Imprimátur


Un imprimatur (a veces abreviado como impr. , del latín , "que se imprima") es una declaración que autoriza la publicación de un libro. El término también se aplica libremente a cualquier marca de aprobación o respaldo. La regla imprimatur en la Iglesia Católica Romana data efectivamente desde los albores de la imprenta, y se ve por primera vez en los centros de impresión y publicación de Alemania y Venecia ; [1] muchos estados o ciudades seculares comenzaron a exigir el registro o la aprobación de las obras publicadas más o menos al mismo tiempo, y en algunos países esas restricciones aún continúan, aunque el colapso del bloque soviético ha reducido su número.

En la Iglesia Católica, un imprimatur es una declaración oficial de una autoridad eclesiástica de que se puede publicar un libro u otra obra impresa; [2] [3] por lo general, solo se solicita y otorga a libros sobre temas religiosos desde una perspectiva católica. La aprobación se da de conformidad con los cánones 822 a 832 del Código de Derecho Canónico , que no requieren el uso de la palabra "imprimatur". [4]

La concesión del imprimatur normalmente va precedida de una declaración favorable (conocida como nihil obstat ) [5] por parte de una persona que tiene el conocimiento, la ortodoxia y la prudencia necesarios para emitir un juicio sobre la ausencia en la publicación de cualquier cosa que "perjudique fe correcta o buenas costumbres". [4] En el derecho canónico, esa persona se conoce como censor [4] o, a veces, como censor librorum ( en latín , "censor de libros"). La conferencia episcopal puede elaborar una lista de personas que puedan actuar convenientemente como censores o puede constituir una comisión que pueda ser consultada, pero cada ordinario puede hacer su propia elección de persona para actuar como censor.[4]

Un imprimatur no es una aprobación por parte del obispo del contenido de un libro, ni siquiera de las opiniones religiosas expresadas en él, siendo simplemente una declaración sobre lo que no está en el libro. [6] En la obra publicada, el visto bueno a veces va acompañado de una declaración del siguiente tenor:

El nihil obstat y el imprimatur son declaraciones de que un libro o folleto está libre de error doctrinal o moral. No se implica en ello que aquellos que han otorgado el nihil obstat o imprimatur estén de acuerdo con los contenidos, opiniones o declaraciones expresadas. [7]

La persona facultada para dar el visto bueno es el ordinario del lugar del autor o del lugar de publicación. [8] Si se niega a otorgar un visto bueno a una obra que ha recibido un nihil obstat favorable de la censura, debe informar al autor de las razones para hacerlo. [3] Esto le da al autor la oportunidad de hacer cambios para superar la dificultad del ordinario para otorgar la aprobación. [1]


Un imprimi potest , un nihil obstat y un imprimatur (de ✠ Richard Cushing ) sobre un libro publicado por Random House en 1953. El libro en cuestión es la traducción al inglés de Louis J. Gallagher , SJ de De Christiana expedicione apud Sinas de Matteo Ricci , SJ y Nicolás Trigault , SJ
Principia de Newton , con el visto bueno de Samuel Pepys , entonces presidente de la Royal Society