Filártiga v. Peña-Irala , 630 F.2d 876 ( 2d Cir. 1980), fue un caso histórico en el derecho internacional y de los Estados Unidos . Estableció el precedente para que los tribunales federales de los Estados Unidos castiguen a ciudadanos no estadounidenses poractos delictivos cometidos fuera de los Estados Unidos que violen el derecho internacional público (el derecho de las naciones) o cualquier tratado en el que Estados Unidos sea parte. Por lo tanto, extiende la jurisdicción de los tribunales de los Estados Unidos a los actos delictivos cometidos en todo el mundo. El caso fue decidido por un panel de jueces delTribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos compuesto por los jueces Wilfred Feinberg , Irving Kaufman y Amalya Lyle Kearse .
Filártiga contra Peña-Irala | |
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Tribunal | Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos |
Nombre completo del caso | Dolly ME Filártiga y Joel Filártiga contra Americo Norberto Peña-Irala |
Argumentó | 16 de octubre de 1979 |
Decidido | 30 de junio de 1980 |
Cita (s) | 630 F.2d 876 (2. ° Cir. 1980) |
Historia del caso | |
Historia posterior | 577 F.Supp. 860 (DNY 1984) |
Membresía de la corte | |
Juez (s) sentado | Wilfred Feinberg , Irving R. Kaufman y Amalya Lyle Kearse |
Opiniones de casos | |
Mayoria | Kaufman, acompañado por Feinberg, Kearse |
Leyes aplicadas | |
Estatuto de agravio extraterrestre |
Eventos
La familia Filártiga alegó que el 29 de marzo de 1976, su hijo de diecisiete años, Joelito Filártiga, fue secuestrado y torturado hasta la muerte por Américo Norberto Peña-Irala. Todas las partes vivían en Paraguay en ese momento, y Peña era el Inspector General de Policía en Asunción , la capital de Paraguay. Más tarde ese mismo día, la policía trajo a Dolly Filártiga (hermana de Joelito) para ver el cuerpo, que mostraba señales de tortura severa. Los Filártiga afirmaron que Joelito fue torturado en represalia por las actividades políticas y creencias de su padre Joel Filártiga.
Filártiga presentó cargos de asesinato contra Peña y la policía en Paraguay, pero el caso no llegó a ninguna parte. Posteriormente, el abogado de las Filártigas fue detenido, encarcelado y amenazado de muerte. Más tarde, al parecer, fue inhabilitado sin causa justificada.
En 1978, Dolly Filártiga y (por separado) Américo Peña-Irala llegaron a Estados Unidos. Dolly solicitó asilo político, mientras que Peña se había quedado viviendo y trabajando ilegalmente después de ingresar con una visa de visitante. Dolly se enteró de la presencia de Peña en Estados Unidos y lo denunció al Servicio de Inmigración y Naturalización , quien arrestó y deportó a Peña por quedarse mucho más allá del vencimiento de su visa.
Caso
Cuando Peña fue llevado al Navy Yard de Brooklyn en espera de su deportación, Filártiga presentó una denuncia civil en los tribunales de Estados Unidos, presentada por el Centro de Derechos Constitucionales , por la muerte injusta de Joelito por tortura, solicitando una indemnización de 10 millones de dólares. [1] Después de una desestimación inicial de un tribunal de distrito citando precedentes que limitaban la función del derecho internacional a las relaciones entre los estados, en apelación, el circuito dictaminó que la libertad de tortura estaba garantizada por el derecho internacional consuetudinario. [1] "El torturador se ha convertido, como el pirata y comerciante de esclavos antes que él, hostis humani generis , un enemigo de toda la humanidad", escribió el tribunal.
Los recurrentes argumentaron que las acciones de Peña habían violado los estatutos de muerte por negligencia, la Carta de las Naciones Unidas , la Declaración Universal de Derechos Humanos , la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y otras leyes internacionales consuetudinarias. También afirmaron que los tribunales de EE. UU. Tenían jurisdicción para conocer el caso en virtud de la Ley de agravios de extranjeros , que otorga a los tribunales de distrito jurisdicción original para conocer las denuncias de agravio presentadas por un extranjero que hayan sido "cometidas en violación del derecho internacional o de un tratado de los Estados Unidos". Estados ". [2] Este caso interpretó ese estatuto para otorgar jurisdicción sobre reclamos por agravios cometidos tanto dentro de los Estados Unidos como en el extranjero.
Juicio
Los tribunales estadounidenses finalmente fallaron a favor de las Filártigas, otorgándoles aproximadamente $ 10,4 millones. La tortura fue claramente una violación del derecho de gentes, y Estados Unidos tenía jurisdicción sobre el caso, ya que el reclamo se presentó cuando ambas partes se encontraban dentro de los Estados Unidos. Además, Peña había tratado de desestimar el caso basándose en el forum non conveniens , argumentando que Paraguay era un lugar más conveniente para el juicio, pero no tuvo éxito. [3]
Eventos subsecuentes
Tras el juicio en Filártiga , existía la preocupación de que Estados Unidos se convirtiera en un paraíso para las reclamaciones por daños internacionales. En Kadic v Karadžić (1995), grupos de croatas bosnios y musulmanes iniciaron procedimientos contra Serbia por crímenes de guerra en un tribunal nacional estadounidense, y Radovan Karadžić se encontraba en los Estados Unidos en ese momento. Se consideró que Karadžić no era inmune.
Después de la sentencia Karadžić , se dictaminó en Sosa v. Alvarez-Machain 542 US 692 (2004) que el Congreso pretendía con el Estatuto de Alien Tort que se permitiera la jurisdicción extraterritorial solo para los crímenes internacionales más atroces. Esto se limitó aún más en Kiobel v.Royal Dutch Petroleum Co. , donde se afirmó que existía una fuerte presunción contra la extraterritorialidad, las causas de acción también deben aplicarse al estatuto de responsabilidad civil contra extranjeros en Estados Unidos y no a actos cometidos fuera de los Estados Unidos. El tribunal concluyó que nada en el texto del estatuto era suficiente para superar el supuesto contra la extraterritorialidad.
Notas
- ^ a b "Filártiga v. Peña-Irala" . Centro de Derechos Constitucionales . Marzo de 2007 . Consultado el 23 de marzo de 2008 .
- ^ Ley de agravios extraterrestres, 28 USC § 1350
- ^ 577 F.Supp. 860, 862 (DNY 1984)
enlaces externos
- Texto en: OpenJurist
- Resumen del caso: Filartiga v. Pena-Irala