Una norma imperativa (también llamado jus cogens o ius cogens / ˌ dʒ ʌ s k oʊ dʒ ɛ n z , ˌ j ʌ s / ; [1] América para "Ley convincente") es un principio fundamental de derecho internacional que se acepta por la comunidad internacional de Estados como una norma de la que no se permite ninguna derogación .
No existe un acuerdo universal sobre exactamente qué normas son jus cogens ni cómo una norma alcanza ese estatus, pero en general se acepta que el jus cogens prohíbe el genocidio , la piratería marítima , la esclavitud en general (es decir, la esclavitud y la trata de esclavos ), las guerras de agresión. y engrandecimiento territorial , tortura y devolución . [2] Los dos últimos están evolucionando y son controvertidos, ya que se basan principalmente en la definición de tortura en lo que respecta a la sentencia penal. Si la sentencia no es cruel, inhumana o degradante, pero se imponen condenas arbitrarias o desproporcionadas, entonces el estadoLa devolución , cuando se limita a la devolución de solicitantes de asilo sin fundamento, aún puede llevarse a cabo legalmente en muchos de esos países que se encuentran en desarrollo jurídico, como los que carecen de una separación clara de poderes , con un riesgo relativamente elevado de persecución política y denuncias de juicios injustos .
Situación de las normas imperativas en el derecho internacional
A diferencia del derecho consuetudinario ordinario , que tradicionalmente ha exigido el consentimiento y permite la alteración de sus obligaciones entre estados a través de tratados , las normas imperativas no pueden ser violadas por ningún estado "mediante tratados internacionales o costumbres locales o especiales o incluso normas consuetudinarias generales no dotadas de las mismas fuerza normativa ". [3]
Las discusiones sobre la necesidad de tales normas se remontan tan lejos como 1758 (en Vattel del derecho de gentes ) y 1764 (en Christian Wolff 's derecho de gentes ), claramente enraizada en los principios de la ley natural . Pero fueron las sentencias de la Corte Permanente de Justicia Internacional las que señalan la existencia de tal norma perentoria, en el caso SS Wimbledon en 1923, sin mencionar explícitamente las normas perentorias pero afirmando que la soberanía estatal no es inalienable. [4]
Según el artículo 53 de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados , cualquier tratado que entre en conflicto con una norma imperativa es nulo. [5] El tratado permite la aparición de nuevas normas imperativas, [6] pero no especifica ninguna norma imperativa. Sí menciona la prohibición de la amenaza del uso de la fuerza y del uso de la coacción para concluir un acuerdo:
Un tratado es nulo si, en el momento de su celebración, entra en conflicto con una norma imperativa de derecho internacional general. A los efectos de la presente Convención, una norma imperativa de derecho internacional general es una norma aceptada y reconocida por la comunidad internacional de Estados en su conjunto como una norma de la que no se permite ninguna derogación y que sólo puede ser modificada por una norma posterior de derecho internacional general que tenga el mismo carácter. [7]
El número de normas imperativas se considera limitado pero no catalogado exclusivamente. No están enumerados ni definidos por ningún organismo autorizado, sino que surgen de la jurisprudencia y de las actitudes sociales y políticas cambiantes. Generalmente se incluyen las prohibiciones de librar una guerra de agresión , crímenes de lesa humanidad , crímenes de guerra , piratería marítima , genocidio , apartheid , esclavitud y tortura . Como ejemplo, los tribunales internacionales han sostenido que es inadmisible que un estado adquiera territorio a través de la guerra. [8] [3] También se ha discutido si las normas imperativas pueden abarcar ciertas prohibiciones de contaminación [9] como se vio en el caso Gabčíkovo-Nagymaros llevado ante la corte internacional de justicia, que, sin embargo, fue rechazada. [10]
A pesar del peso aparentemente claro de la condena de tales prácticas, algunos críticos no están de acuerdo con la división de las normas legales internacionales en una jerarquía. También existe desacuerdo sobre cómo se reconocen o establecen tales normas. El concepto relativamente nuevo de normas imperativas parece estar en desacuerdo con la naturaleza tradicionalmente consensual del derecho internacional considerado necesario para la soberanía estatal .
Algunas normas imperativas definen los delitos que se consideran ejecutables no solo contra los Estados sino también contra las personas. Eso se ha aceptado cada vez más desde los juicios de Nuremberg (la primera aplicación en la historia mundial de las normas internacionales sobre los individuos) y ahora podría considerarse indiscutible. Sin embargo, el lenguaje de las normas imperativas no se utilizó en relación con estos juicios; más bien, la base de la criminalización y el castigo de las atrocidades nazis era que la civilización no podía tolerar que fueran ignoradas porque no podía sobrevivir a que se repitieran.
A menudo hay desacuerdos sobre si un caso particular viola una norma imperativa. Como en otras áreas del derecho, los estados generalmente se reservan el derecho de interpretar el concepto por sí mismos.
