Los términos razonables y no discriminatorios ( RAND ), también conocidos como términos justos, razonables y no discriminatorios ( FRAND ), denotan un compromiso voluntario de licencia que las organizaciones de estándares a menudo solicitan al propietario de un derecho de propiedad intelectual (generalmente una patente) que es, o puede llegar a ser, esencial para practicar una norma técnica . [1] Dicho de otra manera, un compromiso F / RAND es un acuerdo voluntario entre la organización que establece el estándar y el titular de las patentes esenciales para el estándar.. Los tribunales de EE. UU., Así como los tribunales de otras jurisdicciones, han encontrado que, en circunstancias apropiadas, el implementador de un estándar, es decir, una empresa o entidad que utiliza un estándar para prestar un servicio o fabricar un producto, es un tercero previsto. parte beneficiaria del acuerdo FRAND y, como tal, tiene derecho a ciertos derechos conferidos por dicho acuerdo. [2]
Una organización de establecimiento de estándares es un grupo industrial que establece estándares comunes para su industria en particular para garantizar la compatibilidad e interoperabilidad de los dispositivos fabricados por diferentes compañías. [3] Una patente se convierte en un estándar esencial cuando una organización que establece un estándar establece un estándar que adopta la tecnología que cubre la patente.
Debido a que una patente, bajo los regímenes legales de la mayoría de los países, otorga a su propietario el derecho exclusivo de excluir a otros de la fabricación, el uso, la venta o la importación de la invención, una organización de establecimiento de estándares generalmente debe obtener permiso del titular de la patente para incluir una tecnología patentada. en su estándar. Por lo tanto, a menudo solicitará que el titular de una patente aclare su voluntad de ofrecer la licencia de sus patentes esenciales estándar en los términos de FRAND. Si el titular de la patente se niega a solicitar la licencia de una patente que se ha convertido en esencial para un estándar, entonces la organización que establece el estándar debe excluir esa tecnología. Visto desde esta perspectiva, el compromiso FRAND sirve para armonizar los intereses privados de los titulares de patentes y los intereses públicos de las organizaciones de normalización. Muchos académicos han escrito sobre estos temas, así como sobre una variedad de otras cuestiones legales y económicas relacionadas con la concesión de licencias en términos F / RAND. [4]
F / RAND como contrato
Las organizaciones que establecen estándares comúnmente adoptan políticas que gobiernan la propiedad de los derechos de patente que se aplican a los estándares que adoptan (la política de patentes). En los Estados Unidos, el acuerdo del titular de la patente de adherirse a la política de patentes crea un contrato legalmente vinculante, como dictaminó el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito en Microsoft v. Motorola . Una de las políticas más comunes es exigir al titular de una patente que acepta voluntariamente incluir su tecnología patentada en el estándar que otorgue la licencia de esa tecnología en "términos razonables y no discriminatorios" (RAND) o en "justos, razonables y no discriminatorios". términos "(FRAND). Los dos términos son generalmente intercambiables; FRAND parece ser el preferido en Europa y RAND en los EE . UU. [1]
Algunos comentaristas argumentan que las organizaciones que establecen estándares incluyen la obligación FRAND en sus estatutos principalmente como un medio para mejorar el carácter procompetitivo de su industria. Su objetivo es evitar que los miembros se involucren en el abuso de licencias basado en la ventaja monopolística generada como resultado de tener sus derechos de propiedad intelectual (DPI) incluidos en los estándares de la industria. Una vez que una organización ofrece una licencia FRAND, debe ofrecer esa licencia a cualquier persona (que desee acceder al estándar), no necesariamente solo a los miembros de la organización. [1] [5] Sin ese compromiso, los miembros podrían utilizar el poder de monopolio inherente a una norma para imponer condiciones de licencia injustas, irrazonables y discriminatorias que dañarían la competencia e inflarían su propia posición relativa.
