Union Pacific Railway Co.v.Cheyenne , 113 US 516 (1885), fue una apelación de la Corte Suprema del Territorio de Wyoming con respecto a un proyecto de ley que alega que la recaudación de un impuesto ilegal involucraría al demandante en una multiplicidad de demandas como el título de los lotes en disposición y venta, que evitaría su venta y que nublaría el título de todos sus bienes inmuebles, plantea un caso de alivio en la equidad. [1]
Union Pacific R. Co. contra Cheyenne | |
---|---|
![]() Tribunal Supremo de los Estados Unidos | |
Discutido del 18 de noviembre al 19 de noviembre de 1884 Decidido el 2 de marzo de 1885 | |
Nombre completo del caso | Union Pacific Railway Company contra Cheyenne |
Citas | 113 US 516 ( más ) 5 S. Ct. 601; 28 L. Ed. 1098 |
Membresía de la corte | |
| |
Opinión de caso | |
Mayoria | Bradley, unido por unanimidad |
Fondo
Una ley de la Legislatura de Wyoming, aprobada el 13 de diciembre de 1879, requería que el auditor del estado proporcionara a la junta territorial de igualación una lista para la tasación y los impuestos de la calzada, la superestructura y otras propiedades enumeradas de cada compañía de ferrocarriles y telégrafos en el territorio cuando cualquier parte de la propiedad de dicha compañía estaba situada en más de un condado, y requería que la junta valorara y evaluara la propiedad de la corporación por cada milla de su camino o línea, y certificara a los secretarios del condado de los condados. en el que se ubicaba la propiedad, la tasación por milla, especificando el número de millas y la cantidad en cada uno de los condados, y que requería que los comisionados del condado decidieran y ajustaran la cantidad de millas y cantidades dentro de cada precinto, municipio o distrito escolar dentro de sus respectivos condados y hacer que dichos montos sean ingresados en las listas de propiedad tributable devueltas por los tasadores, retiró el deber de tasar partes fraccionarias o f tal ferrocarril y la propiedad de dichas empresas de todos los asesores locales en el territorio, incluidas sus ciudades incorporadas.
Un estatuto que proporciona un esquema general para evaluar y gravar la propiedad de las compañías ferroviarias y telegráficas en su conjunto y para distribuirla de manera proporcional entre los diferentes condados y sus varios precintos, municipios y distritos de acuerdo con el número de millas de línea en cada derogación, en cuanto a dicha propiedad, un poder conferido a las autoridades de una ciudad para hacer provisiones para la tasación de los impuestos que estaban autorizados por otras disposiciones de la carta de la ciudad a tasar y cobrar.
El proyecto de ley en este caso fue presentado por Union Pacific Railway Company contra la ciudad de Cheyenne y su alguacil, Ryan, para prohibir la recaudación de ciertos impuestos municipales para el año 1880, que la compañía ferroviaria alega que fueron imputados ilegalmente en su contra. Los acusados objetaron el proyecto de ley, y el Tribunal de Distrito del Primer Distrito Judicial de Wyoming, en el que se presentó la demanda, anuló la objeción y concedió la orden judicial por la que se oraba. Los acusados se adhirieron a su objeción y apelaron ante la corte suprema del territorio, y el decreto del tribunal de distrito fue revocado y el proyecto de ley ordenó ser desestimado, y el caso ahora se presenta aquí por apelación.
Pregunta sobre certiorari
La pregunta principal que plantea el proyecto de ley es si el ferrocarril Union Pacific, que atraviesa todo el territorio de Wyoming y en su curso pasa por la ciudad de Cheyenne, con su telégrafo, accesorios y material rodante que lo acompañan, puede ser tasado y valorado a los efectos de la tributación en Cheyenne por las autoridades de la ciudad, o sólo por la junta territorial de igualación.
Opinión de la Corte
El tribunal superior determinó que las acusaciones del proyecto de ley en este caso lo colocan justamente dentro de la jurisdicción del tribunal. Demostró que involucraría al demandante en una multiplicidad de juicios en cuanto al título de los lotes distribuidos y vendidos; impediría su venta y nublaría el título de todos sus inmuebles. Creemos que estos resultados son suficientemente evidentes y hacen innecesario seguir buscando. La alegación de fraude no ha sido probada y, por lo tanto, no puede tener ningún efecto en el caso. Es innecesario investigar la suficiencia de otros motivos para una reparación equitativa que se alegan en el proyecto de ley.
Otro punto planteado por los acusados, que no afecta a la competencia del tribunal sino a la idoneidad de su toma de competencia, es que el demandante debería haber pagado los impuestos que se reconocen adeudados a la ciudad por el año 1880. Según entendió el tribunal Los hechos declarados por el proyecto de ley (que, por supuesto, la objeción admite que es cierto), el demandante sí pagó a la ciudad todos los impuestos que se adeudarían sobre la tasación y valoración realizada por la junta de igualación, incluidos los impuestos adeudados en propiedad exterior de la empresa en la ciudad.
El tribunal determinó que el decreto de la Corte Suprema de Wyoming debía revertirse y la causa remitida con instrucciones para dictar un decreto a favor del demandante de conformidad con esta opinión, y así se ordenó.
Ver también
Referencias
enlaces externos
- El texto de Union Pacific Railway Co.v.Cheyenne , 113 U.S. 516 (1885) está disponible en: Justia Library of Congress