TREVI era una red o foro intergubernamental de funcionarios nacionales de los ministerios de justicia y del interior fuera del marco de la Comunidad Europea , propuesta durante la reunión del Consejo Europeo en Roma , 1–2 de diciembre de 1975. Se formalizó en Luxemburgo el 29 de junio de 1976 a una reunión de los Ministros del Interior del Consejo Europeo . Dejó de existir cuando se integró en el llamado pilar de Justicia y Asuntos de Interior (JAI) de la Unión Europea (UE) tras la entrada en vigor del Tratado de Maastricht en 1993.
El Consejo Europeo de Roma, p. 9 (Conclusiones de la reunión, 2 de diciembre de 1975) [1]
La primera reunión de TREVI a nivel de altos funcionarios se celebró en Roma, donde se encuentra la famosa Fontana de Trevi y la reunión fue presidida por un holandés de nombre Fonteijn (inglés: Fountain). En algunos libros de texto franceses, se observa que TREVI significa Terrorisme, Radicalisme, Extrémisme et Violence Internationale . [ cita requerida ]
La creación de TREVI fue impulsada por varios actos terroristas, en particular la toma de rehenes y la posterior masacre durante los Juegos Olímpicos de 1972 en Munich , y la incapacidad de Interpol en ese momento para ayudar de manera efectiva a los países europeos en la lucha contra el terrorismo . Si bien TREVI inicialmente tenía la intención de coordinar respuestas efectivas contra el terrorismo entre los gobiernos europeos, poco a poco extendió su mandato a muchos otros temas de la vigilancia policial transfronteriza entre los miembros de la Comunidad Europea. Muchas de las prácticas y gran parte de la estructura del antiguo Tercer Pilar tienen sus orígenes en TREVI.
Cronograma de la evolución de la UE
Desde el final de la Segunda Guerra Mundial , los países europeos soberanos han celebrado tratados y, por lo tanto, han cooperado y armonizado políticas (o soberanía mancomunada ) en un número creciente de áreas, en el llamado proyecto de integración europea o la construcción de Europa ( francés : la construcción européenne ). El siguiente cronograma describe el inicio legal de la Unión Europea (UE), el marco principal para esta unificación. La UE heredó muchas de sus responsabilidades actuales de las Comunidades Europeas (CE), que fueron fundadas en la década de 1950 en el espíritu de la Declaración Schuman .
Leyenda: S: firma F: entrada en vigor T: rescisión E: expiración de facto supresión Rel. con marco CE / UE: de facto por dentro fuera de | Unión Europea (UE) | [ Cont. ] | ||||||||||||||
Comunidades Europeas (CE) | (Pilar I) | |||||||||||||||
Comunidad Europea de Energía Atómica (EAEC o Euratom) | [ Cont. ] | |||||||||||||||
/ / / Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) | ||||||||||||||||
Comunidad Económica Europea (CEE) | ||||||||||||||||
Reglas de Schengen | Comunidad europea (CE) | |||||||||||||||
'TREVI' | Justicia y Asuntos de Interior (JAI, pilar II) | |||||||||||||||
Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) | [ Cont. ] | Cooperación policial y judicial en materia penal (PJCC, pilar II ) | ||||||||||||||
Alianza anglo-francesa | [ Brazo de defensa entregado a la OTAN ] | Cooperación política europea (CPE) | Política exterior y de seguridad común (PESC, pilar III ) | |||||||||||||
Western Union (WU) | / Unión Europea Occidental (UEO) | [ Tareas definidas tras la reactivación de la UEO en 1984 entregada a la UE ] | ||||||||||||||
[Tareas sociales y culturales entregadas al CoE ] | [ Cont. ] | |||||||||||||||
Consejo de Europa (CoE) | ||||||||||||||||
- ¹Aunque no son tratados de la UE per se , estos tratados afectaron el desarrollo del brazo de defensa de la UE , una parte principal de la PESC. La alianza franco-británica establecida por el Tratado de Dunkerque fue reemplazada de facto por WU. El pilar de la PESC se vio reforzado por algunas de las estructuras de seguridad que se habían establecido en el marco del Tratado de Bruselas Modificado (MBT) de 1955 . El Tratado de Bruselas se terminó en 2011, por lo que se disolvió la UEO, ya que se consideró que la cláusula de defensa mutua que el Tratado de Lisboa preveía para la UE hacía superflua la UEO. Por tanto, la UE reemplazó de facto a la UEO.
- ²Los tratados de Maastricht y Roma forman la base jurídica de la UE y también se conocen como el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), respectivamente. Son enmendados por tratados secundarios.
- ³Las Comunidades Europeas obtuvieron instituciones comunes y una personalidad jurídica compartida (es decir, capacidad para, por ejemplo, firmar tratados por derecho propio).
- ⁴Entre la fundación de la UE en 1993 y la consolidación en 2009, la unión constaba de tres pilares , el primero de los cuales eran las Comunidades Europeas. Los otros dos pilares consistían en áreas adicionales de cooperación que se habían agregado a las competencias de la UE.
- ⁵La consolidación significó que la UE heredó la personalidad jurídica de las Comunidades Europeas y que el sistema de pilares fue abolido , dando como resultado el marco de la UE como tal que cubre todas las áreas políticas. En cambio, el poder ejecutivo / legislativo en cada área fue determinado por una distribución de competencias entre las instituciones de la UE y los estados miembros . Esta distribución, así como las disposiciones de los tratados para las áreas políticas en las que se requiere la unanimidad y es posible la votación por mayoría cualificada , refleja la profundidad de la integración de la UE, así como la naturaleza en parte supranacional y en parte intergubernamental de la UE .
- ⁶Los planes para establecer una Comunidad Política Europea (CPE) fueron archivados luego de que Francia no ratificara el Tratado que establece la Comunidad Europea de Defensa (CED). El EPC habría combinado la CECA y la EDC.
Ver también
- Europol
- Interpol
Referencias
- ^ "EL CONSEJO EUROPEO - ROMA (1-2 de diciembre de 1975)" (pdf) . Los documentos del expediente incluyen: El Consejo Europeo en Roma, Miembros de la Comunidad Europea para emitir a los ciudadanos de la CE un "Pasaporte Europeo", Declaración de Rambouillet el 17 de noviembre de 1975 . Diciembre de 1975.
Otras lecturas
- Anderson, M., M. den Boer, P. Cullen, W. Gilmore, C. Raab y N. Walker. (1995) Vigilancia de la Unión Europea. Teoría, Derecho y Práctica . Oxford: Clarendon Press.
- Hebenton, B. y T. Thomas (1995) Policing Europe. Cooperación, Conflictos y Control . Nueva York: St. Martin's Press Inc.
- Nilsson, H. (2004) 'El Consejo de Justicia y Asuntos de Interior', en M. Westlake y D. Galloway (eds) El Consejo de la Unión Europea . Londres: John Harper Publishing.