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Minoría Tratados [a] se refieren a los tratados , Liga de los mandatos de las Naciones , [1] y las declaraciones unilaterales [2] realizados por los países candidatos a la adhesión en la Liga de las Naciones y las Naciones Unidas. La mayoría de los tratados entraron en vigor como resultado de la Conferencia de Paz de París .

Los tratados confieren derechos básicos a todos los habitantes del país sin distinción de nacimiento, nacionalidad, idioma, raza o religión y protegen los derechos de todos los nacionales del país que difieran en raza, religión o idioma de la mayoría de los habitantes de el país. El país en cuestión tenía que reconocer las cláusulas del tratado: como leyes fundamentales del estado; y como obligaciones de interés internacional puestas bajo la garantía de la Liga de Naciones, o Naciones Unidas. [3]

Antecedentes [ editar ]

La protección de los derechos religiosos y de las minorías ha sido un asunto de interés internacional y objeto de protección desde los días de la Paz de Westfalia. [4] El Tratado de Berlín de 1878 tenía un nuevo tipo de disposición que protegía a las minorías en los Balcanes y el reconocimiento de la Gran Potencia de los nuevos estados independientes estaba nominalmente condicionado a la promesa de garantías de libertades religiosas y cívicas para las minorías religiosas locales. La historiadora Carol Fink sostiene:

las cláusulas impuestas sobre los derechos de las minorías se convirtieron en requisitos no solo para el reconocimiento sino también, como en los casos de Serbia, Montenegro y Rumania, condiciones para recibir concesiones territoriales específicas. [5]

Fink informa que estas disposiciones generalmente no se aplicaron; no existía ningún mecanismo adecuado y las grandes potencias tenían poco interés en hacerlo. Las protecciones fueron parte del Tratado de Versalles en 1919 y se hicieron cada vez más importantes después de la Segunda Guerra Mundial. [6]

En la Conferencia de Paz de París, el Consejo Supremo estableció el "Comité sobre nuevos Estados y para la protección de las minorías". Todos los nuevos estados sucesores se vieron obligados a firmar tratados de derechos de las minorías como condición previa para el reconocimiento diplomático. Se acordó que aunque los nuevos Estados habían sido reconocidos, no habían sido "creados" antes de las firmas de los Tratados de Paz definitivos. [7] Clemenceau señaló en un aide-mémoire adjunto al tratado polaco que las protecciones de las minorías eran consistentes con el precedente diplomático:

Este tratado no constituye una nueva salida. Ha sido durante mucho tiempo el procedimiento establecido del derecho público de Europa que cuando se crea un Estado, o cuando se hacen grandes accesiones de territorio a un Estado establecido, el reconocimiento conjunto y formal de las Grandes Potencias debe ir acompañado del requisito de que esos Estados, en forma de convención internacional vinculante, deberían comprometerse a cumplir determinados principios de gobierno. A este respecto, debo recordar para su consideración el hecho de que es a los esfuerzos y sacrificios de las Potencias en cuyo nombre me dirijo a ustedes que la nación polaca debe la recuperación de su independencia. Es por su decisión que se restaura la soberanía polaca sobre los territorios en cuestión,y que los habitantes de estos territorios están siendo incorporados a la nación polaca ... Por lo tanto, sobre estas Potencias descansa la obligación, que no pueden eludir, de asegurar en la forma más permanente y solemne garantías para ciertos derechos esenciales que serán proporcionar a los habitantes la protección necesaria, independientemente de los cambios que se produzcan en la constitución interna del Estado polaco.

-  [8]

Los nuevos tratados dieron a las minorías el derecho de apelar directamente a la Liga o la Asamblea General de la ONU. En el caso de los Mandatos y el Plan de Partición de la ONU para Palestina, las cláusulas transaccionales establecen la jurisdicción de la Corte Internacional. [9] Las potencias victoriosas intentaron asegurar el desarrollo estable de la región entre la derrotada Alemania y la Rusia soviética , una región caracterizada por la existencia de muchos grupos étnicos y el surgimiento de nuevas naciones. La idea detrás de los Tratados de las Minorías era que al someter a esos países al escrutinio de otros y a la amenaza de sanción e intervención desde el organismo internacional recién creado, la Sociedad de Naciones, se protegerían los derechos de las minorías.

