La resolución 820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas , aprobada el 17 de abril de 1993, después de reafirmar todas las resoluciones anteriores sobre el tema de un arreglo de paz duradero en Bosnia y Herzegovina y la región, el Consejo debatió el plan de paz para Bosnia y Herzegovina y las medidas generales para garantizar su implementación. [1]
Resolución 820 del Consejo de Seguridad de la ONU | |
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Fecha | 17 de abril de 1993 |
Reunión no. | 3200 |
Código | S / RES / 820 ( documento ) |
Sujeto | Bosnia y Herzegovina |
Resumen de votaciones |
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Resultado | Adoptado |
Composición del Consejo de Seguridad | |
Miembros permanentes | |
Miembros no permanentes |
Contenido
El Consejo reafirmó que la práctica de la depuración étnica era inaceptable y que todas las personas desplazadas deberían ser devueltas a sus hogares. Tomó nota de la Resolución 808 (1993) en la que se confirmaron las propuestas de un tribunal internacional , expresando además su alarma por la condición de las víctimas del conflicto.
La resolución continuó confirmando el plan de paz para Bosnia y Herzegovina y su aceptación por dos de las partes bosnias; sin embargo, se expresó preocupación por el rechazo por parte de la parte serbia de Bosnia del Acuerdo de Arreglos Provisionales. Se pidió a todas las partes que respetaran un alto el fuego y no participaran en más hostilidades, respetando el derecho de la Fuerza de Protección de las Naciones Unidas (UNPROFOR) y los organismos humanitarios internacionales a tener acceso sin obstáculos a todo el país y garantizar la seguridad de su personal. Se condenaron las violaciones del derecho internacional humanitario , en particular la depuración étnica y la detención y violación de mujeres. Todas las declaraciones hechas bajo coacción fueron declaradas nulas y sin valor y que todas las personas desplazadas tienen derecho a regresar a sus hogares.
El Consejo de Seguridad declaró su intención de ayudar a implementar el plan de paz y solicitó al Secretario General Boutros Boutros-Ghali que informara con propuestas detalladas, incluido el control efectivo de las armas pesadas dentro de los 9 días posteriores a la aprobación de la resolución actual, solicitando a los Estados Miembros que cooperar con él.
La resolución 820 fue adoptada por 13 votos contra ninguno y dos abstenciones de China y Rusia . [2]
Sanciones
El Consejo, actuando de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas , decidió que las medidas enumeradas a continuación se aplicarían en un plazo de nueve días, a menos que los serbios de Bosnia firmaran el plan de paz y detuvieran sus ataques, y señaló que si continuaban, las medidas serían entrará en vigor inmediatamente. Las medidas incluyeron:
- la importación, exportación y transbordo a través de áreas protegidas y áreas controladas por los serbios de Bosnia solo serían permitidas por los gobiernos de Croacia o Bosnia y Herzegovina, excluida la ayuda humanitaria ;
- Todos los Estados deberían, al aplicar las resoluciones 757 (1992), 760 (1992), 787 (1992) y la resolución actual, tomar medidas para prevenir el desvío de productos básicos y productos destinados a otros lugares hacia la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro );
- exige la plena cooperación de la UNPROFOR con las funciones de control de inmigración y aduanas derivadas de 769 (1992);
- toda la navegación por el Danubio tenía que ser autorizada por el Comité establecido en 724 (1991);
- impedir que los buques de propiedad o controlados por la República Federativa de Yugoslavia, o aquellos que violen las resoluciones del Consejo de Seguridad, pasen por instalaciones fluviales;
- los países a orillas del Danubio son responsables de garantizar que el transporte marítimo se ajuste a las resoluciones anteriores;
- la importancia de las medidas tomadas y de cualquier violación debe ser reportada y sancionarse si es necesario;
- los estados que posean fondos de la República Federativa de Yugoslavia (Serbia y Montenegro) deberían congelarlos;
- prohíbe el transporte de todas las mercancías y productos a través de las fronteras terrestres o hacia o desde los puertos de la República Federativa de Yugoslavia, excluidos los suministros médicos y alimentarios, la ayuda humanitaria y los aprobados por el Comité;
- los estados vecinos de la República Federativa de Yugoslavia deberían impedir el paso de todos los vehículos de carga y material rodante hacia o desde la República Federativa de Yugoslavia, excepto en un número limitado de pasos aprobados por el Comité;
- todas las embarcaciones, vehículos y aeronaves sospechosos de violar las resoluciones pendientes de investigación debían ser retenidos, con los costos pasados a los propietarios;
- prohibir la prestación de servicios, excepto telecomunicaciones, servicios postales o servicios legales ;
- se prohibió todo transporte comercial en las aguas territoriales de Serbia y Montenegro.
El Consejo confirmó que las medidas mencionadas no se aplican a la UNPROFOR, la Conferencia Internacional sobre la ex Yugoslavia y la Misión de Vigilancia de la Comunidad Europea . También anunció su atención de que las medidas se reconsiderarían una vez que la parte serbia de Bosnia cooperara de buena fe con el plan de paz de las Naciones Unidas.
Ver también
- Desintegración de Yugoslavia
- Genocidio bosnio
- Guerra de Bosnia
- Guerra de Independencia de Croacia
- Lista de las Resoluciones 801 a 900 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (1993-1994)
- Guerras yugoslavas
Referencias
- ^ Sarooshi, Danesh (2000). Las Naciones Unidas y el desarrollo de la seguridad colectiva: la delegación por parte del Consejo de Seguridad de la ONU de sus poderes del capítulo VII . Prensa de la Universidad de Oxford. pag. 264. ISBN 978-0-19-829934-9.
- ^ Regan, Richard J. (1996). Guerra justa: principios y casos . Prensa CUA. pag. 200. ISBN 978-0-8132-0856-5.
enlaces externos
- Trabajos relacionados con la Resolución 820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en Wikisource
- Texto de la resolución en undocs.org