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R contra Marshall; R v Bernard 2005 SCC 43 es una importante decisión sobre derechos aborígenes de la Corte Suprema de Canadá, donde la Corte redujo la prueba de R. v. Marshall para determinar el alcance de la protección constitucional sobre las prácticas aborígenes. La Corte sostuvo que no había ningún derecho a la tala comercial otorgado en los " Tratados de paz y amistad de 1760 ", el mismo conjunto de tratados donde se otorgó el derecho a la pesca comercial en ladecisión R. v. Marshall . Esta decisión también aplicó y desarrolló la prueba del título aborigen de Delgamuukw contra Columbia Británica .

Antecedentes [ editar ]

Esta decisión considera dos casos separados. En el primero, Stephen Marshall (sin relación con Donald Marshall ) y otros 34 Mi'kmaq fueron acusados ​​de talar madera en tierras de la Corona de Nueva Escocia sin un permiso. En el segundo caso, Joshua Bernard, un Mi'kmaq fue acusado de posesión de troncos robados de un aserradero rural de New Brunswick que fueron cortados de tierras de la Corona.

En ambos casos, todos los acusados ​​argumentaron que su condición de indios les otorgaba el derecho a iniciar sesión en tierras de la Corona con fines comerciales, según lo otorgan los tratados de paz y amistad.

En el juicio, los jueces condenaron a todos los acusados. En los tribunales de apelación provinciales se anularon las condenas.

Opinión de la corte [ editar ]

McLachlin, escribiendo para la mayoría, sostuvo que no existía el derecho a la tala comercial en virtud de los tratados. A partir de la evidencia, descubrió que no respaldaba la conclusión de que la tala comercial formaba la base de la cultura e identidad tradicionales de los Mi'kmaq. La mayoría restableció las condenas en el juicio.

En cuanto a la reivindicación del título aborigen, la mayoría afirma la prueba de Delgamuukw : "los reclamantes deben probar la" ocupación "pre-soberana" exclusiva "de la tierra por parte de sus antepasados". Al aplicar esta prueba, la mayoría no encontró que la caza o pesca estacional en un área fuera suficiente, por sí sola, para establecer la existencia de un título aborigen. Dejaron abierta la posibilidad de que, con suficiente evidencia, los pueblos nómadas o seminómadas pudieran establecer un título aborigen basado en el uso no permanente de un terreno, siempre y cuando también se demostrara suficiente exclusividad o control.

Ver también [ editar ]

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