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Las drogas controladas por la Ley de uso indebido de drogas de 1971 del Reino Unido se enumeran en este artículo. Estos medicamentos se conocen en el Reino Unido como medicamentos controlados , porque este es el término con el que el acto mismo se refiere a ellos. Sin embargo, en términos más generales, muchos de estos medicamentos también están controlados por la Ley de Medicamentos de 1968 , hay muchos otros medicamentos controlados por la Ley de Medicamentos pero no por la Ley de Uso Indebido de Drogas, y otras sustancias que pueden considerarse drogas ( alcohol , por ejemplo) están controladas por otras leyes.

La Ley de Uso Indebido de Drogas establece tres categorías separadas, Clase A, Clase B y Clase C. Las drogas de Clase A representan las que se consideran más peligrosas y, por lo tanto, conllevan los castigos más duros. La clase C representa a aquellos que se cree que tienen la menor capacidad de daño, por lo que la ley exige un castigo más indulgente. En realidad, el daño potencial tiene poca relación con la clase, [1] lo que ha llevado al descontento con las leyes sobre drogas. [2]

Ser encontrado en posesión de un medicamento de esta lista se trata con menos seriedad que si se considerara que existe la intención de suministrar (incluso sin pago) el medicamento a otros. La posesión con intención de suministrar conlleva una pena máxima de cadena perpetua .

Con respecto a la posesión y el suministro legales, se aplica un conjunto diferente de categorías que se establecen en el Reglamento sobre el uso indebido de drogas de 2001 (en su forma enmendada). Esto establece cinco horarios, cada uno con sus propias restricciones. La Lista 1 contiene sustancias que el gobierno considera que no tienen valor medicinal, como los alucinógenos , y su uso se limita principalmente a la investigación, mientras que las listas 2 a 5 contienen las otras drogas reguladas. Esto significa que, aunque las drogas pueden entrar en la categoría de Clase A / B / C, también pueden entrar en uno de los programas para uso medicinal legítimo. Por ejemplo, la morfina es una droga de Clase A según la Ley de Uso Indebido de Drogas de 1971 , pero cuando se suministra legalmente se incluye en la categoría de droga controlada de la Lista 2.

Las sustancias pueden ser removidas y agregadas a diferentes partes del programa por instrumento estatutario , siempre que se haya encargado un informe del Consejo Asesor sobre el Uso Indebido de Drogas y se haya llegado a una conclusión, aunque el Secretario de Estado no está obligado por las conclusiones del consejo. En la práctica, esta lista se ha modificado un gran número de veces, a veces eliminando sustancias, pero más comúnmente agregando algunas; por ejemplo, muchas benzodiazepinas se convirtieron en medicamentos de Clase C en 1985 y muchas catinonas se convirtieron en medicamentos de Clase B en 2010.

Drogas de clase A

1. Las siguientes sustancias, a saber: - [3]

(a)

NB Los apartados b) y c) se añadieron en 1977, los apartados d) ye) se añadieron en 1986. El apartado ba) se añadió posteriormente en 2001. [10]

(b) cualquier compuesto (que no sea un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (a) anterior) estructuralmente derivado de triptamina o de un anillo-hidroxitriptamina por modificación de cualquiera de las siguientes formas, es decir: [ 11]

(i) por sustitución en el átomo de nitrógeno de la cadena lateral en cualquier grado con sustituyentes alquilo o alquenilo, o por inclusión del átomo de nitrógeno de la cadena lateral (y ningún otro átomo de la cadena lateral) en una estructura cíclica;
(ii) por sustitución en el átomo de carbono adyacente al átomo de nitrógeno de la cadena lateral con sustituyentes alquilo o alquenilo;
(iii) por sustitución en el anillo de 6 miembros en cualquier grado con sustituyentes alquilo, alcoxi, haloalquilo, tioalquilo, alquilendioxi o haluro;
(iv) por sustitución en la posición 2 del sistema de anillo de triptamina con un sustituyente alquilo;

(ba) los siguientes derivados de fenetilamina , a saber: - [12] [13]

(c) cualquier compuesto (no ser metoxifenamina o un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (a) anterior) estructuralmente derivado de fenetilamina un N-alquilfenetilamina , un metilfenetilamina , un N-alquil-α-metilfenetilamina , un ethylphenethylamine , o una N-alquil-α-etilfenetilamina por sustitución en el anillo en cualquier grado con sustituyentes alquilo, alcoxi, alquilendioxi o haluro, estén o no sustituidos adicionalmente en el anillo por uno o más de otros sustituyentes univalentes .

