Cybersell, Inc. contra Cybersell, Inc. fue un caso de infracción de marca registrada basado en el uso de una marca de servicio de Internet. Sesolicitó al Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Arizona que revisara si el uso supuestamente infractor de una marca de servicio en una página de inicio en la World Wide Web es suficiente para la jurisdicción personal en el estado donde el titular de la marca tiene su lugar principal de negocio. Elholding Cybersell ilustró que los sitios web pasivos (es decir, sitios que sirven solo para publicar información, en lugar de participar en actividades comerciales o recopilar información de un usuario) no establecen jurisdicción personal fuera del estado en el que se basan. [1]
Cybersell, Inc. contra Cybersell, Inc. | |
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Tribunal | Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito de los Estados Unidos |
Decidido | 2 de diciembre de 1997 |
Cita (s) | 130 F.3d 414 |
Historia del caso | |
Acción (es) previa (s) | El Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Arizona concedió la moción de despido del acusado por falta de jurisdicción personal. |
Tenencia | |
La orden que concedió la moción de Cybersell FL de desestimar por falta de jurisdicción personal fue confirmada porque el uso de un nombre de página web por parte de los apelados era pasivo y no constituía una actividad comercial dentro del estado; los apelados no se habían valido a propósito de tal manera que pudieran esperar estar sujetos a la jurisdicción del tribunal. | |
Membresía de la corte | |
Juez (s) sentado | Harlington Wood, Jr. , Pamela Ann Rymer , A. Wallace Tashima |
Palabras clave | |
Jurisdicción personal en casos de Internet en los Estados Unidos Jurisdicción personal |
Hechos del caso
El demandante Cybersell, Inc. ("Cybersell AZ"), una corporación de Arizona con los directores Laurence Canter y Martha Siegel , fue incorporada en mayo de 1994 proporcionando anuncios de servicios comerciales a través de Internet. En agosto de 1994, Cybersell AZ presentó una solicitud para registrar el nombre “Cybersell” como marca de servicio y fue aprobada para el registro de marca utilizando cyber.sell.com en octubre de 1995. En febrero de 1995, el sitio fue retirado para su reconstrucción. [ cita requerida ]
En mayo de 1995, mientras Cybersell AZ estaba en proceso de registrarse como una marca de servicio federal, Cybersell, Inc. ("Cybersell FL"), una corporación de Florida formada "para brindar servicios de consultoría empresarial para la gestión estratégica y el marketing en la web" estableció un sitio web que anuncia sus servicios en cybsell.com. [2] Cybersell FL utilizó su sitio web para proporcionar información de contacto para su negocio, incluido su número de teléfono y dirección de correo electrónico. [ cita requerida ]
Después de que Cybersell AZ se enteró del sitio web de Cybersell FL y del uso de su marca de servicio "Cybersell", Cybersell AZ notificó a Cybersell FL que estaban infringiendo la marca de Cybersell AZ. Como resultado, Cybersell FL cambió su nombre a WebHorizons, y luego a WebSolvers, Inc., "para disociarse" de Cybersell AZ, sin embargo, dejaron "¡Bienvenido a Cybersell!" en su página web. [2]
Cybersell AZ luego presentó la queja en esta acción alegando infracción de marca registrada, competencia desleal, fraude y violaciones de la Ley de Organizaciones Corruptas e Influenciadas por Racketeers (RICO) en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Arizona . [3] Cybersell AZ alegó que la jurisdicción personal sobre Cybersell FL era adecuada porque Internet no tiene fronteras y un sitio web que anuncia un producto o servicio está necesariamente destinado a ser utilizado a nivel mundial. Cybersell FL presentó la moción de desestimarlo por falta de jurisdicción personal. El tribunal concedió la moción y Cybersell AZ apeló. [2]
Opinión
El tribunal aplicó la prueba de " contactos mínimos " para determinar si el tribunal podría ejercer jurisdicción personal específica sobre un acusado no residente: "(1) El acusado no residente debe realizar algún acto o consumar alguna transacción con el foro o realizar algún acto mediante el cual deliberadamente se acoge al privilegio de realizar actividades en el foro, invocando así los beneficios y protecciones [;] (2) el reclamo debe ser uno que surja o resulte de las actividades relacionadas con el foro del acusado [; y] (3) ejercicio de jurisdicción debe ser razonable ". [4]
