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El condado de Allegheny contra American Civil Liberties Union , 492 US 573 (1989), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte consideró la constitucionalidad de dosexhibicionesrecurrentes de las fiestas navideñas y festivas de Hanukkah ubicadas en una propiedad pública en el centro de Pittsburgh . El primero, un belén (guardería), se colocó en la gran escalera del palacio de justicia del condado de Allegheny . La segunda exhibición navideña en cuestión fue una menorá pública de Hanukkah de 18 pies (5,5 m), que se colocó a las afueras del edificio de la ciudad-condado junto al árbol de Navidad decorado de la ciudad de 14 m (45 pies).y un cartel que saluda a la libertad. En este caso no se consideró la legalidad de la exhibición del árbol de Navidad.

En una decisión compleja y fragmentada, la mayoría sostuvo que el Condado de Allegheny violó la Cláusula de Establecimiento al exhibir una guardería en el juzgado del condado, porque el "principio o efecto primario" de la exhibición era promover la religión dentro del significado de Lemon v. Kurtzman (1971), visto en su contexto general. Además, a diferencia de Lynch v. Donnelly (1984), nada en el entorno de la guardería restó valor a ese mensaje.

Una mayoría diferente sostuvo que la exhibición de la menorá no tenía el efecto prohibido de respaldar la religión, dado su "entorno físico particular". Su exhibición combinada con un árbol de Navidad y un letrero que saludaba la libertad no respaldaba de manera inadmisible tanto la fe cristiana como la judía, sino que simplemente reconocía que tanto Navidad como Hanukkah son parte de la misma temporada de vacaciones de invierno, que, según la Corte, había alcanzado un estatus secular en la sociedad estadounidense.

Antecedentes [ editar ]

Desde 1981, la Sociedad del Santo Nombre de Pittsburgh había colocado una guardería en la gran escalera del Palacio de Justicia del Condado de Allegheny . En 1986, el condado también colocó plantas de flor de pascua y dos árboles de Navidad alrededor de la guardería. Junto al pesebre había un ángel que portaba un estandarte con las palabras: ¡ Gloria in Excelsis Deo !

El edificio de la ciudad y el condado de Pittsburgh (que sirve como ayuntamiento) está separado del palacio de justicia y es propiedad conjunta de la ciudad y el condado. La ciudad había colocado un árbol de Navidad de 45 pies frente al edificio "durante varios años". [1] En 1986, la ciudad colocó una placa debajo del árbol con el nombre del alcalde, titulada "Saludo a la libertad". Debajo del título, el letrero decía: "Durante esta temporada navideña, la ciudad de Pittsburgh saluda la libertad. Dejemos que estas luces festivas nos recuerden que somos los guardianes de la llama de la libertad y nuestro legado de libertad". Desde 1982, la ciudad también había colocado una menorá con el árbol de Navidad frente al edificio de la ciudad-condado. La ciudad no era dueña de la menorá, pero la colocaba, retiraba y almacenaba cada año.La menorá era propiedad de Chabad House, El Lubavitch Center de Pittsburgh .

El 10 de diciembre de 1986, el Capítulo del Gran Pittsburgh de la ACLU y siete residentes locales demandaron a la ciudad de Pittsburgh y al condado de Allegheny. La demanda buscaba prohibir que el condado exhibiera la guardería en el juzgado y que la ciudad exhibiera la menorá frente al edificio de la ciudad-condado. A Jabad se le permitió intervenir para defender la menorá. Los demandantes argumentaron que las exhibiciones violaron la Cláusula de Establecimiento , aplicable a través de la Decimocuarta Enmienda . [1] El 8 de mayo de 1987, el Tribunal de Distrito denegó la orden judicial para retirar la guardería o la menorá. El Tribunal de Apelaciones del Tercer Circuitorevocó el fallo del tribunal de distrito, afirmando que las dos pantallas violaron la Cláusula de Establecimiento. Posteriormente, el condado, la ciudad y Jabad presentaron solicitudes de certiorari .

Opinión de la Corte [ editar ]

La mayoría de la Corte consideró que la exhibición de la guardería violaba la Cláusula de Establecimiento, mientras que la menorá no lo hacía. En su opinión, la juez O'Connor explicó las razones ligeramente diferentes por las que también apoya la detención de la juez Blackmun . [2] El juez Brennan , junto con los jueces Stevens y Marshall , unió las partes III-A, IV y V de la opinión de Blackmun. Sin embargo, Brennan no estuvo de acuerdo con las opiniones respectivas de Blackmun y O'Connor al afirmar que la menorá y el árbol de Navidad también son violaciones de la Cláusula de Establecimiento. El juez Kennedy , acompañado por el presidente del Tribunal Supremo Rehnquist y los jueces White yScalia , no estuvo de acuerdo con el razonamiento de Blackmun en la parte VI y estuvo de acuerdo con la sentencia anterior del tribunal de distrito. El juez Stevens, en su propia opinión, declaró que el tribunal de apelaciones estaba en lo cierto en su fallo. [3] Creía que la exhibición de la menorá, junto con el árbol de Navidad, significaba una doble violación de la cláusula de establecimiento. Dado que la menorá es un símbolo religioso, sintió que el gobierno respaldaba el judaísmo y el cristianismo con exclusión de todas las demás religiones. [3]

