pague dinero al acreedor) puede hacer cumplir este fallo mediante la incautación y venta forzosa de la propiedad del deudor, mediante la incautación del dinero retenido. en las cuentas bancarias del deudor y mediante el embargo del salario del deudor. En cada caso, sin embargo, el acreedor está obligado a participar en un "acto público", como el registro de un gravamen sobre el título de propiedad del deudor que se incautará, o el uso de otro aviso público para imponer un gravamen sobre la propiedad personal del deudor. propiedad. Por lo tanto, el acto público requerido fija un gravamen sobre la propiedad del deudor. Esto no solo establece los derechos del acreedor para embargar y vender la propiedad, sino que también determina qué prioridad tendrá el acreedor frente a otros acreedores que deseen embargar la misma propiedad.
Incautación de bienes inmuebles
Para obtener un gravamen sobre bienes inmuebles en el estado de Virginia, el acreedor del fallo debe "registrar" el gravamen en la oficina de registros públicos de la ciudad o condado donde se encuentra físicamente esa propiedad. Una vez que se fija el gravamen, el acreedor presenta una "factura del acreedor en equidad" en esa jurisdicción, que requerirá que el canciller designe un "comisionado" para supervisar el asunto. El comisionado determinará qué partes tienen un interés en la propiedad y qué interés tiene la más alta prioridad. El comisionado también debe determinar qué rentas u otras ganancias pueden derivarse de la propiedad. La propiedad solo puede venderse si los alquileres y las ganancias de la propiedad fueran insuficientes para pagar el fallo adeudado dentro de los cinco años. Al determinar que la renta y las ganancias no generarán ingresos suficientes, el comisionado realizará una subasta pública , en la que se venderá la propiedad. Las ganancias se destinarán a satisfacer la sentencia, y cualquier monto restante se devolverá al deudor de la sentencia . Virginia se diferencia de muchos otros estados en que no prevé un derecho de redención , mediante el cual un deudor puede reclamar la propiedad si recauda el dinero para pagar la deuda después de la venta por ejecución hipotecaria. Además, el deudor no puede obligar al acreedor a reclamar bienes muebles antes que bienes inmuebles.
Si el deudor vende la propiedad inmueble a un tercero antes de que el acreedor haya presentado una factura en equidad, la propiedad aún puede incautarse y venderse, pero esto debe hacerse dentro de los diez años a partir de la fecha en que se embarcó el gravamen. Además, no está disponible ninguna extensión del plazo de prescripción de la sentencia contra la propiedad que el deudor ha vendido.
Incautación de bienes muebles
Con el fin de ejecutar una sentencia de dinero contra la propiedad personal, tales como vehículos, muebles, ropa, joyas, equipos, electrodomésticos y similares, el acreedor debe obtener lo que se llama un "mandato de facias fieri " (a menudo abreviado como "fi fa "). Siempre que un tribunal de Virginia emite una sentencia monetaria, el secretario de la corte emitirá automáticamente una fifa una vez que hayan transcurrido veintiún días desde la entrada de la sentencia (este es el período de tiempo que la parte perdedora antes de la corte tiene para obtener alivio del tribunal en forma de reconsideración o reducción de la sentencia dictada). La fi fa que ordena al alguacil u otro funcionario del estado a quien el acreedor la entrega a localizar, incautar y vender públicamente la propiedad del deudor del fallo. Normalmente, la fi fa tendrá una fecha de devolución de noventa días, y la propiedad del deudor deberá ser embargada y vendida dentro de ese plazo de noventa días. Un intento de confiscación de bienes de conformidad con la orden judicial después de la fecha de devolución no es válido y puede ser anulado por el deudor. El acreedor tendrá que buscar un nuevo auto, que se le otorgará mientras la sentencia subyacente permanezca en vigor.
Propiedad personal intangible: nombres de dominio
Virginia es una jurisdicción importante para hacer cumplir los juicios relacionados con los nombres de dominio de Internet porque Verisign , el registro de los TLD .com y .net, tiene su sede en el estado. Como resultado, cuando un demandante gana un caso que involucra la transferencia de un nombre de dominio, y el demandado no está dispuesto a transferir voluntariamente el nombre de dominio, el demandante puede tratar de hacer cumplir la sentencia real obteniendo una orden de ejecución que indique a Verisign que transfiera el nombre de dominio. nombre de dominio. Véase, por ejemplo, Office Depot v. Zuccarini , 596 F.3d 696 (9th Cir. 2010) (nota: este caso se conoció antes de que Verisign trasladara su sede a Virginia, por lo que se apeló en el Noveno Circuito).
Embargo de propiedad mueble intangible
El acreedor del fallo también puede buscar ejecutar el fallo monetario contra propiedad intangible , como cuentas bancarias , cuentas por cobrar y otras deudas contraídas por terceros con el deudor del fallo. El acreedor debe solicitar que el secretario de la corte que emitió la orden judicial dé seguimiento a esto emitiendo una "citación de embargo" dirigida contra el tenedor del dinero adeudado al deudor del fallo. Este tercero se conoce como embargado. La notificación del proceso debe efectuarse tanto para el embargado como para el deudor del fallo, y la notificación al deudor del fallo debe seguir inmediatamente a la notificación del embargado. El aviso le indicará al embargado que no libere los fondos adeudados al deudor, y establecerá una fecha para que el embargado comparezca ante el tribunal y impugne el embargo, si así lo decide. Si el embargado comparece ante el tribunal y admite su responsabilidad (es decir, admite que está reteniendo el dinero del deudor y no tiene ninguna razón para evitar que el tribunal se apodere de él), o si el embargado no se presenta en absoluto ante el tribunal, el tribunal emitirá un juicio sobre el auto. El alguacil luego irá al banco (u otro tenedor del dinero del deudor del fallo) y cobrará el dinero para el acreedor del fallo.