Al igual que con la mayoría de los principios adoptados por la Liga, los Tratados de las Minorías eran parte del enfoque idealista wilsoniano de las relaciones internacionales y, al igual que con la Liga misma, los Tratados de las Minorías fueron cada vez más ignorados por los respectivos gobiernos, y todo el sistema se derrumbó en su mayor parte. a finales de la década de 1930. A pesar del fracaso político, siguieron siendo la base del derecho internacional. Después de la Segunda Guerra Mundial, los principios legales se incorporaron a la Carta de las Naciones Unidas y una serie de tratados internacionales de derechos humanos.

Muchas normas de derecho internacional y prácticas consuetudinarias desarrolladas en los años de entreguerras por la Sociedad de Naciones todavía se utilizan en la actualidad. Los procedimientos para manejar asuntos intraestatales e interétnicos incluyen supervisión internacional, uniones económicas regionales, protección de minorías, plebiscitos y partición territorial. Los Planes de Partición de Palestina y Bosnia [ aclaración necesaria ] y la práctica de la Unión Europea son ejemplos modernos de condicionar el reconocimiento de la condición de Estado a los derechos humanos, la democracia y las garantías de protección de las minorías. [10]

Tratados bilaterales [ editar ]

Hubo varios Tratados de Minorías bilaterales , cada uno firmado entre uno de los países en cuestión y la Liga. Los tratados fueron firmados entre la Liga y algunas de las naciones recién establecidas: Polonia , Yugoslavia (también conocida entonces como el Reino de los serbios, croatas y eslovenos ), Checoslovaquia . También se impusieron tratados similares a Grecia y Rumanía aliada por la Entente a cambio de su ampliación territorial, y a algunas de las naciones derrotadas en la Primera Guerra Mundial ( Hungría , Austria , Bulgaria , Turquía). Al mismo tiempo, se convenció a Albania , Lituania , Estonia , Letonia y, fuera de Europa, el Iraq para que aceptaran las obligaciones de las minorías como parte de los términos de su admisión a la Sociedad de Naciones. [11]

El tratado polaco (firmado en junio de 1919, como el primero de los Tratados de las Minorías, y que sirve como modelo para los posteriores) [12] se conoce a menudo como el Pequeño Tratado de Versalles o el Tratado de la Minoría polaca ; los tratados de Austria, Checoslovaquia y Yugoslavia se denominan Tratado de St Germain-en-Laye (1919); [13] el tratado rumano como el Tratado de París (1919) , el griego como el Tratado de Sèvres (1920); el húngaro como el Tratado de Trianon (1920), el búlgaro como el Tratado de Neuilly-sur-Seine (1919) y el turco como el Tratado de Lausana(1923). [11] En la mayoría de los casos anteriores, los tratados de minorías fueron sólo uno de los muchos artículos de los tratados antes mencionados.

Lista de declaraciones unilaterales [ editar ]

  • Declaración del gobierno de Albania, emitida el 2 de octubre de 1921. [14]
  • Declaración del gobierno de Letonia, emitida el 19 de julio de 1923, escuchada por el Consejo de la Liga el 11 de septiembre de 1923. [15]
  • Declaración del gobierno de Lituania, emitida el 12 de mayo de 1922. [16]
  • Declaración del gobierno de Bulgaria, emitida el 29 de septiembre de 1924. [17]
  • Declaración del gobierno de Grecia, emitida el 29 de septiembre de 1924. [18]

Lista de tratados bilaterales [ editar ]

  • Tratado entre Austria y Checoslovaquia, concluido el 7 de junio de 1920. Se intercambiaron ratificaciones en Viena el 10 de marzo de 1921. Registrado en la Serie de Tratados de la Liga de las Naciones el 29 de marzo de 1921. [19] Complementado con un protocolo adicional relativo a Carlsbad el 23 de agosto de 1920. [20]
  • Acuerdo germano-polaco sobre Silesia Oriental (también llamado Convenio de Ginebra ), concluido el 15 de mayo de 1922. El tratado trataba sobre el futuro constitucional y legal de la Alta Silesia, que en parte se convirtió en territorio polaco después del plebiscito de Alta Silesia del 20 de marzo de 1921. [21]

Lista de tratados multilaterales [ editar ]

