Mohawk Industries, Inc. v. Carpenter , 558 US 100 (2009), es uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos en el que la Corte sostuvo que las órdenes de divulgación adversas al privilegio abogado-cliente no califican para una apelación inmediata bajo la doctrina de órdenes colaterales. [1]
Mohawk Industries, Inc. contra Carpenter | |
---|---|
Disputado el 5 de octubre de 2009 Decidido el 8 de diciembre de 2009 | |
Nombre completo del caso | Mohawk Industries, Inc., peticionario contra Norman Carpenter |
Citas | 558 US 100 ( más ) 130 S. Ct. 599; 175 L. Ed. 2d 458; 2009 EE.UU. LEXIS 8942 |
Historia del caso | |
Previo | Carpenter contra Mohawk Industries, Inc. , 548 F.3d 1048 ( 11 ° Cir. 2008); cert. concedido, 555 U.S. 1152 (2009). |
Subsecuente | Carpenter v. Mohawk Industries, Inc. , 479 F. App'x 206 (11 ° Cir. 2012). |
Tenencia | |
Las órdenes de divulgación contrarias al privilegio abogado-cliente no califican para una apelación inmediata. | |
Membresía de la corte | |
| |
Opiniones de casos | |
Mayoria | Sotomayor, junto con Roberts, Stevens, Scalia, Kennedy, Ginsburg, Breyer, Alito; Thomas (Parte II-C) |
Concurrencia | Thomas (en parte) |
Leyes aplicadas | |
28 USC § 1291 |
Esta opinión es notable, por ser la primera opinión de la Corte Suprema escrita por la jueza Sonia Sotomayor . [2] Además, esta es la primera vez que una opinión de la Corte Suprema utiliza el término " inmigrante indocumentado " - el término " inmigrante ilegal " ha aparecido en una docena de opiniones anteriores. [2]
Fondo
Norman Carpenter, un supervisor de turno de Mohawk, había enviado un correo electrónico al departamento de recursos humanos de Mohawk, afirmando que la empresa estaba empleando inmigrantes indocumentados. Carpenter recibió instrucciones de reunirse con un abogado que representaba a la empresa, quien presuntamente presionó a Carpenter para que se retractara de sus declaraciones. Carpenter alegó que fue despedido cuando no lo hizo. Carpenter presentó una demanda en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia, que concedió su moción para obligar a Mohawk a presentar información sobre la reunión de Carpenter con el abogado de Mohawk, encontrando que la empresa había renunciado al privilegio de confidencialidad abogado-cliente. La Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el 11 ° Circuito afirmó y la Corte Suprema de los Estados Unidos otorgó certiorari para resolver un conflicto entre las cortes de apelaciones del circuito.
Pregunta presentada
¿Las órdenes de divulgación adversas al privilegio abogado-cliente califican para una apelación inmediata bajo la doctrina de la orden colateral?
Opinión de la Corte
Según Cohen v. Beneficial Industrial Loan Corp. , [3] una parte puede apelar inmediatamente una orden de un tribunal de distrito si: 1) determina de manera concluyente el asunto en disputa; 2) resuelve un tema importante completamente separado de los méritos de la acción; y 3) es efectivamente irrevisible en apelación de un fallo final.
El Tribunal estuvo de acuerdo con el Tribunal de Apelaciones en que no se cumple la tercera parte de los requisitos de Cohen, porque hay recursos adecuados disponibles en una apelación de un fallo final donde hubo una orden de descubrimiento adversa al privilegio abogado-cliente. Aunque el Tribunal reconoció la importancia del privilegio abogado-cliente, razonó que hay muchos otros derechos importantes que los litigantes deben esperar para reivindicar hasta después de la emisión del fallo final. Los tribunales de apelación pueden remediar la divulgación indebida de materiales privilegiados de la misma manera que se solucionan los fallos probatorios erróneos: anulando el fallo y devolviendo el asunto al tribunal de distrito para un nuevo juicio en el que se excluyen el material protegido y sus frutos.
El Tribunal también razonó que es poco probable que la posibilidad de una orden de divulgación y una posible apelación retrasada interfieran con las comunicaciones entre abogado y cliente.
El Tribunal señaló que las partes sujetas a una orden de divulgación adversa con respecto al privilegio abogado-cliente tienen otras opciones además de una apelación de orden colateral, como la certificación y aceptación de una apelación interlocutoria bajo 28 USC Sección 1292 (b), solicitando una orden judicial. , o al desafiar la orden e incurrir en sanciones impuestas por el tribunal, como una citación por desacato al tribunal que es apelable de inmediato.
El Tribunal predijo que incluir órdenes de divulgación relacionadas con privilegios dentro de la categoría de órdenes colaterales no justificaría el costo institucional, porque retrasaría la resolución de casos en los tribunales de distrito y sobrecargaría innecesariamente a los Tribunales de Apelaciones.
La doctrina de la orden colateral no se extiende a las órdenes de divulgación contrarias al privilegio abogado-cliente.
Referencias
enlaces externos
- Texto de . Mohawk Industries, Inc. v carpintero , 558 EE.UU. 100 (2009) está disponible a partir de: Cornell CourtListener Findlaw Google Académico Justia Oyez (argumento de audio oral) Tribunal Supremo (opinión de deslizamiento)