El proyecto constitucional girondino , presentado a la Convención Nacional francesa los días 15 y 16 de febrero de 1793 por Nicolás de Caritat , antes marqués de Condorcet , se compone de tres partes:
- Una exposición de los principios y motivos del régimen constitucional , aprox. 80 paginas
- Un Proyecto de Declaración de la natural, civil y los derechos políticos del Hombre , en 33 artículos
- Un proyecto de Constitución francesa , en 13 títulos
El trabajo fue firmado por los ocho miembros del Comité de Constitución de la Convención: Condorcet, Gensonné , Barrère , Barbaroux , Paine , Pétion , Vergniaud y Sieyès . [1]
Principios y motivos
En la exposición de los principios y motivos detrás del esquema constitucional que lee ante la Convención Nacional, Condorcet comienza, como un verdadero matemático, por una descripción del "problema a resolver":
Dar a un territorio de veintisiete mil leguas cuadradas, habitado por veinticinco millones de personas, una constitución que, fundada únicamente en los principios de razón y justicia, asegure a los ciudadanos el pleno goce de sus derechos; combinar las partes de esta constitución, para que la necesidad de la obediencia a las leyes, la sumisión de las voluntades individuales a la voluntad general, permitan la subsistencia en toda su extensión, de la soberanía del pueblo, la igualdad entre los ciudadanos y el ejercicio de la libertad natural, tal es el problema que teníamos que resolver. [2]
Se exponen posteriormente, en este orden:
- las justificaciones filosóficas para la abolición de la monarquía ;
- los motivos para preferir la unidad e indivisibilidad de la república al establecimiento de un orden confederal o federal ;
- una argumentación a favor de una constitución que autoriza a los representantes a hacer solo leyes que se someten 1) a los límites de una ley constitucional que no pueden modificar; 2) a la censura directa del pueblo, que sigue siendo el único depositario de la soberanía ;
- asambleas primarias: sus funciones (elecciones, peticiones, censura de leyes, aprobar / rechazar la convocatoria de una convención nacional, o un proyecto de constitución, o una proposición emanada del cuerpo legislativo ), su relación con la asamblea de representación nacional;
- las razones para preferir, para la delegación de poderes del pueblo, un principio de acción único a principios de acción múltiples e independientes mantenidos en equilibrio por su concurrencia;
- las razones para preferir una constitución unicameral , los medios para protegerse contra los peligros de las leyes adoptadas apresuradamente;
- Las razones para preferir un pequeño consejo ejecutivo a un solo individuo; la composición, la renovación y el funcionamiento del consejo; su subordinación al poder legislativo que, sin embargo, no puede destituir a sus miembros;
- la independencia del tesoro público frente al consejo ejecutivo; los jurados de cuentas;
- la división administrativa del territorio en grandes comunas ;
- la administración de los departamentos ; la subordinación del administrador al consejo ejecutivo; su vigilancia por parte del cuerpo legislativo;
- la administración de justicia; el juicio por jurados en asuntos civiles, solo después del fracaso del arbitraje ;
- la institución de un jurado nacional para juzgar a los funcionarios en casos de delitos contra la libertad de las personas o la seguridad del Estado.
- la revisión de sentencias, su posible casación atribuida a censores;
- la abolición de la pena de muerte para todos los delitos que afecten a particulares;
- los mismos derechos políticos para todos los hombres de 21 años o más, nacidos en Francia o establecidos en Francia al menos desde hace un año; justificaciones filosóficas; elegibilidad para todos los lugares públicos para ciudadanos de 25 años o más;
- el método electoral inspirado en los trabajos académicos sobre la "probabilidad de decisiones mayoritarias" del propio Condorcet; [3] elecciones preferenciales en dos turnos, en fechas fijas, el primer turno para formar la lista de candidatos a presentarse y que son definitivamente elegidos durante el segundo turno;
- relaciones exteriores y guerra;
- la revisión de la constitución mediante una convención nacional independiente del cuerpo legislativo;
- conclusión filosófica sobre los objetivos de la constitución; resumen de los principios y motivos de sus autores;
Declaración de derechos
El primer artículo declara los derechos naturales , civiles y políticos del hombre que son la libertad , la igualdad , la seguridad , la propiedad , la seguridad social y la resistencia a la opresión .
Los artículos 2 a 9 tratan de la libertad y la igualdad y definen estos dos términos.
Los artículos 10 a 22 tratan de la seguridad y la propiedad.
