Departamento de Agricultura v. Moreno , 413 US 528 (1973), fue uncaso de la Corte Suprema de los Estados Unidos que declaró que una disposición de la Ley de Cupones para Alimentos que negaba cupones para alimentos a hogares de "personas no relacionadas" era una violación de la Constitución de los Estados Unidos . El Tribunal sostuvo que esa disposición era irrelevante para el propósito declarado del estatuto y violaba la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda .
Departamento de Agricultura c. Moreno | |
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Disputado el 23 de abril de 1973 Decidido el 25 de junio de 1973 | |
Nombre completo del caso | Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, et al. contra Moreno, et al. |
Citas | 413 US 528 ( más ) 93 S. Ct. 2821; 37 L. Ed. 2d 782; 1973 EE.UU. LEXIS 33 |
Historia del caso | |
Previo | 345 F. Supp. 310 ( DDC 1972). |
Tenencia | |
La disposición de "persona no relacionada" era irrelevante para el propósito declarado de la Ley de Cupones para Alimentos y violaba la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda. | |
Membresía de la corte | |
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Opiniones de casos | |
Mayoria | Brennan, acompañado por Douglas, Stewart, White, Marshall, Blackmun, Powell |
Concurrencia | Douglas |
Disentimiento | Rehnquist, acompañado por Burger |
Leyes aplicadas | |
Const. De EE. UU. enmendar. V ; Ley de Cupones para Alimentos (7 USCS 2012 (e)) |
Fondo
El caso fue presentado por varios grupos de personas; alegaron que cumplían con los requisitos de elegibilidad de ingresos para la asistencia alimentaria federal, pero fueron excluidos del programa únicamente porque las personas de cada grupo no estaban todas emparentadas entre sí.
La elegibilidad para participar en el programa federal de cupones para alimentos se basó en los hogares y no en los individuos. Bajo la Sección 3 (e) de la Ley de Cupones para Alimentos (7 USC 2012 (e)), el término "hogar" se definió para incluir solo los grupos cuyos miembros estaban todos emparentados entre sí.
Los demandantes eran miembros de grupos de personas necesitadas a quienes se les negaron los cupones de alimentos porque los grupos incluían miembros que no estaban todos emparentados entre sí. Por ejemplo, una demandante, una mujer diabética de 56 años, vivía con otra mujer con tres hijos, compartía los gastos de vida y recibía atención médica, y cada mujer recibía un pequeño ingreso mensual de la asistencia pública. Otro demandante, una mujer indigente casada y con tres hijos, acogió a una joven de 20 años, que no era pariente de ellos, porque sentía que tenía problemas emocionales. Otro demandante, cuya hija tenía una deficiencia auditiva aguda y requería instrucción especial en una escuela para sordos, decidió que, para aprovechar al máximo sus recursos limitados, compartiría un apartamento cerca de la escuela con otra mujer, cada una de las cuales era beneficiaria de asistencia pública.
Historia procesal
En una acción de clase en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia , los demandantes solicitaron una medida cautelar y declaratoria contra la ejecución de la disposición sobre personas no relacionadas de §3 (e).
Se convocó a un Tribunal de Distrito de tres jueces y se sostuvo que §3 (e) violó la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda porque creó una clasificación que logró resultados aparentemente no deseados y no era relevante para el propósito declarado de la Ley o justificable por referencia. a un propósito independiente (345 F Supp 310). El Tribunal de Distrito de EE. UU. Para el Distrito de Columbia sostuvo que la limitación de "hogares relacionados" de la §3 de la Ley de Cupones para Alimentos de 1964 , 7 USCS § 2012 (e), no era válida por violar la Cláusula de Debido Proceso de la Quinta Enmienda como creó una clasificación irracional, en violación del componente de igual protección de esa cláusula.
Decisión
Opinión de la mayoría
En una opinión del juez William J. Brennan, Jr. , la Corte Suprema afirmó la decisión de los tribunales inferiores de que la clasificación legal no era válida.
