La Directiva Presidencial de Seguridad Nacional y Seguridad Nacional ( Directiva Presidencial de Seguridad Nacional NSPD 51 / Directiva Presidencial de Seguridad Nacional HSPD-20, a veces llamada simplemente "Directiva Ejecutiva 51" para abreviar), firmada por el presidente de los Estados Unidos, George W. Bush, el 4 de mayo , 2007, es una directiva presidencial que establece una política integral sobre las estructuras y operaciones del gobierno federal en caso de una "emergencia catastrófica". Dicha emergencia se define como "cualquier incidente, independientemente de la ubicación, que resulte en niveles extraordinarios de bajas masivas, daños o interrupciones que afecten gravemente a la población, la infraestructura, el medio ambiente, la economía o las funciones gubernamentales de los EE. UU.". [1]
Directiva Presidencial de Seguridad Nacional y Seguridad Nacional 51 | |
Otros títulos cortos | NSPD51, HSPD20, ED51 |
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Firmado por | George W. Bush el 4 de mayo de 2007 |
Resumen | |
La directiva "establece una política nacional integral sobre la continuidad de las estructuras y operaciones del Gobierno Federal" en caso de una "emergencia catastrófica" |
La parte no clasificada de la directiva (que reemplazó a la Directiva 67 sobre la decisión presidencial de 1998 del presidente Bill Clinton ) se publicó en el sitio web de la Casa Blanca el 9 de mayo de 2007, sin más anuncios ni conferencias de prensa, [2] aunque Asistente especial de George W. Bush Gordon Johndroe respondió a varias preguntas sobre el asunto cuando miembros de la prensa le preguntaron al respecto a principios de junio de 2007 [2].
Detalles
Esta directiva presidencial define las "funciones nacionales esenciales" del gobierno federal, especifica los "requisitos de continuidad" para los departamentos y agencias de la rama ejecutiva del gobierno federal y "proporciona orientación para los gobiernos estatales, locales, territoriales y tribales , y el sector privado También prevé un Coordinador Nacional de Continuidad que supervisará el "desarrollo e implementación de las políticas federales de continuidad".
El texto fuente indica que durante una emergencia catastrófica, el gobierno federal cooperará como una cuestión de cortesía para proteger la constitución:
(e) "Gobierno Constitucional Duradero" o "ECG" significa un esfuerzo de cooperación entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial del Gobierno Federal, coordinado por el Presidente, como una cuestión de cortesía con respecto a los poderes legislativo y judicial. y con el debido respeto por la separación constitucional de poderes entre los poderes, para preservar el marco constitucional bajo el cual se gobierna la Nación y la capacidad de los tres poderes del gobierno para ejecutar responsabilidades constitucionales y prever la sucesión ordenada, la transición apropiada de liderazgo, y interoperabilidad y soporte de las Funciones Esenciales Nacionales durante una emergencia catastrófica; [3]
El texto fuente del NSPD51 reafirma reiteradamente la constitucionalidad y establece específicamente que "(9) Reconociendo que cada rama del Gobierno Federal es responsable de sus propios programas de continuidad, un funcionario designado por el Jefe de Gabinete del Presidente garantizará que la continuidad del poder ejecutivo de operaciones y continuidad de las políticas gubernamentales en apoyo de los esfuerzos duraderos del gobierno constitucional se coordinan adecuadamente con los de los poderes legislativo y judicial para garantizar la interoperabilidad y asignar los activos nacionales de manera eficiente para mantener un gobierno federal en funcionamiento ".
El activista conservador Jerome Corsi y Marjorie Cohn del Gremio Nacional de Abogados han dicho que esto es una violación de la Constitución de los Estados Unidos en el sentido de que las tres ramas del gobierno son separadas e iguales , sin ninguna rama que coordine a las otras. [4] [5] La directiva, creada por el presidente, afirma que el presidente tiene el poder de declarar una emergencia catastrófica. No especifica quién tiene el poder de declarar el fin de la emergencia.
La directiva dice además que, en el caso de tal emergencia, el nuevo puesto de "Coordinador de Continuidad Nacional" sería ocupado por el asistente del presidente para Seguridad Nacional y Contraterrorismo . (Este puesto lo ocupa actualmente Elizabeth Sherwood-Randall .) La directiva también especifica que un "Comité de Coordinación de Políticas de Continuidad", que será presidido por un director senior del personal del Consejo de Seguridad Nacional y seleccionado por el Coordinador de Continuidad Nacional, será "el principal foro del día a día para tal coordinación de políticas".
La directiva termina describiendo una serie de "anexos", de los cuales el Anexo A se describe como no clasificado pero que no aparece en la página web de la directiva:
(23) El Anexo A y los Anexos de Continuidad clasificados, adjuntos a la presente, se incorporan y forman parte de esta Directiva.