Por otro lado, los comentaristas enfatizan que el compromiso FRAND también sirve para asegurar que el titular de una patente que se vuelve esencial para el estándar reciba regalías de los usuarios del estándar que compensen adecuadamente al titular de la patente por el valor incremental al que contribuye su tecnología. el estandar. [6] El desarrollo de una tecnología patentada normalmente requiere una inversión significativa en investigación, y contribuir con esa tecnología a un estándar no es la única opción por la cual el titular de una patente puede recuperar esa inversión y así monetizar su invención. Por ejemplo, el titular de una patente tiene la opción de monetizar esa invención mediante el uso exclusivo o la concesión de licencias exclusivas. Los propietarios de tecnología pueden tener incentivos insuficientes para contribuir con sus tecnologías a una organización de establecimiento de normas sin la promesa de una regalía adecuada. La promesa de una regalía F / RAND aborda ese problema: el titular de la patente generalmente aceptará contribuir con su tecnología al estándar, renunciando así al uso exclusivo o la licencia exclusiva de su tecnología, a cambio de la seguridad de que recibirá una compensación adecuada. en regalías razonables. [7]
En 2013, las decisiones judiciales y los artículos académicos citaron los compromisos de FRAND 10 veces más a menudo que en 2003 [8].
Definiciones
Si bien no existen precedentes legales para explicar específicamente lo que significan los términos reales, se puede interpretar a partir del testimonio de personas como el profesor Mark Lemley de la Universidad de Stanford , frente al Comité Judicial del Senado de los Estados Unidos, que los términos individuales están definidos. como sigue:
La equidad se relaciona principalmente con los términos de licencia subyacentes. Basándose en la legislación antimonopolio / de la competencia ; términos justos significa términos que no son anticompetitivos y que no se considerarían ilegales si fueran impuestos por una empresa dominante en su mercado relativo. Ejemplos de términos que incumplirían este compromiso son: exigir a los licenciatarios que compren licencias de productos que no desean para obtener una licencia para los productos que sí desean o exigir a los licenciatarios que tomen licencias de ciertas patentes no deseadas o innecesarias para obtener licencias para otras patentes deseadas (agrupación); exigir a los titulares de licencias que concedan gratuitamente al licenciante la licencia de su propia propiedad intelectual (devolución gratuita de la concesión); e incluir condiciones restrictivas en las relaciones de los licenciatarios con los competidores (exclusividad obligatoria).
Razonable se refiere principalmente a las tasas de concesión de licencias. Según algunos, una tarifa de licencia razonable es una tarifa que se cobra a las licencias que no daría lugar a una tarifa agregada irrazonable si a todos los licenciatarios se les cobrara una tarifa similar. Según esta opinión, las tarifas agregadas que aumentarían significativamente el costo para la industria y harían que la industria no fuera competitiva no son razonables. De manera similar, una tasa de licencia razonable debe recompensar al licenciante con una compensación adecuada por contribuir con sus patentes esenciales a un estándar. La compensación es adecuada si proporciona al licenciante el incentivo para continuar invirtiendo y contribuyendo al estándar en períodos de tiempo futuros. [9] Vale la pena señalar que un licenciante que tiene varios paquetes de licencias diferentes puede verse tentado a tener paquetes razonables e irrazonables. Sin embargo, tener una tarifa "empaquetada" razonable no es excusa para tener tarifas de licencia irrazonables para paquetes desagregados más pequeños. Todas las tarifas de licencia deben ser razonables.
No discriminatorio se refiere tanto a los términos como a las tarifas incluidas en los acuerdos de licencia. Como sugiere el nombre, este compromiso requiere que los licenciantes traten a cada licenciatario individual de manera similar. Esto no significa que las tarifas y los términos de pago no puedan cambiar dependiendo del volumen y la solvencia del licenciatario. Sin embargo, significa que la condición de licencia subyacente incluida en un acuerdo de licencia debe ser la misma independientemente del titular de la licencia. Esta obligación se incluye con el fin de mantener la igualdad de condiciones con respecto a los competidores existentes y para garantizar que los posibles nuevos participantes tengan la libertad de entrar en el mercado sobre la misma base.
