Fuero


Fuero ( español:  [ˈfweɾo] ), Fur ( catalán:  [ˈfur] ), Foro ( gallego:  [ˈfɔɾʊ] ) o Foru ( vasco:  [foɾu] ) es un término y concepto legal español . La palabra proviene del latín foro , un espacio abierto utilizado como mercado, tribunal y lugar de encuentro. La misma raíz latina es el origen de lostérminos franceses para y foire , y lostérminos portugueses foro y foral.; todas estas palabras tienen significados relacionados, pero algo diferentes.

El término español fuero tiene una amplia gama de significados, dependiendo de su contexto. Ha significado una recopilación de leyes, especialmente de ámbito local o regional; un conjunto de leyes específicas de una clase o estado identificado (por ejemplo, fuero militar , comparable a un código de justicia militar, o fuero eclesiástico , específico de la Iglesia Católica Romana ). En muchos de estos sentidos, su equivalente en la Inglaterra medieval sería el custumal .

En el siglo XX, el régimen de Francisco Franco utilizó el término fueros para varias de las leyes fundamentales . El término implicaba que no se trataba de constituciones sujetas a debate y cambio por parte de un pueblo soberano, sino a órdenes de la única fuente legítima de autoridad, como en la época feudal.

Fuero se remonta a laépoca feudal : el señor podía conceder o reconocer un fuero a determinados grupos o comunidades, sobre todo la Iglesia Católica Romana , los militares y determinadas regiones que caían bajo la misma monarquía que Castilla o, más tarde, España , pero no estaban plenamente integrados en esos países.

Las relaciones entre los fueros , otros cuerpos de derecho (incluido el papel de precedente) y la soberanía es un tema polémico que influye en el gobierno y el derecho en la actualidad. El rey de León, Alfonso V , decretó el Fuero de León (1017), considerado las primeras leyes que regían la vida territorial y local, en su aplicación a todo el reino, con determinadas disposiciones para la ciudad de León. Las distintas provincias vascas también consideraron en general sus fueros como una constitución municipal . Este punto de vista fue aceptado por algunos otros, incluido el presidente de los Estados Unidos, John Adams . Citó los fueros vizcaínos como precedente de la Constitución de los Estados Unidos . (Adams, Defensa… , 1786) [1] Esta visión considera a los fueros como un otorgamiento o reconocimiento de derechos . En el punto de vista contrario, los fueros eran privilegios otorgados por un monarca . En la carta Adams también comentaba la sustancial independencia de las familias hereditarias vascas Jauntxo como origen de sus privilegios.

En la práctica, los distintos fueros para clases, haciendas, pueblos o regiones específicas generalmente surgieron de la política del poder feudal. Algunos historiadores creen que los monarcas se vieron obligados a ceder algunas tradiciones a cambio del reconocimiento general de su autoridad, que los monarcas otorgaron fueros para recompensar la sujeción leal, o (especialmente en el caso de ciudades o regiones) el monarca simplemente reconoció distintas tradiciones legales.


Fernando el Católico confirma los fueros de Bizkaia en Guernica en 1476
El rey Jaime I de Aragón recibe de manos de Vidal de Canyelles, obispo de Huesca , la primera recopilación de las Furs d'Aragó (los "Fueros de Aragón"), 1247
Fuero o recopilación de leyes de Bizkaia (siglo XVI)
Recopilación de Fueros y Actos de Aragón (1592)
España en 1850, con los colores que representan las diferentes bailiwicks
Representación satírica española contra los fueros encarnados en el Árbol de Gernika