(24) Seguridad. Esta directiva y la información contenida en la misma estarán protegidas contra la divulgación no autorizada, siempre que, a excepción del Anexo A, los Anexos adjuntos a esta directiva estén clasificados y se les otorgue el manejo apropiado, de conformidad con las Órdenes Ejecutivas aplicables.
La " Política Nacional de Continuidad, Anexo A, Categorías de Departamentos y Agencias ", disponible en el sitio web del Comité de Infraestructura de Información Bancaria y Financiera, [6] indica que "los departamentos y agencias ejecutivos están asignados a una de cuatro categorías acordes con su COOP / COG / Responsabilidades de ECG durante una emergencia ".
Recepción
La firma de esta Directiva generalmente no fue cubierta por los principales medios de comunicación estadounidenses ni discutida por el Congreso de los Estados Unidos. Si bien presidentes anteriores han emitido directivas de seguridad ejecutivas similares, con sus textos mantenidos en secreto, este es el primero que se hace público en parte. No está claro cómo la Directiva presidencial de Seguridad Nacional y Seguridad Nacional se reconciliará con la Ley de Emergencias Nacionales , una ley federal de Estados Unidos aprobada en 1976, que otorga al Congreso la supervisión de los poderes de emergencia presidenciales durante tales emergencias. La Ley de Emergencias Nacionales no se menciona en el texto de la Directiva Presidencial de Seguridad Nacional y Seguridad Nacional.
Después de recibir comunicaciones preocupadas de los electores, en julio de 2007 el representante de los Estados Unidos y miembro del Comité de Seguridad Nacional , Peter DeFazio, hizo una solicitud oficial para examinar los Anexos de Continuidad clasificados descritos anteriormente en una "sala de burbujas" segura en el Capitolio de los Estados Unidos , pero su solicitud fue denegada por el Casa Blanca , que citó "preocupaciones de seguridad nacional". Esta fue la primera vez que a DeFazio se le negó el acceso a los documentos. Fue citado diciendo: "Estamos hablando de la continuidad del gobierno de los Estados Unidos de América ... Creo que eso sería relevante para cualquier miembro del Congreso, y mucho menos para un miembro del Comité de Seguridad Nacional". Después de esta negación, DeFazio se unió a dos colegas ( Bennie Thompson , presidente del comité; y Chris Carney , presidente del subcomité de supervisión de Seguridad Nacional) en un esfuerzo renovado para obtener acceso a los documentos. [ necesita actualización ]
Ver también
- Núcleo principal
- Estado de emergencia
- Continuidad del gobierno
- Plan de Continuidad de Operaciones
- Directiva presidencial
- Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos
- REX-84
- Ley Posse Comitatus
- Ley Nacional de Emergencias
- Privilegio de secretos de estado
- Ley de prevención de la radicalización violenta y el terrorismo local de 2007
- Directiva 51 (novela)
- la división de Tom Clancy
Referencias
- ^ HSU, SS (2007) Bush cambia el plan de continuidad: la administración, no el DHS, ejecutaría el gobierno en la sombra. El Correo de Washington. Washington.
- ^ a b La Casa Blanca revisa el protocolo posterior al desastre - CommonDreams.org
- ^ GEORGE W. BUSH (9 de mayo de 2007). "Directiva presidencial de seguridad nacional y seguridad nacional" . DIRECTIVA PRESIDENCIAL DE SEGURIDAD NACIONAL / NSPD 51 - DIRECTIVA PRESIDENCIAL DE SEGURIDAD NACIONAL / HSPD-20 . Consultado el 6 de marzo de 2012 .
- ^ Phreephallin (27 de mayo de 2007). "Directiva presidencial de seguridad nacional y seguridad nacional" . Kos diaria . Consultado el 16 de febrero de 2012 .
- ^ Marjorie Cohn (30 de mayo de 2007). "El Rey Unitario George" . Marjorie Cohn. Archivado desde el original el 5 de noviembre de 2011 . Consultado el 16 de febrero de 2012 .
- ^ "Órdenes Ejecutivas" . El Comité de Infraestructura de Información Financiera y Bancaria. Noviembre de 2007. Archivado desde el original el 2008-01-08 . Consultado el 1 de marzo de 2008 .
enlaces externos
- Directiva presidencial de seguridad nacional y seguridad nacional , del sitio web de la Casa Blanca
- Política de Continuidad Nacional, Anexo A, Categorías de Departamentos y Agencias , del sitio web del Comité de Infraestructura de Información Bancaria y Financiera [(Archivo Web)]
- Artículo del Boston Globe (2 de junio de 2007)
- Informe del gobierno de los Estados Unidos al Congreso sobre poderes de emergencia nacional (2001) [(Archivo web)], que incluye la historia y el desarrollo, y la legislación para limitarlos.
- ¿Quién gobernará el país después del próximo 11 de septiembre? - Slate.com