El tema más controvertido en la concesión de licencias RAND es si el precio de la licencia "razonable" debe incluir el valor aportado por la decisión de la organización que establece el estándar de adoptar el estándar. A menudo, una tecnología es más valiosa después de haber sido ampliamente adoptada que cuando es una alternativa entre muchas; Existe un buen argumento de que un precio de licencia que captura ese valor adicional no es "razonable" porque no refleja el valor intrínseco de la tecnología que se licencia. Por otro lado, la adopción de la norma puede indicar que la tecnología adoptada es valiosa y el titular de la patente debe ser recompensado en consecuencia. Eso es particularmente relevante cuando el valor de la patente no se conoce claramente antes de la adopción de la norma. [10]
Algunas interpretaciones de "no discriminatorio" pueden incluir términos de licencia basados en el tiempo, como una licencia de "reserva anticipada" ofrecida por un licenciante, donde los términos de una licencia RAND son mejores para los licenciatarios iniciales o para los licenciatarios que firman una licencia dentro del primer año de su disponibilidad.
Excluyendo esquemas de distribución sin costo
Los términos RAND excluyen los bienes intangibles que el productor puede decidir distribuir sin costo y donde terceros pueden realizar copias adicionales. Tomemos, por ejemplo, un paquete de software que se distribuye sin costo y al que el desarrollador desea agregar soporte para un formato de video que requiere una licencia de patente. Si hay una licencia que requiere una pequeña tarifa por copia, el proyecto de software no podrá hacer uso de la licencia. La licencia puede denominarse "(F) RAND", pero las modalidades discriminan a toda una categoría de bienes intangibles como el software libre [11] y el software gratuito . [12]
Esta forma de discriminación puede ser causada de manera similar por términos de licencia comunes, como aplicar solo a implementaciones completas del estándar licenciado, limitar el uso a campos particulares o restringir la redistribución. La Free Software Foundation sugiere el término "tarifa uniforme solamente" (UFO) para reflejar que dichas licencias "(F) RAND" son intrínsecamente discriminatorias. [13]
Licencias relacionadas
Las licencias RAND están relacionadas con las licencias RAND-Z (RAND sin regalías) o RAND-RF (RAND Royalty Free), en las que una empresa promete licenciar la tecnología sin cargo, pero los implementadores aún deben obtener el permiso del licenciatario para implementarla. Es posible que el licenciante no gane dinero con el trato, pero aún puede detener algún tipo de productos o requerir algún tipo de reciprocidad o hacer cosas más sutiles como prolongar el proceso de licencia. [14] [15] [16]
Proceso de negociación
El proceso de negociación de las licencias FRAND impone requisitos al titular de la patente y al titular de la patente previsto. Los términos para estas negociaciones se establecieron en la jurisprudencia alemana en un caso relacionado con el Orange-Book-Standard , y estos términos se utilizan a menudo en las negociaciones de licencias. En 2015, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas interpretó los términos de la licencia de FRAND en el caso Huawei v ZTE (C170 / 13, ECLI: EU: C: 2015: 477 divergiendo significativamente del Orange-Book-Standard. [17]
Referencias
- ^ a b c Layne-Farrar, Anne; Padilla, A. Jorge; Schmalensee, Richard (2007). "Precios de patentes para la concesión de licencias en organizaciones que establecen normas: dar sentido a los compromisos de FRAND" . Revista de Derecho Antimonopolio . 74 : 671.
- ^ Microsoft Corp. contra Motorola, Inc., 696 F.3d 872, 884 (noveno Cir. 2012); In re Innovatio IP Ventures, LLC Patente Litig., MDL No. 2303, 2013 WL 5593609, en * 4 (ND Ill. 3 de octubre de 2013).
- ^ "Estándares TIC, estandarización, GSM, TETRA, NFV, GPRS, 3GPP, ITS, UMTS, UTRAN, M2M, MEC, Mobile, IoT, seguridad, estandarización" . ETSI . Consultado el 27 de enero de 2019 .