  • Tratado entre las principales potencias aliadas y asociadas y Polonia (28 de junio de 1919);
  • Tratado entre las principales potencias aliadas y asociadas y Checoslovaquia (10 de septiembre de 1919)
  • Tratado entre las principales potencias aliadas y asociadas y el Reino de los serbios, croatas y eslovenos (10 de septiembre de 1919)
  • Tratado entre las principales potencias aliadas y asociadas y Grecia (10 de agosto de 1920) [22]
  • Tratado entre las principales potencias aliadas y asociadas y Rumania, firmado en París el 9 de diciembre de 1919 y entró en vigor el 16 de julio de 1920. Ratificado por el gobierno británico el 12 de enero de 1921, por el gobierno japonés el 25 de enero de 1921 y por el gobierno italiano el 3 de marzo de 1921. Registrado en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones el 21 de julio de 1921. [23]

Sistema [ editar ]

Los Tratados de las Minorías fueron la base del sistema de minorías de la Liga. Su objetivo era proteger a las minorías sin alienar a la mayoría de la población de los países. El procedimiento se centró en el Consejo de la Liga (y no en la Asamblea más abarcadora) que tenía el derecho y la obligación de presentar denuncias por violaciones de los tratados. Los miembros individuales del Consejo tenían el privilegio único de incluir quejas en la agenda, incluso a través de las peticiones que podían enviarse desde cualquier fuente. [24]Sin embargo, la mayoría de los casos nunca fueron manejados por el consejo. Antes de llegar al Consejo, la petición pasó por: la sección minoritaria de la Secretaría que seleccionó las peticiones según algunos criterios (prohibición de lenguaje violento, integridad del Estado, denuncias sobre violaciones específicas ...), intentó una primera mediación y pidió para información complementaria; el comité especial de tres que fue designado por el consejo y tenía la facultad de:

  1. desestimar la petición;
  2. probando una segunda etapa de mediación
  3. presentar la pregunta al Consejo, que tuvo la oportunidad de buscar un acuerdo final entre las partes. [22] Si el gobierno acusado y la Liga no podían llegar a un compromiso satisfactorio, la decisión final se remitía a la Corte Permanente de Justicia Internacional (la mayoría de los casos se resolvieron mediante negociaciones entre los gobiernos afectados antes de la intervención de la Corte Internacional). [24]

Importancia [ editar ]

Los tratados de minorías, reconocidos como los primeros tratados de minorías de la historia, [24] fueron un paso importante en la protección de las minorías y el reconocimiento de los derechos humanos , y llevaron el tema a un foro internacional. En ellos, por primera vez, los estados y las comunidades internacionales reconocieron que hay personas que viven fuera de la protección legal normal y que requerían una garantía adicional de sus derechos elementales por parte de un organismo externo, ya que la protección dentro de los estados individuales puede no ser suficiente. [11] [24] Entre las cuestiones resueltas con éxito por los Tratados de las Minorías se encontraba la crisis de Åland . [11]

No obstante, los tratados también fueron objeto de críticas pasadas y presentes. Los países sujetos a los tratados lo vieron como una limitación de su soberanía y una violación de su derecho a la autodeterminación , ya que se permitió a la Liga influir en la política nacional, religiosa y educativa de esos países, y sugirió que no eran lo suficientemente competentes para ocuparse de sus asuntos. asuntos internos. Otras críticas se centraron en que los tratados no eran obligatorios para los países establecidos (como Francia, Alemania, Reino Unido o Rusia). Los países occidentales, que dictaron los tratados después de la Primera Guerra Mundial, vieron que las salvaguardas de las minorías eran innecesarias para ellos y confiaban en que podrían cumplir con el "estándar de la civilización". [11]No se confiaba en que respetaran esos derechos los nuevos países de Europa central y oriental y, por supuesto, la Rusia bolchevique , todavía en plena revolución rusa , era un caso aparte.

