Convenio sobre la gestión del agua de lastre


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La Convención Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques ( Convención de Gestión del Agua de Lastre o Convención BWM ) es un tratado marítimo internacional de 2004 que requiere que los estados del pabellón signatarios se aseguren de que los buques con pabellón cumplan con las normas y procedimientos para la gestión. y control del agua de lastre y los sedimentos de los buques . [2] La Convención tiene como objetivo prevenir la propagación de organismos acuáticos nocivos de una región a otra y detener el daño al medio marino por la descarga de agua de lastre , minimizando la absorción y posterior descarga de sedimentos y organismos.[2] A partir de 2024, todos los barcos deben tener un sistema de tratamiento de gestión de agua de lastre aprobado, de acuerdo con la norma D2 (ver más abajo). Los barcos existentes deben instalar un sistema aprobado, cuya instalación puede costar hasta 5 millones de dólares por barco. [3] Para ayudar con la implementación, la OMI ha publicado 14 documentos de orientación con respecto a la Convención, incluidas las Directrices G2 para el muestreo del agua de lastre, las Directrices G4 para la gestión del agua de lastre y las Directrices G6 para el intercambio del agua de lastre. [4] Al 15 de julio de 2021, 86 países eran Estados contratantes del Convenio BWM (lo que representa el 91,12% del arqueo bruto de la flota mercante mundial). [1]

Desarrollo y entrada en vigor

La primera aparición científicamente reconocida de una especie marina no autóctona transportada en el agua de los barcos ocurrió en el Mar del Norte en 1903, con la aparición del fitoplancton asiático Odontella. El problema se hizo más frecuente con el aumento del transporte marítimo a fines del siglo XX y el problema se planteó por primera vez en la OMI en 1988. [5] Tras varios años de desarrollo, la Organización Marítima Internacional adoptó el Convenio en 2004. . [2] para entrar en vigor, la Convención requiere la ratificación por un mínimo de 30 Estados, lo que representa el 35% del tonelaje mercante mundial del envío, sujeto al que entraría en vigor 12 meses después. [6] El 8 de septiembre de 2016, Finlandiase adhirió a la Convención, con lo que los Estados contratantes ascienden a 52 y el tonelaje combinado de los Estados al 35,14%. [6] Esto desencadenó la aplicabilidad de la fecha de entrada en vigor de la Convención, que se produjo el 8 de septiembre de 2017. [6] [7] [8] Desde la adhesión de Finlandia, varios Estados han seguido ratificando el tratado. En noviembre de 2018 había 78 Estados contratantes, lo que representaba el 77,19% del tonelaje de la navegación mercante mundial. [9] En septiembre de 2020, 79 países se habían adherido a la Convención. [10]

Requisitos de la Convención

Todos los buques de navegación marítima internacionales en virtud de la Convención deben implementar un 'plan de gestión del agua de lastre' que permita al barco gestionar su descarga de agua de lastre y sedimentos con un cierto estándar. [7] El plan está diseñado para cumplir con los requisitos de cumplimiento de la Convención y las Directrices G4 elaboradas por la OMI. Incluye orientación operativa, planificación y gestión estándar, así como detalles adicionales, incluidos puntos y sistemas de muestreo. [11] Además, todos los buques de más de 400 GT también deben llevar un libro de registro de agua de lastre que detalle los requisitos como el llenado y la descarga de cada tanque, según la hora, la fecha, la ubicación y el tratamiento aplicado al agua. [12]

Los buques que cumplan con la Convención recibirán y estarán debidamente obligados a llevar un certificado internacional de gestión del agua de lastre . [13] Para recibir un certificado, un buque deberá proporcionar la documentación necesaria que demuestre el cumplimiento del Convenio y se llevará a cabo un reconocimiento a bordo. [14] Un reconocimiento puede ser realizado por un Estado del pabellón o por una Sociedad de Clasificación que haya sido autorizada por un Estado del pabellón. [15] El control del Estado del puerto supervisa la convención, que debe evaluar el plan de gestión del agua de lastre y su funcionamiento en el barco. [dieciséis]

Estándares

Según el Convenio, los buques están obligados, de acuerdo con un calendario de implementación, a cumplir con las normas D1 o D2. [13] El estándar D1 requiere que los barcos realicen un cambio de agua de lastre y especifica el volumen de agua que debe ser reemplazado. [17] Esta norma implica el intercambio del agua de descarga captada del último puerto por agua de mar nueva; debe ocurrir a un mínimo de 200 millas náuticas de la costa. El estándar D2 es más estricto y requiere el uso de un sistema de tratamiento de agua de lastre aprobado. [18] El sistema debe garantizar que solo queden pequeños niveles de organismos viables en el agua después del tratamiento para minimizar el impacto ambiental del transporte marítimo . [17]

