Márquez v. Screen Actors Guild Inc.


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Márquez v. Screen Actors Guild Inc. , 525 US 33 (1998), fue unadecisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos que involucraba la validez de un contrato de taller sindical . [1]

Fondo

La peticionaria Naomi Marquez es una actriz a tiempo parcial que audicionó con éxito para un papel de una sola línea en Medicine Ball , una serie de televisión producida por Lakeside Productions. De conformidad con el acuerdo sindical que Lakeside Productions tenía con el Screen Actors Guild (SAG), Lakeside se comunicó con el SAG para verificar que Márquez cumpliera con los requisitos de la cláusula de seguridad sindical.

Resulta que Márquez había trabajado anteriormente en la industria cinematográfica durante más de 30 días, por lo que se activó la cláusula de seguridad sindical y Márquez tuvo que pagar las cuotas sindicales antes de poder trabajar en Lakeside.

La peticionaria trató de negociar con el SAG que le permitiría pagar las cuotas sindicales después de que terminara su trabajo con Lakeside. Las negociaciones no dieron lugar a ningún compromiso. El día en que se suponía que se filmaría el papel, Márquez todavía no había pagado las cuotas y cuotas sindicales. Lakeside contrató a otra actriz para que hiciera el papel. En algún momento después, el SAG envió por fax una carta a Lakeside diciéndole que no tenía objeciones a que el peticionario trabajara en la producción, pero era demasiado tarde para que la filmación ya había comenzado según lo programado con la actriz de reemplazo.

El peticionario presentó una demanda contra el SAG y Lakeside alegando que habían incumplido su deber de representación justa al negociar y hacer cumplir una cláusula de seguridad sindical que utilizaba el lenguaje de la NLRA § 8 (a) (3) pero que no incluía los fallos ni la explicación del Tribunal. de derechos en los términos del acuerdo para engañar intencionalmente a los trabajadores dentro del sindicato.

La cuestión era si un sindicato incumple su deber de representación justa al negociar una cláusula de seguridad sindical que utiliza un lenguaje legal sin articular la interpretación de la Corte de ese lenguaje.

Opinión de la Corte

La Corte negó unánimemente el reclamo de Márquez. [2]

El Tribunal dijo que el lenguaje estatutario incorpora todos los refinamientos asociados con el lenguaje, es una descripción abreviada de los derechos legales del trabajador. El Tribunal explicó que si se usaba la lógica del peticionario, no habría un punto de parada porque todos los contratos tendrían que detallar cada detalle de cada término del contrato. Los contratos se volverían así masivos y, sin embargo, no habría ningún beneficio real del aumento de masa. El Tribunal decidió que era perfectamente razonable que el sindicato utilizara los términos del arte en un contrato.

NLRB v. General Motors Corp .: Un empleado puede cumplir con lacondición de "membresía" § 8 (a) (3) de la NLRA simplemente pagando al sindicato una cantidad equivalente a sus cuotas y cuotas de iniciación.

Communications Workers of America v. Beck : NLRA § 8 (a) (3) no permite que los sindicatos impongan honorarios o cuotas sobre la objeción de los no miembros por actividades que no están relacionadas con la negociación colectiva, el ajuste de quejas o la administración de contratos.

Referencias

  1. ^ Márquez v. Screen Actors Guild Inc. , 525 U.S. 33 (1998).
  2. ^ https://www.oyez.org/cases/1990-1999/1998/1998_97_1056