- ^ J. Gregory Sidak, Tercero beneficiario previsto de un contrato FRAND , 69 FLA. L. REV., Https://www.criterioneconomics.com/a-frand-contracts-intended-third-party-beneficiary.html ; Thomas F. Cotter, Derecho Comparado y Economía de las Patentes Esenciales Estándar y Regalías FRAND , 22 TEX. INTELL. APUNTALAR. LJ 311 (2013); Mark A. Lemley y Carl Shapiro, Un enfoque simple para establecer regalías razonables para patentes estándar-esenciales , 28 BERKELEY TECH. LJ 1135 (2013).
- ^ Salant, David J (2007). "Fórmulas para la determinación de regalías justa, razonable y no discriminatoria" . Archivo Personal RePEc de Munich . Consultado el 11 de diciembre de 2011 .
- ^ J. Gregory Sidak, Prorrateo, regalías de FRAND y licencias comparables después de Ericsson v. D-Link, 2016 U. ILL. L. REV. (de próxima publicación), https://www.criterioneconomics.com/apportionment-frand-royalties-comparable-licenses-ericsson-dlink.html .
- ^ Memorando de J. Gregory Sidak, presidente de Criterion Economics LLC al Ministerio de Comercio e Industria, Departamento de Política Industrial y Promoción de la India (30 de marzo de 2016), https://www.criterioneconomics.com/standard-essential -patents-indian-minister-commerce-industry.html .
- ^ " " FRAND ": comparación estadística entre casos y trabajos de investigación" . Concurrentialiste Review (en francés). 27 de enero de 2014 . Consultado el 27 de enero de 2019 .
- ^ J. Gregory Sidak, El significado de FRAND, Parte I: Regalías , 9 J. COMPETENCIA L. & ECON. 931, 989–90 (2013), disponible en http://www.criterioneconomics.com/meaning-of-frand-royalties-for-standard-essential-patents.html
- ^ Mariniello, Mario (2011) Términos justos, razonables y no discriminatorios (FRAND): un desafío para las autoridades de competencia - Revista de derecho y economía de la competencia, Oxford University Press, vol. 7, n. 3
- ^ "FRAND" es una Fundación de Software Libre FRAUDE , 2012
- ^ "FRAND" . Fin de las patentes de software . Consultado el 9 de octubre de 2016 .
- ^ Palabras para evitar gnu.org
- ^ "Guía de estándares para el comprador" . 20 de septiembre de 2002 . Consultado el 23 de mayo de 2011 .
- ^ "Garantías de licencias de patentes en organizaciones de normalización" . 6 de agosto de 2007 . Consultado el 23 de mayo de 2011 .
- ^ Comentarios de estandarización para el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (PDF) , consultado el 23 de mayo de 2011
- ^ "El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre la aplicación de las patentes FRAND: Huawei v. ZTE" . Lexología . Consultado el 4 de agosto de 2015 .
enlaces externos
- Pat Treacy y Sophie Lawrance, " [1] ", para los desarrollos de finales de 2020 en el panorama FRAND en Europa
- Pat Treacy y Sophie Lawrance, " FRANDly fire: ¿los estándares de la industria hacen más daño que bien? ", Journal of Intellectual Property Law & Practice , 2007, doi : 10.1093 / jiplp / jpm212
- 3G Patents Ltd , el organismo de concesión de licencias de patentes WCDMA
- Práctica actual en materia de patentes , una nota del W3C de fecha 24 de enero de 2002
- "Todo lo que siempre quiso saber sobre FRAND (pero no sabía a quién preguntar)" por Andy Updegrove, con fecha del 26 de febrero de 2012
- Tom H. Chia, " Luchando la guerra de patentes de teléfonos inteligentes con patentes con cargas RAND ", Berkeley Technology Law Journal , vol. 12, Annual Review, páginas 209-240, 2012.
- Schaumberg, Tom M .; Emi Ito Ortiz (25 de febrero de 2013). "¿Por qué no pueden ser FRANDs? Las preocupaciones sobre el enfoque de la Comisión de Comercio Internacional (ITC) para los casos de patentes esenciales estándar son injustificadas" . La Revisión de la Ley Nacional . ISSN 2161-3362 . Consultado el 3 de marzo de 2013 .