El artículo 23 declara el derecho a la instrucción elemental.
El artículo 24 trata de reparación pública.
Los artículos 25 a 30 tratan de la seguridad social.
Los artículos 31 y 32 tratan de la resistencia a la opresión.
El artículo 33, último, declara el derecho del pueblo a revisar, reformar y modificar la constitución.
Constitución
Territorio
El territorio de la República Francesa conserva los 85 departamentos preexistentes. Los propios departamentos se dividen en grandes comunas, que a su vez se dividen en secciones municipales y asambleas primarias.
Ciudadanía
La calidad de ciudadano se otorga a los hombres mayores de 21 años, tras una residencia ininterrumpida de un año en suelo francés, a contar desde el día de su inscripción en la mesa cívica de una asamblea primaria. Todas las oficinas públicas están abiertas a ciudadanos de 25 años o más.
Además del derecho al voto, los ciudadanos gozan del derecho de petición y del derecho a censurar los actos que emanan de sus representantes.
Administración
Cada departamento está gestionado por un consejo de administración de 18 miembros, de los cuales dos forman el directorio. Las comunas están dirigidas por una administración municipal compuesta por 12 miembros y un alcalde, que preside la administración. Las comunas que incluyen más de una sección contienen agencias subordinadas al municipio. La mitad de los miembros de los órganos administrativos de los departamentos se renuevan cada dos años, tres meses después de la fecha de las elecciones legislativas. La modalidad de las elecciones municipales no es una ley constitucional.
Sistema electoral
Los ciudadanos ejercen su derecho al voto en asambleas primarias de entre 450 y 900 miembros. Cada asamblea primaria elige una oficina responsable del registro de ciudadanía, de convocar asambleas primarias cuando la constitución lo prescribe y de examinar las papeletas de votación.
Las elecciones constan de dos encuestas: una primera para la elaboración de la lista de candidatos que se presenta y una segunda para la elección de los candidatos de la lista elaborada por la primera elección.
En el momento de la primera votación, los votantes reciben de la oficina una papeleta que muestra su nombre. En él escriben (o que alguien les escriba en caso de analfabetismo) tantos nombres como oficinas puedan elegir y dejan su boletín en la oficina. La lista de presentación está formada por los nombres que recibieron más votos, y su número triplica al de los cargos que necesitan ser renovados. Se suma un número igual de suplentes de entre los que obtuvieron más votos después de los candidatos. Los candidatos y suplentes tienen 15 días para desistir, tras lo cual la lista, ordenada por número de votos y sin los suplentes restantes, se vuelve definitiva.
Al momento de la segunda votación, los electores reciben un boletín con dos columnas, una denominada "Primera Columna de Elección", la otra "Columna Adicional", cada una dividida en tantas casillas como candidatos haya para elegir.
Si un candidato recibe la mayoría de los votos en la primera columna, es elegido inmediatamente. En caso contrario, se suman los votos de las dos columnas y se elige a los que obtengan la mayoría de esta forma. Los demás son elegidos por pluralidad de votos si no se han llenado ya todos los cargos.
Ejecutivo
El ejecutivo estaría integrado por un consejo de ocho miembros: siete ministros y un secretario. La legislación, la guerra, los asuntos exteriores, la marina y las contribuciones públicas tendrían cada uno su propio ministro. Un sexto ministro se encargaría de la agricultura, el comercio y las manufacturas y un séptimo de las ayudas, las obras, los edificios públicos y las artes. La presidencia del consejo pasaría de un ministro a otro cada quince días.
El consejo se renovaría a la mitad cada año y sus miembros serían elegidos por dos años. Cada miembro del consejo debía ser elegido por votación separada.
El cuerpo legislativo habría podido enjuiciar a los miembros del consejo.
Tres comisarios del tesoro nacional serían elegidos por tres años utilizando el mismo modo electoral que se utilizó para elegir a los miembros del consejo ejecutivo.
Legislativo
El cuerpo legislativo sería unicameral y se renovaría durante las elecciones celebradas el primer domingo de mayo de cada año. Habría un representante por cada cincuenta mil almas y sustitutos en igual número. Los representantes que no se sentaran al cabo de un mes serían reemplazados por un suplente. Los representantes habrían ejercido las funciones de presidente y secretarios de la asamblea legislativa durante un mes como máximo.
La ley constitucional habría previsto una distinción, utilizando varios ejemplos, entre los actos legislativos que serían leyes y los que serían decretos , y también describiría en detalle el proceso de elaboración de leyes.
