La democracia sindical es un término que se refiere a la gobernanza de los sindicatos , en términos de la calidad de los procedimientos electorales para garantizar que los ejecutivos de un sindicato representen con mayor precisión los intereses de los miembros.
Teoría
En 1911, un sociólogo alemán, Robert Michels, propuso la opinión de que todas las organizaciones democráticas eran propensas a convertirse en oligarquías debido al crecimiento y tamaño de las organizaciones modernas, la necesidad de especialización de los funcionarios y la necesidad de que esta división del trabajo liderara el rango. y archivo para luchar por comprender las actividades de sus líderes. Michels argumentó que esto equivalía a una ley de hierro de la oligarquía : todos los grupos, independientemente de cuán democráticos puedan ser al principio, eventualmente e inevitablemente se convierten en oligarquías con burocracias hinchadas .
El propio Michels, después de pelearse con el Partido Socialdemócrata Alemán, emigró a Italia y se unió al Partido Fascista de Mussolini . Sin embargo, sus ideas fueron popularizadas después de la Segunda Guerra Mundial en particular por Seymour Martin Lipset , Trow y James Samuel Coleman en un libro titulado Union Democracy: The Internal Politics of the International Typographical Union (1957). Este libro argumentó que la UIT era una excepción a la ley general de Michels, y que las condiciones necesarias para garantizar la democracia eran que pudiera formarse una oposición a la dirección del sindicato. Esto dependía de asegurar que el liderazgo no monopolizara los canales de comunicación con los miembros.
Lipset y sus coautores limitaron su comprensión de la "democracia" a la existencia de una oposición organizada. Se mostraron escépticos de que las condiciones en la UIT, que la hicieron democrática, pudieran surgir espontáneamente en muchos otros sindicatos.
Después de esto, en 1959, el gobierno federal de los EE. UU. Aprobó la Ley Landrum-Griffin de 1959 para ordenar que se sigan los principios democráticos en la gobernanza sindical.
Ley
- Organización Internacional del Trabajo , Convenio sobre la libertad sindical (1948) No 87
- Ley de divulgación e informes de la gestión laboral de los EE. UU. De 1959
- Ley de sindicatos del Reino Unido de 1984 , ahora en la Ley de relaciones sindicales y laborales (consolidación) de 1992, artículo 72
Principios
Los principios incluyen:
- Elecciones frecuentes y controvertidas, con miembros de base que desafían regularmente a los titulares y la rotación resultante de funcionarios y representantes, y todos los candidatos tienen el mismo acceso a las listas de miembros antes de las elecciones, incluido el derecho a copiar la lista.
- Publicaciones abiertas, con boletines y sitios web que publican las opiniones de todos los miembros, incluidos los críticos de los funcionarios, representantes o la política sindical, y el sindicato fomenta el debate y la discusión abiertos y libres de temas y candidatos; que los candidatos a las elecciones tengan el mismo uso de las publicaciones sindicales y los medios de comunicación (sitio web, boletín informativo, lista de correo electrónico) para publicar su material de campaña.
- Ratificación de los miembros, con todos los contratos y "acuerdos paralelos" entre el sindicato y la dirección sujetos a la ratificación mediante votación secreta de los miembros cubiertos por el contrato.
- Votos de huelga : los miembros deben votar sobre la huelga, el regreso al trabajo y otras decisiones durante las huelgas, y los votos de huelga no se utilizan para obligar a los miembros a ratificar los contratos ("o vota 'sí' o vota a favor de la huelga").
- "Voto informado": el texto completo de los cambios, enmiendas, referendos, etc. propuestos en el contrato debe distribuirse a los miembros antes de las votaciones de ratificación, con tiempo suficiente para una revisión y discusión significativa de los miembros, y el sindicato circulando (o al menos sin obstruir) diferentes opiniones sobre la oferta del contrato.
- Elección de representantes: los delegados sindicales , agentes comerciales y otros representantes de los miembros (remunerados o no) deben ser elegidos mediante votación secreta de los miembros a los que representan, y sujetos a la revocación de los miembros a los que representan; los delegados y miembros activos deben estar capacitados en derechos legales y organización ; y debe haber consejos de delegados que se reúnan para planificar y coordinar la acción.
- Derechos de los reclamantes: los trabajadores deben participar plenamente en el proceso de reclamación en cada paso, con información completa sobre su caso y su progreso.
- Acceso de los miembros a la información: los representantes sindicales deben proporcionar a los miembros copias actualizadas y completas del contrato y los estatutos / estatutos del sindicato, y el contrato y los estatutos deben publicarse en los sitios web del sindicato. Los miembros deben tener fácil acceso a la información sobre los sueldos, el presupuesto y los gastos de los oficiales. Los representantes sindicales deben informar periódicamente a los miembros de sus derechos en virtud de la legislación nacional y local, y de cómo hacerlos cumplir, incluidos los derechos y responsabilidades en virtud de las reglamentaciones pertinentes.
- Las reuniones locales regulares , que deben ser al menos trimestrales, se anuncian con anticipación, en un momento y lugar convenientes para los miembros, con una agenda circulada con anticipación, bajo requisitos de quórum razonables no establecidos tan altos como para evitar reuniones válidas de miembros. Se deben realizar negocios reales (no solo una reunión de motivación), con los miembros alentados a hablar, hacer propuestas, votar y hacer preguntas, y las actas de la reunión estarán disponibles para todos los miembros después.
- Organización y comunicación independientes fuera de la estructura oficial del sindicato: los miembros deben tener derecho a organizarse en comités y asambleas independientes, publicar boletines y sitios web de base, y presentar candidatos para cargos sindicales, y los dirigentes sindicales deben fomentar esto.
- Inclusión e igualdad: todos los miembros deben recibir un trato justo, y el sindicato debe luchar contra la discriminación por parte de la dirección y entre los miembros. Los dirigentes y representantes sindicales deben reflejar la membresía en términos de género, raza, idioma, oficio o unidad de negociación , antigüedad , etc. Los contratos, la constitución y los estatutos, las reuniones y las publicaciones del sindicato deben estar accesibles en los idiomas hablados por los miembros.
- Educación para los miembros: los sindicatos deben capacitar a todos los miembros interesados en los derechos legales y la organización, incluyendo cómo participar efectivamente en el sindicato y cómo organizarse en el trabajo.
Si bien existen algunas similitudes superficiales con el llamado modelo organizativo de la actividad sindical, los defensores de la democracia sindical se apresuran a señalar que muchos de los supuestos ejemplos del modelo organizativo no cumplen, en su estructura interna, los requisitos enumerados anteriormente.
Ver también
enlaces externos
- Association for Union Democracy organización sindical democrática con sede en EE. UU.