Texaco Inc. v. Dagher , 547 US 1 (2006), fue una decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos que involucró la aplicación de la ley antimonopolio estadounidensea una empresa conjunta entre compañías petroleras para comercializar gasolina en estaciones de servicio . El Tribunal dictaminó por unanimidad [1] que el precio unificado de la empresa conjunta para las marcas de gasolina de las dos empresas no era unesquema de fijación de precios entre competidores en violación de la Ley Sherman Antimonopolio . En cambio, la Corte consideró la empresa conjunta como una entidad única que tomaba decisiones de precios, en la que las compañías petroleras participaban como inversionistas cooperativos.
Texaco Inc. contra Dagher | |
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Disputado el 10 de enero de 2006 Decidido el 28 de febrero de 2006 | |
Nombre completo del caso | Texaco Incorporated, peticionario v. Fouad N. Dagher, et al .; Shell Oil Company, peticionario c. Fouad N. Dagher, et al. |
Citas | 547 US 1 ( más ) |
Historia del caso | |
Previo | Sentencia sumaria otorgada a los acusados, Dagher v. Saudi Refining, Inc. , CD Cal. ; afirmado en parte, revocado y remitido, 369 F.3d 1108 ( 9th Cir. 2004); cert. concedido, sub nom. Texaco Inc. contra Dagher , 125 S. Ct. 2957 (2005) |
Tenencia | |
Las decisiones de precios de una empresa conjunta legítima entre compañías petroleras para vender gasolina a estaciones de servicio no violaron la Ley Sherman Antimonopolio. Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito revocado. | |
Membresía de la corte | |
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Opinión de caso | |
Mayoria | Thomas, junto con Roberts, Stevens, Scalia, Kennedy, Souter, Ginsburg, Breyer |
Alito no participó en la consideración o decisión del caso. | |
Leyes aplicadas | |
15 USC § 1 (§ 1 de la Ley Antimonopolio de Sherman ) |
Hechos
Texaco y Shell Oil , históricamente competidores en los mercados nacionales e internacionales de petróleo y gasolina, formaron una empresa conjunta en 1998 llamada "Equilon" para consolidar sus operaciones en el oeste de los Estados Unidos , lo que puso fin a la competencia entre las dos empresas en el mercado interno de refinación y comercialización. de gasolina. Según el acuerdo de empresa conjunta, Texaco y Shell acordaron poner en común sus recursos y compartir los riesgos y las ganancias de las actividades de Equilon. La junta directiva de Equilon estaría compuesta por representantes de Texaco y Shell Oil, y la gasolina Equilon se vendería a estaciones de servicio bajo las marcas originales Texaco y Shell Oil . La formación de Equilon fue aprobada por decreto de consentimiento , sujeto a ciertas desinversiones y otras modificaciones, por la Comisión Federal de Comercio , [2] así como por los fiscales generales estatales de California , Hawaii , Oregon y Washington . Los decretos de consentimiento no imponían ninguna restricción sobre los precios que cobraba Equilon.
Juicio
Procedimientos del Tribunal de Distrito
Después Equilon comenzó a operar, una clase de 23.000 Texaco y Shell de la gasolinera propietarios interpuso una acción de clase demanda en la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Central de California , alegando que, mediante la unificación de precios de la gasolina bajo las dos marcas, peticionarios habían violado la norma per se contra la fijación de precios que la Corte Suprema había reconocido durante mucho tiempo en virtud del artículo 1 de la Ley Sherman. El Tribunal de Distrito otorgó un juicio sumario a Texaco y Shell Oil. Determinó que la regla de la razón regía la reclamación de los demandantes, según la cual la Ley Sherman prohibía únicamente "restricciones comerciales irrazonables". Debido a que habían evitado el análisis de la regla de la razón, los demandantes no habían planteado una cuestión de hecho verosímil.
Decisión del Noveno Circuito
El Noveno Circuito se revirtió y dictaminó que en su lugar se aplicaba la regla per se contra la fijación de precios, lo que supuso de manera concluyente que el acuerdo era ilegal. [3] El Noveno Circuito llegó a esa decisión aplicando la doctrina de las restricciones auxiliares, que establecía una excepción a la regla de la razón siempre que una restricción al comercio no fuera accesoria al objetivo principal de un acuerdo. El tribunal no creía que las compañías petroleras hubieran explicado por qué el precio unificado para sus dos marcas de gasolina era necesario para promover los objetivos legítimos de la empresa conjunta, por lo que revocó el juicio sumario. Tanto Texaco como Shell solicitaron certiorari a la Corte Suprema, que consolidó las peticiones y otorgó certiorari para determinar hasta qué punto la regla per se contra la fijación de precios se aplica a las empresas conjuntas.
Corte Suprema
El juez Clarence Thomas emitió la opinión de la Corte Suprema de Estados Unidos, en la que los otros siete jueces participantes se unieron para revertir el Noveno Circuito. Importante para el resultado del caso fue la presunción de la Corte de que la empresa conjunta en sí era legal, lo que se basó en la aprobación previa de la FTC y de los diversos estados involucrados.
El Tribunal dictaminó que las decisiones de fijación de precios de la empresa en participación Equilon no eran una fijación de precios ilegal entre competidores. Texaco y Shell no competían entre sí en el mercado relevante, sino que participaban en ese mercado conjuntamente a través de sus inversiones en Equilon. Las dos compañías compartieron las ganancias de Equilon y deben considerarse como una sola entidad que compite con otros vendedores en el mercado, independientemente de la decisión de comercializar su gasolina con dos marcas en lugar de una.
Contrariamente a la decisión del Noveno Circuito, el Tribunal no consideró que la doctrina de restricciones auxiliares se aplicara porque la práctica comercial impugnada involucraba la "actividad principal" de la empresa conjunta: el precio de los bienes que producía y vendía. Incluso si se aplicara la doctrina, la fijación de precios era ciertamente parte integral de una empresa que producía y vendía bienes.
Ver también
- Ley antimonopolio de EE. UU.
- Lista de casos de la Corte Suprema de Estados Unidos, volumen 547
Notas
- ^ La votación fue 8-0; el juez noveno, Samuel Alito , fue confirmado ante la Corte el 31 de enero de 2006 luego de haber escuchado el alegato oral el 10 de enero, por lo que no participó en la decisión.
- ^ Véase In re Shell Oil Co. , 125 FTC 769 (1998).
- ^ Dagher contra Saudi Refining, Inc. , 369 F.3d 1108 (2004). El juez Stephen Reinhardt escribió la opinión del tribunal, a la que seunió eljuez Johnnie B. Rawlinson . El juez Ferdinand F. Fernandez presentó una decisión separada coincidiendo en parte y disintiendo en parte.
enlaces externos
- Texto de . Texaco Inc. v Dagher , 547 EE.UU. 1 (2006) está disponible en: Google Académico Justia Oyez (argumento de audio oral) Tribunal Supremo (opinión de deslizamiento)