Muchos estados grandes han aceptado este concepto. Algunos de ellos han ratificado la Convención de Viena, mientras que otros han declarado en sus declaraciones oficiales que aceptan la Convención de Viena como "codificatoria". Algunos han aplicado el concepto en sus tratos con organizaciones internacionales y otros estados.
Ejemplos de
Ejecución de menores infractores
El caso de Michael Domingues v. Estados Unidos proporciona un ejemplo de la opinión de un organismo internacional de que una norma en particular es de naturaleza jus cogens . Michael Domingues había sido declarado culpable y condenado a muerte en Nevada , Estados Unidos, por dos asesinatos cometidos cuando tenía 16 años. Domingues llevó el caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que emitió un informe no vinculante desde el punto de vista jurídico. [11] Estados Unidos argumentó que no existía una norma de jus cogens que "estableciera los dieciocho años como la edad mínima a la que un delincuente puede recibir una sentencia de muerte". [11] La Comisión concluyó que existía una " norma de jus cogens para no imponer la pena capital a las personas que cometieron sus delitos cuando aún no habían cumplido los 18 años de edad". [12]
Posteriormente, Estados Unidos prohibió la ejecución de delincuentes juveniles. Aunque no necesariamente en respuesta al informe no vinculante anterior, la Corte Suprema citó la evolución de las normas internacionales como una de las razones de la prohibición ( Roper v. Simmons ).
Tortura
La prohibición de la tortura es una norma de derecho internacional consuetudinario considerada ius cogens . [13] El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia declaró en el Fiscal c. Furundžija que existe un jus cogens para la prohibición de la tortura. [3] También afirmó que todo Estado tiene derecho a "investigar, juzgar y sancionar o extraditar a las personas acusadas de tortura, que se encuentren en un territorio bajo su jurisdicción". [14]
Por tanto, existe jurisdicción universal sobre la tortura.
También en las jurisdicciones nacionales ( Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos ), el motivo de esto es que "el torturador se ha convertido, como el pirata y el comerciante de esclavos antes que él, hostis humani generis , un enemigo de toda la humanidad". [15]
Ver también
- Actio popularis
- Cláusula arraigada
- Erga omnes
- Lista de tratados por número de partes
- Jurisdicción universal
Referencias
- ^ "Jus cogens | Definición de jus cogens en inglés por los diccionarios de Oxford" .
- ^ M. Cherif Bassiouni. (Otoño de 1996) "Crímenes internacionales: 'Jus Cogens' y 'Obligatio Erga Omnes ' ". Derecho y problemas contemporáneos . Vol. 59, núm. 4, pág. 68.
- ^ a b c Fiscal contra Furundžija , Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia, 2002, 121 International Law Reports 213 (2002)
- ^ Cherif Bassiouni. 2011. Crímenes de lesa humanidad: evolución histórica y aplicación contemporánea . Nueva York: Cambridge University Press, pág. 266. Véase también el caso de Wimbledon, p. 25.
- ^ Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, artículo 53, 23 de mayo de 1969, 1155 UNTS 331, 8 International Legal Materials 679 (1969)
- ^ Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, artículo 64, 23 de mayo de 1969, 1155 UNTS 331, 8 International Legal Materials 679 (1969)
- ^ UN Doc. A / CONF.39 / 27 (1969), repintado en 63 Am. J. Int'l L. 875 (1969).
- ^ Marc Bossuyt y Jan Wouters (2005). Grondlijnen van internationaal recht , Intersentia, Amberes, etc., pág. 92.
- ^ Aplicación de la legislación marítima internacional sobre la contaminación del aire a través de la CONVEMAR (parte IV cap. 16-18) por Jesper Jarl Fanø. Hart Publishing (2019). ISBN 9781509927760)
- ^ Caso del proyecto Gabčíkovo-Nagymaros (Hungría contra Eslovaquia) [1997] ICJ Rep 7, párr. 97
- ^ a b El caso Michael Domingues: Argumento de los Estados Unidos, Oficina del Asesor Jurídico, Departamento de Estado de los Estados Unidos , Recopilación de la práctica estadounidense en derecho internacional 2001 , págs. 303, 310–313
- ^ Caso Michael Domingues: Informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe No. 62/02, Fondo, Caso 12.285 (2002)
- ^ Corte Internacional de Justicia , Cuestiones relativas a la obligación de juzgar o extraditar (Bélgica contra Senegal), Sentencia de 20 de julio de 2012, § 99; Tribunal Europeo de Derechos Humanos , Al-Adsani c. Reino Unido [GC], núm. 35763/97, § 60, ECHR 2001 XI.
- ^ Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY), Fiscal c. Anto Furundzija (Sentencia de primera instancia), (IT-95-17 / 1-T), 10 de diciembre de 1998, §§ 144 y 153-57.
- ^ Filártiga contra Peña-Irala , 630 F. 2d 876 (2d Cir. 1980).
enlaces externos
- Jus cogens (bibliografía)