Según el análisis tradicional de igual protección, una clasificación legislativa debe sostenerse si la clasificación en sí está "racionalmente relacionada con un interés gubernamental legítimo". Sin embargo, el Tribunal sostuvo que la clasificación impugnada, que excluye a los miembros del hogar no relacionados, no fomentaba racionalmente el objetivo de prevenir el fraude.
Si bien la Quinta Enmienda no contiene una cláusula de protección igualitaria, prohíbe la discriminación que sea tan injustificable que viole el debido proceso; por lo tanto, no obstante, impone varios requisitos de igual protección al gobierno federal. Esa doctrina se conoce comúnmente como " incorporación inversa " , ya que es esencialmente lo opuesto a " incorporación ", o la aplicación de partes de la Declaración de Derechos (de otra manera aplicable solo al gobierno federal) a los estados a través de la Decimocuarta Enmienda.
Había poca historia legislativa para indicar los propósitos de la disposición de "persona no relacionada" de §3 (e). La historia legislativa que existió mostró que esto tenía la intención de evitar que los "hippies" y las "comunas hippies" participaran en el programa de cupones para alimentos. [1] Sin embargo, el propósito de discriminar a los hippies no puede, por sí solo, ser una justificación suficiente. Aparte de este propósito, el Gobierno argumentó que existía un interés gubernamental legítimo en minimizar el fraude en la administración del programa de cupones para alimentos. Sin embargo, la clasificación actuó para excluir no solo a aquellos que probablemente abusarían del programa, sino también a aquellos que necesitaban la ayuda pero no podían permitirse modificar sus condiciones de vida para mantener su elegibilidad.
El Tribunal sostuvo que la disposición de "persona no relacionada" era irrelevante para el propósito declarado de la Ley de Cupones para Alimentos. Debido a que no funcionó para promover racionalmente la prevención del fraude, no se relacionó racionalmente con la promoción de ningún interés gubernamental legítimo.
Opinión concurrente
El juez William O. Douglas escribió una opinión concurrente. Creía que, dado que la disposición sobre personas no relacionadas de la Sección 3 (e) afectaba los derechos de asociación de las personas de la Primera Enmienda, la clasificación sólo podía sostenerse si se demostraban intereses gubernamentales imperiosos. No creía que se cumpliera el estándar.
Además, la Sección 3 (e) era inconstitucional debido a su discriminación odiosa entre una clase compuesta por personas necesitadas, todas emparentadas entre sí, y otra clase compuesta por hogares que tienen una o más personas no emparentadas con las otras pero con el mismo grado. de necesidad.
Opinión disidente
El juez William H. Rehnquist discrepó de la decisión de la Corte. En una opinión a la que se unió el presidente del Tribunal Supremo Warren E. Burger , creía que la limitación que el Congreso promulgó en §3 (e) podría, a juicio de hombres razonables, negar cupones de alimentos a miembros de hogares formados únicamente con el propósito de aprovechar del programa de cupones para alimentos.
Cuando la Corte hace esta evaluación de "base racional", su objetivo se limita a determinar si existe alguna base racional sobre la cual el Congreso podría haber tomado esta decisión. Presentar argumentos en contra de su supuesta base racional es responsabilidad del Congreso.
Dado que el programa de cupones para alimentos no tenía la intención de ser un subsidio para todas las personas que deseaban alimentos a bajo costo, fue una decisión del Congreso permisible, consistente con la política subyacente de la ley. El hecho de que la limitación tuviera consecuencias desafortunadas, quizás involuntarias, más allá de eso no la convertía en inconstitucional. Debido a que existe una base racional, la ley debe mantenerse como constitucional.
Ver también
- Lyng contra Castillo , 477 US 635 (1986)
Referencias
- ^ Ver HR Conf. Rep. Núm. 91-1793, pág. 8; 116 Cong. Rec. 44439 (1970) (Senador Holanda)
- Departamento de Agricultura c. Moreno , 413 US 528 (1973)
enlaces externos
- Texto del . Departamento de Agricultura v Moreno , 413 EE.UU. 528 (1973) está disponible en: Findlaw Justia Biblioteca del Congreso Oyez (argumento de audio oral)