Se iba a formar una mesa de 13 representantes cada mes para informar sobre todos los proyectos de ley y decretos. Los miembros de la mesa solo habrían podido ser elegidos una vez durante la misma legislatura.
Judicial
La justicia civil y penal se fusionan en un código legal uniforme para toda la república.
Hay al menos un Juez de Paz por comuna, elegido por un año y que rinde justicia sin honorarios por conciliación de las partes. En cada departamento hay un jurado civil compuesto por un director, un relator público, un comisario nacional y jurados. La mesa del jurado civil de un departamento se compone dos veces al año mediante la elección de un jurado por cada 100 ciudadanos inscritos en las mesas de ciudadanía de las asambleas primarias.
En los asuntos penales, se abolió la pena capital para los delitos privados. Todos los ciudadanos tienen derecho a ser juzgados por un tribunal compuesto por jurados. Los acusados se presentan ante un primer jurado responsable de declarar si existen fundamentos para una demanda y, de ser así, un segundo jurado compuesto por al menos 12 miembros del jurado determina el veredicto del caso.
Los censores judiciales son elegidos cada dos años y están encargados de violar las sentencias dictadas por infracción de la ley.
Un jurado nacional dicta sentencia sobre los delitos de alta traición determinados por el código penal .
Militar
Los ciudadanos en condiciones de portar armas constituyen la fuerza militar de la República. El consejo ejecutivo nombra a los generales a través de una comisión, durante el tiempo de una campaña y solo en caso de guerra. Los ciudadanos de las comunas nombran a los comandantes de la guardia nacional.
Convención
La constitución puede ser modificada por la convención nacional, convocada por el cuerpo legislativo cada veinte años. La convención también puede ser propuesta por cualquier ciudadano o el cuerpo legislativo si la mayoría de los ciudadanos lo juzga necesario y lo aprueba mediante votación en las asambleas primarias. Los miembros de la legislatura no pueden ser elegidos para la convención, que no puede permanecer más de un año. El proyecto de constitución debe ser aceptado por la gente.
Contribuciones
El pueblo, por sí mismo o por medio de sus representantes, consiente las contribuciones públicas, que son deliberadas anualmente por el cuerpo legislativo y no pueden continuar más allá de un año sin una renovación explícita. La parte del producto de la industria o el trabajo que cada ciudadano necesita para subsistir no está sujeta a impuestos. Los departamentos y comunas pueden establecer contribuciones públicas particulares solo con la autorización del cuerpo legislativo. Las cuentas de los gastos se hacen públicas.
Relaciones Extranjeras
La República Francesa sólo puede hacer la guerra con las armas "para la preservación de su libertad, la conservación de su territorio y la defensa de sus aliados". La guerra sólo puede ser decretada por el Cuerpo Legislativo, mediante votación firmada, cuyo momento se fija con tres días de anticipación y después de "haber escuchado al Consejo Ejecutivo sobre el estado de la República".
Notas
- ^ Nicolás de Caritat. " Plan de Constitution présenté à la Convention nationale les 15 et 16 février 1793, l'an II de la République (Constitution girondine) ", en Digithèque de matériaux juridiques et politiques por Jean-Pierre Maury, consultado el 4 de noviembre de 2008
- ^ Nicolás de Caritat. "Exposition des principes et des motifs du plan de Constitution", en Arthur O'Connor y François Arago. Oeuvres de Condorcet , París: Firmin Didot frères, 1847 (tomo 12, p. 335) (en línea )
- ^ Ensayo sobre la aplicación del análisis a la probabilidad de decisiones mayoritarias (en línea ); ver en Wikipedia: método Condorcet y paradoja de Condorcet
Referencias
- Nicolás de Caritat. " Plan de Constitution présenté à la Convention nationale les 15 et 16 février 1793, l'an II de la République (Constitución girondine) ", en Digithèque de matériaux juridiques et politiques de Jean-Pierre Maury , en línea desde 1998 (Université de Perpignan)
- Nicolás de Caritat. "Exposition des principes et des motifs du plan de Constitution" en Arthur O'Connor y François Arago . Oeuvres de Condorcet , París: Firmin Didot frères, 1847 (tomo 12, págs. 335–415) (en línea )
- Elisabeth Badinter y Robert Badinter (1988). Condorcet. (1743-1794). Un intellectuel en politique , París: Fayard, 658 p. ( ISBN 2213018731 )