Esta desigualdad ofendió aún más a los países más pequeños. Finalmente, esta desigualdad también significó que los derechos de las minorías no fueran vistos como un derecho universal; se trataba exclusivamente de una cuestión de política exterior y, por lo tanto, las poblaciones que no tenían un estado que respaldara sus reclamos estaban relativamente en desventaja en comparación con las que estaban respaldadas por un estado o un grupo de intereses poderosos. [11] [24] [25]

Con el declive de la Sociedad de Naciones en la década de 1930, los tratados se consideraban cada vez más inaplicables e inútiles. El Consejo de la Liga, encargado de hacer cumplir los diversos tratados de las minorías, a menudo no actuaba sobre las quejas de las minorías. Había una regla no escrita que las políticas estatales dirigidas a la asimilación cultural de las minorías debían ser ignoradas como el "mal menor" con respecto a los derechos consagrados en los Tratados de Minorías cuando se consideraba que esas políticas garantizaban la estabilidad interna del estado en cuestión.

Cuando el Consejo sí revisó los casos, las revisiones estuvieron comúnmente dominadas por los países cuyos grupos étnicos se vieron afectados y que intentaron no solo resolver el problema del maltrato a sus minorías, sino también marcar otros objetivos políticos en la escena internacional, a veces incluso sacrificando la propia situación. minoría en cuestión (se reconoce que los gobiernos de Alemania y Hungría son los que más abusaron del sistema). Además, por supuesto, la Liga, al carecer de su propio ejército, no podía obligar a ningún estado a adherirse a sus recomendaciones. [11] [24]

Incluso antes de que Adolf Hitler tomara el control de Alemania en 1933, los problemas con los Tratados de las Minorías eran evidentes. Varios gobiernos europeos continuaron abusando de las minorías, estas últimas protestaron en voz alta, sus quejas fueron explotadas por partes interesadas con motivos ocultos y la Liga interfirió lo menos posible. [24] El sistema sufrió un aparente golpe mortal con el rechazo de Polonia de su tratado en 1934.

Interés renovado [ editar ]

El juez Sir Hersch Lauterpacht explicó la eficacia jurídica del funcionamiento de este sistema de tratados de protección de las minorías. Señaló la determinación de la Corte de desalentar la evasión de estas obligaciones internacionales y su reiterada afirmación de

el principio evidente del derecho internacional de que un Estado no puede invocar su derecho interno como motivo del incumplimiento de sus obligaciones internacionales.

-  [26]

Las Naciones Unidas establecieron un sistema formal de protección de los derechos de las minorías como parte integral del Plan para el futuro gobierno de Palestina . [27] [28]

El estado de los tratados fue cuestionado por la Secretaría de las Naciones Unidas en 1950, pero un actual presidente-relator del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre las Minorías advirtió posteriormente que ningún órgano competente de las Naciones Unidas había tomado una decisión que extinga las obligaciones derivadas de esos instrumentos. Añadió que era dudoso que las Naciones Unidas pudieran hacerlo. La disposición de que "No se hará discriminación de ningún tipo entre los habitantes por motivos de raza, religión, idioma o sexo". está consagrado en una multitud de convenciones internacionales de derechos humanos y en la propia Carta de las Naciones Unidas. [29]

Li-ann Thio, profesora de derecho internacional y de derechos humanos en la Universidad Nacional de Singapur, señaló que muchas normas de derecho internacional y prácticas consuetudinarias desarrolladas en los años de entreguerras por la Liga de las Naciones todavía se utilizan en la actualidad. Ella abordó específicamente los procedimientos para manejar asuntos intraestatales e interétnicos a través de (1) supervisión internacional, (2) integración supranacional, (3) protección de minorías, (4) plebiscitos y (5) particiones. Citó los Planes de Partición de Palestina y Bosnia [ aclaración necesaria ] y la práctica europea de la década de 1990 como ejemplos de condicionamiento del reconocimiento de la condición de Estado a los derechos humanos, la democracia y las garantías de protección de las minorías. [10]

La Corte Internacional de Justicia realizó un análisis jurídico de la situación del territorio de Palestina a fin de determinar la ley aplicable, antes de tratar de establecer si esa ley había sido violada. El Tribunal dijo que además de las garantías generales de libertad de circulación previstas en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, debían tenerse en cuenta las garantías específicas de acceso a los lugares sagrados cristianos, judíos e islámicos. Observó que los derechos religiosos y de las minorías habían sido garantizados internacionalmente por el artículo 62 del Tratado de Berlín, de 13 de julio de 1878, y observó que esos "derechos existentes"se había conservado de conformidad con las disposiciones de salvaguardia del artículo 13 del Mandato de la Sociedad de Naciones y un capítulo de la resolución 181 (II) de la Asamblea General sobre el futuro gobierno de Palestina.[30]

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas reconoció la urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados. También señaló que los derechos afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos entre Estados y pueblos indígenas son, en algunas situaciones, asuntos de interés, responsabilidad y carácter internacional. En muchos casos, los tratados de derechos de las minorías prevén el arbitraje y otorgan jurisdicción a la Corte Internacional de Justicia para resolver disputas.

