British Airways v Williams | |
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Corte | Tribunal Supremo del Reino Unido |
Nombre completo del caso | British Airways plc v Williams y otros |
Argumentó | 24 a 25 de febrero de 2010 |
Decidido | 25 de marzo de 2010 |
Cita neutral | [2010] UKSC 16 |
Reportado en | [2010] 2 Todos ER 1053 |
Historia del caso | |
Historia previa | Recurso de British Airways Plc contra Williams & Ors [2009] EWCA Civ 281 (3 de abril de 2009), anulando British Airways Plc contra Williams & Ors , [2008] UKEAT 0377_07_2802 |
Historia posterior | British Airways plc contra Williams & Ors [2012] UKSC 43 (17 de octubre de 2012) |
Casos relacionados | Williams y otros contra British Airways plc (política social) [2011] EUECJ C-155/10 , asunto C-155/10 (15 de septiembre de 2011) |
Tenencia | |
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Opiniones de casos | |
Mayoria | Lord Mance (Lords Walker, Brown, Clarke y Lady Hale concurren) |
Área de derecho | |
Empleo , Derecho de la UE |
British Airways plc v Williams (2011) C-155/10 es unadecisiónsobre la legislación laboral del Reino Unido y la legislación de la UE del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con respecto al derecho a vacaciones pagadas, que se encuentra en elartículo 24 de la Declaración Universal de Derechos Humanos , Directiva sobre el tiempo de trabajo y el Reglamento sobre el tiempo de trabajo de 1998 . La propia Williams se decidió de conformidad con reglas análogas que se encuentran en las Regulaciones de Aviación Civil (Tiempo de Trabajo) de 2004 . Sostuvo que los componentes variables de la paga, como las bonificaciones, deben incluirse en la cantidad de paga que reciben las personas mientras están de vacaciones. [1]
Williams y otros pilotos que trabajaban para British Airways afirmaron que su paga de vacaciones era demasiado baja, porque solo reflejaba su salario fijo y no sus bonificaciones. El de Williams comprendía un salario anual fijo, un "suplemento salarial de vuelo" que aumentaba cuanto más volaba, y un "tiempo fuera de la base", que aumentaba cuanto más estaba fuera de casa. Se limitaron las asignaciones de vuelos y tiempo fuera. Interpretado correctamente, su contrato sugería que su paga de vacaciones sería a la tasa de solo su salario fijo. Williams, sin embargo, sostuvo que esto era contrario a la Directiva sobre el tiempo de trabajo de la aviación civil , [2] implementada por el Reglamento de la aviación civil (tiempo de trabajo) de 2004 , [3](implementaciones sectoriales con el mismo objetivo que la Directiva sobre el tiempo de trabajo y el Reglamento sobre el tiempo de trabajo de 1998 a este respecto). A falta de disposiciones particulares, la paga durante la licencia debería ser una "remuneración normal". British Airways sostuvo que debido a que los artículos 221 a 224 de la Ley de Derechos Laborales de 1996 no contenían disposiciones sobre cómo determinar el salario de una semana, la tarifa debería determinarse con referencia al contrato.
Según el Reglamento de aviación civil (tiempo de trabajo) de 2004 , que promulgó la directiva europea 2000/79 / CE, la tripulación de la línea aérea tiene derecho a un mínimo de cuatro semanas de vacaciones anuales pagadas. Según la legislación del Reino Unido, esto significaba que la tripulación de la aerolínea tenía derecho, en general, a una "paga normal o comparable" durante la licencia. La tripulación de BA recibió un salario fijo básico, pero también recibió un pago adicional en forma de un 'Suplemento de pago por vuelo' y una 'Asignación por tiempo fuera de la base'. Durante los períodos de licencia legal, el personal, incluidos los recurrentes, recibía un salario de acuerdo con su salario básico, sin ninguna compensación por el tiempo que hubieran pasado volando, o fuera de la base, si hubieran estado trabajando de acuerdo con sus patrones habituales.
Aproximadamente 2.750 pilotos de BA presentaron un caso ante los Tribunales Laborales, quienes argumentaron que la condición de 'salario normal' según la ley del Reino Unido significaba que BA estaba obligado a pagarles como si hubieran pasado un tiempo fuera de la base y en vuelos durante sus vacaciones anuales. . Su reclamación tuvo éxito tanto en el Tribunal Laboral como en el Tribunal de Apelaciones Laborales.
El Tribunal de Apelación falló a favor de BA, sosteniendo que si bien las Directivas europeas establecían un principio amplio según el cual los empleados tenían derecho a cuatro semanas de licencia a una tasa de pago comparable a su salario regular, BA no incumplía ninguna obligación legal nacional por no pagar a los empleados exactamente lo que hubieran ganado si hubieran trabajado durante sus vacaciones.
El Tribunal Supremo se negó a abordar las cuestiones planteadas por el caso y, en cambio, optó por remitir una serie de cuestiones al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas sobre las Directivas y las cuestiones planteadas en el recurso. Las preguntas certificadas fueron:
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó posteriormente en 2011 que todos los componentes salariales que se relacionan con la condición personal y profesional de un piloto de línea aérea deben mantenerse durante las vacaciones anuales retribuidas de ese trabajador, y correspondía al tribunal nacional evaluar que los criterios se habían cumplido. reunió. El UKSC luego dictaminó en 2012 que las reclamaciones debían ser remitidas al tribunal laboral para una mayor consideración de los pagos apropiados que se realizarían a los pilotos con respecto a los períodos de vacaciones anuales pagadas en cuestión.
relativo al Acuerdo europeo sobre la organización del tiempo de trabajo de los trabajadores móviles en la aviación civil celebrado por la Asociación de Líneas Aéreas Europeas (AEA), la Federación Europea de Trabajadores del Transporte (ETF), la Asociación Europea de Cabina de Pilotos (ECA), la Asociación de aerolíneas de las regiones europeas (ERA) y la Asociación de transportistas aéreos internacionales (IACA)