El tribunal determinó que la conducta de Cybersell FL no equivalía a un aprovechamiento intencional en el primer aspecto de la prueba de contactos mínimos. El tribunal examinó su discusión sobre el aprovechamiento intencional en Ballard v. Savage , y señaló que el “requisito de aprovechamiento intencional” se satisface si el acusado ha tomado una acción deliberada dentro del estado del foro o si ha creado obligaciones continuas para los residentes del foro. 'No se requiere que un acusado esté físicamente presente dentro del foro o que tenga contacto físico con él, siempre que sus esfuerzos' estén dirigidos a propósito 'hacia los residentes del foro' ”. [4]
Aún sin pronunciarse sobre la jurisdicción personal “en el contexto del ciberespacio”, la corte buscó orientación en las decisiones del Segundo y Sexto Circuito, a saber , CompuServe, Inc. v. Patterson [5] y Bensusan Restaurant Corp. v. King . [6] En CompuServe , el tribunal dictaminó que el acusado se valió a propósito del privilegio de hacer negocios en Ohio cuando el acusado transmitió su producto desde Texas al sistema de CompuServe en Ohio, y el sistema proporcionó acceso a su software a otras personas a quienes él anunció y vendió su producto. [7] Por el contrario, el acusado en Bensusan creó una página web de acceso general que contiene información sobre su servicio y la información de venta de entradas. El tribunal dictaminó que la acción del acusado no equivalía a un aprovechamiento intencionado, sino que era solo una página web pasiva y no sometía al acusado a la jurisdicción personal. [8]
El Noveno Circuito determinó que Cybersell FL solo publicitó pasivamente en Internet usando el nombre "Cybersell" y no dirigió deliberadamente los esfuerzos de comercialización hacia los residentes de Arizona. El tribunal determinó que Cybersell FL no hizo nada para alentar a las personas en Arizona a acceder a su sitio, que ningún residente de Arizona se inscribió en los servicios de construcción web de Cybersell FL, y que no hubo ventas, ni llamadas telefónicas, ni ingresos, ni mensajes, ni " hits "de los arizonenses (que no sean Cybersell AZ). Además, Cybersell FL no tenía un número "800". [9] En resumen, Cybersell FL no había realizado ningún acto ni consumado ninguna transacción, ni había realizado ningún acto mediante el cual se valiera a propósito del privilegio de realizar actividades en Arizona, invocando así los beneficios y protecciones de la ley de Arizona. Cybersell FL carecía de suficientes contactos mínimos con Arizona para la jurisdicción personal. En consecuencia, su recurso de sobreseimiento por falta de competencia personal fue debidamente atendido. [2]
El tribunal también anuló el argumento de Cybersell AZ de que la prueba de “efectos” de Calder [10] proporcionó bases para la jurisdicción personal porque Cybersell AZ no sufrió daños en una ubicación geográfica particular en el mismo sentido que lo haría un individuo. La página web de Cybersell FL simplemente no estaba dirigida intencionalmente a Arizona a sabiendas de que probablemente se causaría daño allí a Cybersell AZ. [2]
Ver también
Referencias
- ^ Zippo Mfg. Co. contra Zippo Dot Com, Inc. , 952 F. Supp. 1119 (WD Pa. 1997).
- ^ a b c d e Cybersell, Inc. contra Cybersell, Inc. Archivado el 21 de julio de 2011 en Wayback Machine , 130 F.3d 414 (noveno Cir. 1997).
- ^ El mismo día, Cybersell FL solicitó una reparación declarativa en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Medio de Florida . La acción fue trasladada al Tribunal de Distrito de Arizona donde se consolidó con la acción interpuesta por Cybersell AZ. Cybersell , 130 F.3d en 416.
- ↑ a b Cybersell , 130 F.3d en 416 (citando Ballard v. Savage, 65 F.3d 1495, 1498) (9th Cir. 1995).
- ^ 89 F.3d 1257 (6. ° Cir. 1996)
- ^ 937 F. Supp. 295 (SDNY 1996), aff'd, 126 F.3d 25, 1997 WL 560048 (2d Cir. 1997)
- ^ Ver en general CompuServe , 89 F.3d 1257.
- ^ Véase en general Bensusan , 937 F. Supp. 295. Véase también Zippo Mfg. Co. contra Zippo Dot Com, Inc. , 952 F. Supp. 1119 (WD Pa. 1997) (donde se sostiene que los sitios web interactivos, a diferencia de los sitios web pasivos, deben evaluarse a efectos de jurisdicción personal en función del "nivel de interactividad y naturaleza comercial del intercambio de información que se produce en el sitio web" ).
- ^ Cybersell AZ argumentó que el tribunal debería seguir el fallo del Distrito de Connecticut en Inset Systems, Inc. v. Instruction Set, Inc. , 937 F. Supp. 161 (D. Conn. 1996), donde un sitio web relativamente pasivo combinado con un número "1-800" utilizando la marca impugnada fue suficiente para establecer la jurisdicción personal. El Noveno Circuito determinó la falta de un número 1-800 de que Cybersell FL utilizando la marca impugnada para distinguir los hechos de Cybersell de los de inserción . Cybersell , 130 F.3d en 419.
- ^ La prueba de "efectos" de Calder es una prueba de jurisdicción personal articulada en Calder v. Jones , 465 US 783 (1984).
enlaces externos
- Propiedad intelectual en el ciberespacio
- Historia del sitio web 5: Los límites emergentes a la jurisdicción fuera del estado sobre los sitios web