La siguiente tabla desglosa las opiniones de los jueces:

Parte I [ editar ]

Los jueces Blackmun y O'Connor creían que el árbol de Navidad es un símbolo secular en la sociedad estadounidense actual. Sin embargo, el juez O'Connor afirma que "la menorá sola puede enviar un mensaje de respaldo a la fe judía". [4] Al colocar la menorá con el árbol de Navidad, ella creyó que la ciudad representa el pluralismo de la libertad de religión.

Parte II [ editar ]

El juez Blackmun creía que la menorá se había convertido en un símbolo secular, emblemático de la "temporada de vacaciones de invierno". El juez Brennan no estuvo de acuerdo con esto, afirmando que la menorá conserva un significado religioso. [4] El juez O'Connor se unió a la creencia del juez Blackmun. [2]

Parte III [ editar ]

En la parte III-A, el juez Blackmun discutió la Cláusula de Establecimiento. En III-B, el juez Blackmun plantea la cuestión del caso como decidir si la guardería y la menorá tienen "el efecto total de respaldar o desaprobar las creencias religiosas". El juez Brennan discrepó de las opiniones de los jueces O'Connor y Blackmun, que habían propuesto la presencia de múltiples manifestaciones religiosas, siempre que una no se favorezca sobre la otra. Los jueces Blackmun y Brennan también argumentan que la prominencia social de Hanukkah en Estados Unidos puede deberse a la proximidad a la Navidad. El juez Blackmun declaró que diciembre no es la "temporada de vacaciones de invierno" para el judaísmo y cree que la presentación de la menorá con el árbol de Navidad promueve una "versión cristianizada del judaísmo". [4]El juez Brennan pregunta por qué la ciudad reconoce una "festividad judía relativamente menor", mientras que no "las festividades judías mucho más importantes de Rosh Hashaná y Yom Kipur ". [4]

Parte IV [ editar ]

El juez Blackmun descubrió que la guardería respaldaba un "mensaje claramente cristiano" y ordenaba permanentemente su exhibición en el contexto presentado. [1] En su opinión disidente, el juez Kennedy creía que la guardería no falla en la segunda parte de la prueba del limón y, por lo tanto, su exhibición es constitucional. También coincidió en que la exhibición de la menorá es constitucional. [5]

Parte V [ editar ]

A lo largo de la Parte V, el juez Blackmun atacó el razonamiento del juez Kennedy. Citando Marsh v. Chambers (1983), el juez Kennedy argumentó que la Constitución permite la exhibición de la guardería. El juez Blackmun no estuvo de acuerdo con la lógica del juez Kennedy, argumentando que el juez Kennedy aboga por un nivel más bajo de escrutinio al evaluar la Cláusula de Establecimiento. [1]

Parte VI [ editar ]

El juez Blackmun encontró que la exhibición de la menorá no respaldaba la religión en violación de la Cláusula de Establecimiento. Sin embargo, el tribunal devolvió la decisión al tribunal de apelaciones para que decida si la menorá no pasó la prueba del limón en las puntas de "enredo" y "propósito", que no se consideraron en este caso. [1]

Parte VII [ editar ]

El juez Blackmun resume la opinión, afirmando que la exhibición de la guardería en el juzgado es inconstitucional. También afirma que la exhibición de la menorá en este "entorno físico particular" es constitucional. [1] Los casos fueron remitidos a la corte de apelaciones para procedimientos adicionales a la luz de esta decisión.

Ver también [ editar ]

  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos, volumen 492
  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos
  • Listas de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos por volumen
  • Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos por la Corte Rehnquist
  • Lemon contra Kurtzman (1971)
  • Lynch contra Donnelly (1984)
  • Pittsburgh Crèche

Referencias [ editar ]

  1. ^ a b c d e f "Opinión de Blackmun" . Consultado el 11 de diciembre de 2007 .
  2. ^ a b "Opinión de O'Connor" . Consultado el 11 de diciembre de 2007 .
  3. ^ a b "Opinión de Stevens" . Consultado el 11 de diciembre de 2007 .
  4. ^ a b c d "Opinión de Brennan" . Consultado el 11 de diciembre de 2007 .
  5. ^ "Opinión de Kennedy" . Consultado el 11 de diciembre de 2007 .

Enlaces externos [ editar ]

  • Trabajos relacionados con el condado de Allegheny contra la Unión Estadounidense de Libertades Civiles, Capítulo del Gran Pittsburgh en Wikisource
  • Texto de . Condado de Allegheny v ACLU , 492 EE.UU. 573 (1989) está disponible a partir de: Cornell CourtListener Findlaw Justia Biblioteca del Congreso Oyez (argumento de audio oral)