Elecciones al Ayuntamiento de Sevilla 2015


El domingo 24 de mayo de 2015 se celebraron las elecciones al Ayuntamiento de Sevilla de 2015 , también elecciones municipales de Sevilla de 2015, para elegir al X Ayuntamiento del municipio de Sevilla . Los 31 escaños del Concejo Municipal estaban disponibles para elección. La elección se celebró simultáneamente con las elecciones autonómicas en trece comunidades autónomas y las elecciones locales en toda España .

El Ayuntamiento de Sevilla ( español : Ayuntamiento de Sevilla ) era el órgano administrativo y de gobierno de primer nivel del municipio de Sevilla , compuesto por el alcalde, el consejo de gobierno y la asamblea plenaria electa. [1] Las elecciones a los consejos locales en España se fijaron para el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años. [2]

El voto para la asamblea local se hizo en base al sufragio universal , que comprendía todos los nacionales mayores de dieciocho años, empadronados y residentes en el municipio de Sevilla y en pleno goce de sus derechos políticos, así como los ciudadanos europeos no nacionales residentes y aquellos cuyo país de origen permitía a los españoles votar en sus propias elecciones en virtud de un tratado. Los concejales locales fueron elegidos utilizando el método D'Hondt y una representación proporcional de lista cerrada , con un umbral electoral del cinco por ciento de los votos válidos, que incluye boletas en blanco, que se aplica en cada consejo local. [1] [2] Los concejales fueron asignados a los consejos municipales con base en la siguiente escala:

El alcalde era elegido indirectamente por la asamblea plenaria. Una cláusula legal requería que los candidatos a la alcaldía obtuvieran el voto de la mayoría absoluta de los concejales, o de lo contrario, el candidato del partido más votado en la asamblea sería designado automáticamente para el cargo. En caso de empate, la persona designada se determinará por sorteo. [1]

La ley electoral permitió que partidos y federaciones registrados en el Ministerio del Interior , coaliciones y agrupaciones de electores presenten listas de candidatos. Los partidos y federaciones que pretendieran formar una coalición antes de una elección debían informar a la Comisión Electoral correspondiente dentro de los diez días siguientes a la convocatoria de la elección, mientras que las agrupaciones de electores debían obtener la firma de una cantidad determinada de electores registrados en el municipio para el cual buscaban la elección, prohibiendo a los electores firmar para más de una lista de candidatos. Para el caso de Sevilla, al estar su población entre 300.001 y 1.000.000, se requerían al menos 5.000 firmas. [2]

La siguiente tabla enumera las estimaciones de intención de voto en orden cronológico inverso, mostrando primero la más reciente y utilizando las fechas en que se realizó el trabajo de campo de la encuesta, en lugar de la fecha de publicación. Cuando se desconocen las fechas del trabajo de campo, se da en su lugar la fecha de publicación. El porcentaje más alto de cada sondeo se muestra con el fondo sombreado con el color del partido líder. En caso de empate, se aplica a las figuras con los porcentajes más altos. La columna "Líder" a la derecha muestra la diferencia de puntos porcentuales entre los partidos con los porcentajes más altos en una encuesta determinada. Cuando están disponibles, las proyecciones de asientos también se muestran debajo de las estimaciones de votación en una fuente más pequeña. Se necesitaban 16 escaños para la mayoría absoluta en el Ayuntamiento de Sevilla (17 al 1 de enero de 2015).