Ver también [ editar ]

  • Historia diplomática de la Primera Guerra Mundial
  • Relaciones internacionales de las grandes potencias (1814-1919)
  • Relaciones internacionales (1919-1939)
  • Tratado de Berlín (1878) : otorga derechos especiales y protección a algunas minorías bajo el Imperio Otomano.
  • Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) - declaración de las Naciones Unidas , sucesora de la Liga de Naciones

Notas [ editar ]

a ^ A veces también conocidos como los tratados sobre la protección de las minorías nacionales o los tratados de protección de las minorías ; el término tratados de minorías es el más conciso de muchos nombres y se utiliza después de Dugdale y Bewes (1926). Los nombres de tratados específicos que afectan a varios países varían de un caso a otro.

Referencias [ editar ]

  1. En el caso de África sudoccidental, la Corte Internacional de Justicia señaló que los mandatos siempre se consideraron tratados o convenciones. Véase International Law Reports , Elihu Lauterpacht, Cambridge University Press, 1971, ISBN  0-521-46382-3 , pág. 93
  2. En el caso de las escuelas albanesas, la Corte Permanente de Justicia Internacional sostuvo que las declaraciones hechas ante el Consejo de la Liga equivalían a un tratado. Véase International Human Rights in Context , Henry J. Steiner, Philip Alston, Ryan Goodman, Oxford University Press US, 2008, ISBN 0-19-927942-X , página 100 
  3. ^ Rosting, Helmer (1923). "Protección de las minorías por la Sociedad de Naciones". La Revista Estadounidense de Derecho Internacional . Sociedad Americana de Derecho Internacional . 17 (4): 641–60. doi : 10.2307 / 2188655 . ISSN 2161-7953 . JSTOR 2188655 .   y la Resolución 181 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Parte I. - Futura Constitución y Gobierno de Palestina, C. Declaración, Capítulo 4: Disposiciones varias
  4. ^ Ensayos sobre organización y derecho internacional, Leo Grossman, BRILL, 1984, ISBN 0-941320-15-4 , página 5 
  5. ^ Carole Fink, Defendiendo los derechos de los demás: las grandes potencias, los judíos y la protección de las minorías internacionales (2004), p. 37.
  6. ^ Jennifer Jackson Preece, "Derechos de las minorías en Europa: de Westfalia a Helsinki". Revisión de estudios internacionales 23 # 1 (1997): 75-92.
  7. ^ Oscar I. Janowsky, Los judíos y los derechos de las minorías (1898-1919) (Columbia University Press, 1933), p. 342.
  8. ^ Stephen D. Krasner, Soberanía (Princeton UP, 1999 , págs. 92-93.
  9. ^ Resumen del trabajo de la Liga de Naciones, enero de 1920-marzo de 1922, Unión de la Liga de Naciones, 1922, p. 4 y la Resolución 181 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Parte I. - Futura Constitución y Gobierno de Palestina, C. Declaración archivada el 29 de octubre de 2006 en Wayback Machine.
  10. ^ a b ver la discusión en las págs. 97-98 y la nota al pie 353 en Managing Babel: The International Legal Protection of Minorities in the Twentieth Century , Li-ann Thio, Martinus Nijhoff Publishers, 2005 ISBN 90-04-14198-7 
  11. ^ a b c d e f g Jennifer Jackson Preece, Derechos de las minorías en Europa: de Westfalia a Helsinki . Revista de estudios internacionales, 1997, vol. 23, núm. 1, págs. 1-18.
  12. ^ Aimee Genell, " ¿Fueron los tratados de las minorías un fracaso? Archivado el 11 de junio de 2007en la Wayback Machine " - Revisión de H-net 2005 de Carole Fink. 2004. Defendiendo los derechos de los demás: las grandes potencias, los judíos y la protección de las minorías internacionales . Prensa de la Universidad de Cambridge. ISBN 978-0-521-83837-5 
  13. ^ Moos, Carlo (2017), "Südtirol im St. Germain-Kontext", en Georg Grote y Hannes Obermair (ed.), Una tierra en el umbral. Transformaciones del Tirol del Sur, 1915-2015 , Oxford-Berna-Nueva York: Peter Lang, págs. 27-39, ISBN 978-3-0343-2240-9