Los nuevos buques deberán instalar y cumplir con la norma D2 a partir del 8 de septiembre de 2017, una vez que la Convención haya entrado en vigor. [19] Los barcos existentes, que están sujetos al programa de implementación por fases, tienen potencialmente (dependiendo de la renovación de sus certificados de barco) hasta el 8 de septiembre de 2024, momento en el que todos los barcos cumplirán con el estándar D2. [19]

También es posible que los buques descarguen lastre en instalaciones de recepción en tierra aprobadas en los puertos , ya que el artículo 5 exige que cuando se limpien o reparen los tanques de lastre de un buque , los puertos deberían tener instalaciones de recepción adecuadas para los sedimentos. [2] Las instalaciones deben incluir medios de eliminación seguros, equipo de almacenamiento y tratamiento, medios de amarre y de emergencia seguros y adecuados y los reductores necesarios para las conexiones a los buques. [20]

Algunos buques pueden estar exentos de cumplir con el Convenio, de acuerdo con ciertas condiciones y el permiso correspondiente otorgado por un Estado del pabellón. [14] Se incluyen los buques que comercian en un área limitada, los buques pequeños, incluidos los veleros y los buques pesqueros , los buques que operan solo en una costa y también las FPSO . [14]

Bibliografía

  • N. Anwar y Dr. L. Churcher, Gestión del agua de lastre: comprensión de las regulaciones y las tecnologías de tratamiento disponibles , séptima edición, Witherby Publishing Group , 2016.

Referencias

  1. ^ a b "Situación de los convenios" . OMI . Consultado el 29 de julio de 2021 .
  2. ^ a b c d "Convenio BWM" . Organización Marítima Internacional . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  3. ^ "Convención BWM: contando el costo" . Tecnología de tratamiento de agua de lastre. Archivado desde el original el 16 de julio de 2017 . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  4. Anwar y Churcher, p.175
  5. Anwar y Churcher, p.2
  6. ^ a b c "Convenio BWM que entrará en vigor en 2017" . Ejecutivo Marítimo . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  7. ^ a b "Gestión del agua de lastre: el control de especies invasoras nocivas" . Organización Marítima Internacional . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  8. ^ "Convenio BWM de la OMI para entrar en vigor en septiembre de 2017" . Noticias marítimas mundiales . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  9. ^ "Estado de los tratados" (PDF) . Organización Marítima Internacional . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  10. ^ "Estado de ratificaciones del Convenio de gestión del agua de lastre" (PDF) . Colección de tratados de las Naciones Unidas . Naciones Unidas . Consultado el 22 de septiembre de 2020 .
  11. Anwar y Churcher, p.123 - 124
  12. ^ "Libro de registro de agua de lastre" (3ª ed.). Witherby Publishing Group . Archivado desde el original el 19 de octubre de 2017 . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  13. ^ a b "Comprensión de la gestión del agua de lastre" (PDF) . Registro de Lloyd . Archivado desde el original (PDF) el 12 de julio de 2017 . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  14. ^ a b c "CONVENCIÓN BWM - APLICACIÓN Y REQUISITOS" (PDF) . DNV GL . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  15. Anwar y Churcher, p.128
  16. Anwar y Churcher, p.141
  17. ^ a b "Gestión del agua de lastre" . Club Britannia P&I . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  18. ^ Gerhard, William; Lundgreen, Kim; Drillet, Guillaume; Baumler, Raphael; Holbech, Henrik; Gunsch, Claudia (2019). "Instalación y uso de sistemas de tratamiento de agua de lastre - Implicaciones para el cumplimiento y la aplicación" . Gestión de océanos y costas . 181 : 104907. doi : 10.1016 / j.ocecoaman.2019.104907 .
  19. ^ a b "Resumen de MEPC 71: esquema de implementación de la gestión del agua de lastre acordado en principio" . Noticias de envío helénico. Archivado desde el original el 9 de julio de 2017 . Consultado el 7 de julio de 2017 .
  20. Anwar y Churcher, p.167

enlaces externos

  • Texto
  • Página web oficial
  • Implementación del Convenio sobre la gestión del agua de lastre
  • Estado de ratificaciones
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