El embargado también puede comparecer ante el tribunal e impugnar su responsabilidad de liberar los fondos del deudor. En tal procedimiento, el embargado puede plantear cualquier defensa legal que tenga derecho a plantear contra el deudor del fallo. Es decir, si el deudor intentara cobrar su propio dinero del embargado, y el embargado se negaba a proporcionar el dinero al deudor basándose en alguna teoría legal (como el abandono de los fondos por parte del deudor), el embargado puede recaudar el misma teoría como razón para no entregar el dinero al acreedor. El acreedor del fallo no tiene mayores derechos para recuperar dinero del embargado que el deudor del fallo.
Propiedad personal intangible que está y no está sujeta a embargo
El embargo generalmente se dirige a las cuentas bancarias y cuentas por cobrar del deudor. Muchas otras formas de propiedad intangible no se pueden alcanzar a través de este mecanismo, o no se pueden alcanzar en absoluto. El embargo es ineficaz con respecto a los certificados de acciones u otros instrumentos negociables ; esos deben ser incautados físicamente mediante los procedimientos de incautación de propiedad personal. Cuando el deudor tiene una cuenta bancaria mancomunada , el acreedor sólo puede embargar la parte de la cuenta que fue aportada por el deudor, y otros titulares de la cuenta pueden presentar evidencia para establecer la cantidad que contribuyeron; cuando la cuenta bancaria está en manos de un marido y una mujer, se presume que cada cónyuge ha contribuido con el 50%. Cualquiera de los cónyuges puede presentar pruebas para superar esta presunción, al igual que el acreedor del fallo.
El embargo no se puede utilizar para tomar posesión de los derechos de autor propiedad del deudor o de las pólizas de seguro. Tampoco se puede utilizar para adornar los elegidos en acción . Se pueden embargar los salarios, pero la cantidad que se puede incautar de esta manera se limita al 25% de las ganancias semanales del deudor, o el monto por el cual las ganancias semanales del deudor exceden treinta veces el salario mínimo nacional .
Domesticación de sentencias extranjeras
Los juicios "extranjeros" (es decir, los juicios obtenidos en otros estados) pueden ser domesticados bajo los términos de la Ley de Ejecución Uniforme de Juicios Extranjeros , que Virginia ha adoptado. [1] El titular de una sentencia extranjera debe registrar la sentencia con el secretario del tribunal en la jurisdicción donde el acreedor desea imponer la sentencia y debe proporcionar una notificación por escrito al deudor de la sentencia. Una vez que se hayan cumplido estos dos pasos, la sentencia será ejecutable de la misma manera que una sentencia obtenida localmente.
Los fallos obtenidos en los tribunales federales ubicados en Virginia se tratan exactamente como los fallos obtenidos en los tribunales estatales de Virginia; las sentencias obtenidas en tribunales federales ubicados en otros estados deben domesticarse de la misma manera que otras sentencias extranjeras.
Transmisiones fraudulentas y transferencias voluntarias
El acreedor tiene ciertos derechos para apartar los traspasos fraudulentos y los traspasos voluntarios del deudor. Un traspaso fraudulento ocurre cuando el deudor transfiere bienes que de otro modo podrían ser alcanzados por el acreedor para evitar el gravamen del acreedor. El deudor transmite voluntariamente una propiedad cuando la vende por menos del valor justo de mercado después de convertirse en insolvente, o cuando la venta de esa propiedad en sí misma hace que el deudor se vuelva insolvente. Un acreedor que pueda probar que se ha producido un traspaso fraudulento o voluntario puede evitar o alterar el traspaso, lo que devolverá la propiedad a la posesión del deudor, de la cual el acreedor podrá embargarla.
La capacidad de un acreedor para deshacer una transferencia fraudulenta o voluntaria depende del tipo específico de acreedor y transferencia en cuestión. Si el acreedor había obtenido un fallo en el momento del traspaso, el acreedor podrá evitarlo. Sin embargo, un acreedor que reduce la deuda que se le debe a un fallo solo después de que se ha producido la transferencia debe probar que la transferencia fue realmente fraudulenta, con el propósito de defraudar a los acreedores. Este es un estándar muy difícil de probar, pero el estado proporciona algunas presunciones legales de intención fraudulenta. En particular, se presume que una transferencia entre cónyuges o familiares cercanos es fraudulenta a menos que se demuestre lo contrario, al igual que la renuncia a un obsequio recibido por un beneficiario en virtud de un testamento. Sin embargo, un traspaso a un comprador de buena fe por el valor razonable no se puede alterar cuando el comprador desconoce la intención fraudulenta del transportador.
Los traspasos voluntarios mediante los cuales un deudor opta por pagar a un acreedor en lugar de a otro no se pueden deshacer, excepto cuando se trata de una operación por cuenta propia. Por ejemplo, cuando una corporación es insolvente, y uno de sus acreedores también es un accionista mayoritario, ese acreedor no puede obligar a la corporación a que dé a las deudas que le adeudan ningún trato preferencial.
Cuando se alega un traspaso fraudulento, el acreedor del fallo debe realizar una "moción de equidad" para atacar ese traspaso. Un acreedor general, que no ha reducido la deuda adeuda a un fallo, debe presentar un "proyecto de ley en equidad" ante el tribunal y debe presentar una notificación de litispendencia sobre la propiedad que presuntamente ha sido objeto de un traspaso fraudulento o voluntario. La cuestión de si el transporte puede ser alterado se juzgará en un tribunal.
Referencias
- ^ Código de Virginia. Ana. §§8.01 (465.1-465.5).