  14. ^ Texto en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 9. págs. 174-179
  15. ^ Lamey B. Die Minderheiten en Lettland. Riga, Berlín: Bernhard Lamey-Verlag, 1931, S. 39
  16. ^ Texto en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 22, págs.394-399
  17. ^ Texto en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 29, págs. 118-121.
  18. ^ Texto en la Serie de Tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 29, págs. 124-127.
  19. ^ Serie de tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 3, págs.190-224
  20. ^ Serie de tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 3, págs. 226-232.
  21. ^ Texto completo del acuerdo germano-polaco sobre Silesia Oriental (francés / alemán)
  22. ↑ a b Giuseppe Motta, Menos naciones. Minorías de Europa central y oriental después de la Primera Guerra Mundial, vol. 1; http://www.cambridgescholars.com/download/sample/59407
  23. ^ Serie de tratados de la Sociedad de Naciones , vol. 5, págs.336-353
  24. ^ a b c d e f g Carole Fink, "La cuestión de las minorías en la Conferencia de Paz de París", en El Tratado de Versalles: una reevaluación después de 75 años , Manfred Franz Boemeke, Gerald D. Feldman, Elisabeth Gläser (eds.), Cambridge University Press, 1998, ISBN 0-521-62132-1 , Google Print - p. 249 en adelante 
  25. ^ Boris Tsilevich, Ampliación de la UE y protección de las minorías nacionales: oportunidades, mitos y perspectivas , 2001.
  26. ^ ver El desarrollo del derecho internacional por la Corte Internacional, Hersch Lauterpacht, página 262
  27. La Secretaría de la ONU compiló una lista completa de los diversos instrumentos legales aún vigentes en 1950. E / CN.4 / 367 Símbolo: E / CN.4 / 367, Fecha: 7 de abril de 1950 Archivado el 24 de octubre de 2012 en el Wayback Machine (véase el CAPÍTULO III DE LA CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS Y LOS TRATADOS CONCLUIDOS DESPUÉS DE LA GUERRA, resolución 181 (II) de 29 de noviembre de 1947, "El futuro gobierno de Palestina", páginas 22-23)
  28. ^ Autodeterminación y minorías nacionales , Thomas D. Musgrave, Monografías de Oxford en derecho internacional, Oxford University Press, 1997 , ISBN 0-19-829898-6 , Tabla de tratados, página xxxviii 
  29. ^ ver la discusión en Justificaciones de la protección de las minorías en el derecho internacional , Athanasia Spiliopoulou Akermark, págs. 119-122.
  30. ^ Ver párrafos 69, 70 y 129 de la Opinión Consultiva de la Corte Internacional de Justicia, Consecuencias legales de la construcción de un muro en el territorio palestino ocupado "Copia archivada" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 2010-07-06 . Consultado el 6 de julio de 2010 . Mantenimiento de CS1: copia archivada como título ( enlace )

Lectura adicional [ editar ]

  • Dugdale, Blanche EC; Bewes, Wyndham A. (1926). "El funcionamiento de los tratados de las minorías". Revista del Instituto Británico de Asuntos Internacionales . Real Instituto de Asuntos Internacionales . 5 (2): 79–95. doi : 10.2307 / 3014590 . ISSN  1473-7981 . JSTOR  3014590 .
  • Fink, Carole. Defending the Rights of Others: The Great Powers, the Jewish, and International Minority Protection (2004) revisión en línea .
  • Fink, Carole. Los derechos de las minorías como cuestión internacional , Historia europea contemporánea, vol. 2 (noviembre de 2000), págs. 385–400
  • Tratados de protección de las minorías
  • Motta, Giuseppe. Menos que naciones. Minorías de Europa Central y Oriental después de la Primera Guerra Mundial, 2 vols. Cambridge Scholars Publishing, extracto de 2013

Enlaces externos [ editar ]

  • Pequeño Tratado de Versalles firmado por Polonia el 28 de junio de 1919