(d) cualquier compuesto (que no sea un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (a) anterior) estructuralmente derivado del fentanilo por modificación de cualquiera de las siguientes formas, es decir,

(i) por sustitución de la porción fenilo del grupo fenetilo por cualquier heteromonociclo, esté o no sustituido adicionalmente en el heterociclo;
(ii) por sustitución en el grupo fenetilo con grupos alquilo, alquenilo, alcoxi, hidroxi, halógeno, haloalquilo, amino o nitro;
(iii) por sustitución en el anillo de piperidina con grupos alquilo o alquenilo;
(iv) por sustitución en el anillo de anilina con grupos alquilo, alcoxi, alquilendioxi, halógeno o haloalquilo;
(v) por sustitución en la posición 4 del anillo de piperidina con cualquier grupo alcoxicarbonilo o alcoxialquilo o aciloxi;
(vi) por sustitución del grupo N- propionilo por otro grupo acilo;

(e) cualquier compuesto (que no sea un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (a) anterior) derivado estructuralmente de petidina mediante modificación de cualquiera de las siguientes formas, es decir,

(i) por sustitución del grupo 1-metilo por un grupo acilo, alquilo insaturado o no, bencilo o fenetilo, sustituido adicionalmente o no;
(ii) por sustitución en el anillo de piperidina con grupos alquilo o alquenilo o con un puente propano, sustituido adicionalmente o no;
(iii) por sustitución en el anillo 4-fenilo con grupos alquilo, alcoxi, ariloxi, halógeno o haloalquilo;
(iv) por sustitución del 4- etoxicarbonilo por cualquier otro alcoxicarbonilo o cualquier grupo alcoxialquilo o aciloxi;
(v) por formación de un N-óxido o de una base cuaternaria.

(f) cualquier compuesto (que no sea bencil (α-metil-3,4-metilendioxifenetil) amina) estructuralmente derivado de mescalina, 4-bromo-2,5-dimetoxi-α-metilfenetilamina, 2,5-dimetoxi-α, 4 -dimetilfenetilamina, N-hidroxitenanfetamina (N-hidroxi-MDA), o un compuesto especificado en el subpárrafo (ba) o (c) anteriores, por sustitución en el átomo de nitrógeno del grupo amino con un sustituyente bencilo, incluso sustituido en el anillo fenilo del grupo bencilo en cualquier grado ”.

2. Cualquier forma estereoisomérica de una sustancia que por el momento se especifique en el párrafo 1 anterior que no sea dextrometorfano o dextrorfano .

3. Cualquier éster o éter de una sustancia que por el momento se especifica en los párrafos 1 o 2 supra [que no sea una sustancia por el momento especificada en la Parte II de esta Lista].

4. Cualquier sal de una sustancia por el momento especificada en cualquiera de los párrafos 1 a 3 anteriores.

5. Cualquier preparación u otro producto que contenga una sustancia o producto durante el tiempo especificado en cualquiera de los párrafos 1 a 4 anteriores.

6. Cualquier preparación diseñada para la administración por inyección que incluya una sustancia o producto por el momento especificado en cualquiera de los párrafos 1 a 3 de la Parte II de esta Lista.

Drogas de clase B

1. Las siguientes sustancias, a saber: - [3]

(a)

(aa) [20] Cualquier compuesto (que no sea bupropión, catinona, dietilpropión, pirovalerona o un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (a) anterior) estructuralmente derivado de 2-amino-1-fenil-1-propanona por modificación de cualquiera de las siguientes formas, es decir,

(i) por sustitución en el anillo de fenilo en cualquier extensión con sustituyentes alquilo, alcoxi, alquilenodioxi, haloalquilo o haluro, estén o no sustituidos adicionalmente en el anillo de fenilo por uno o más sustituyentes univalentes;
(ii) por sustitución en la posición 3 con un sustituyente alquilo;
(iii) por sustitución en el átomo de nitrógeno con grupos alquilo o dialquilo, o por inclusión del átomo de nitrógeno en una estructura cíclica

(ab) [21] Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 2-aminopropan-1-one por sustitución en la posición 1 con cualquier sistema de anillo monocíclico o policíclico condensado (que no sea un anillo de fenilo o un sistema de anillo de alquilendioxifenilo), ya sea el compuesto se modifica adicionalmente de cualquiera de las siguientes formas, es decir,

(i) por sustitución en el sistema de anillo en cualquier extensión con sustituyentes alquilo, alcoxi, haloalquilo o haluro, estén o no sustituidos adicionalmente en el sistema de anillo por uno o más sustituyentes noivalentes;
(ii) por sustitución en la posición 3 con un sustituyente alquilo;
(iii) por sustitución en el átomo de nitrógeno 2-amino con grupos alquilo o dialquilo, o por inclusión del átomo de nitrógeno 2-amino en una estructura cíclica

(b) cualquier ácido barbitúrico 5,5 disustituido

c) [22] [2,3 – Dihidro – 5 – metil – 3– (4 – morfolinilmetil) pirrolo [1, 2, 3 – de] –1,4 – benzoxazin – 6 – il] –1 – naftalenilmetanona. ( GANA 55,212-2 )

3 – Dimetilheptil – 11 – hidroxihexahidrocannabinol.

Acetato de [9 – hidroxi – 6 – metil – 3– [5 – fenilpentan – 2 – il] oxi – 5, 6, 6a, 7, 8, 9, 10, 10a – octahidrofenantridin – 1 – il].

9- (hidroximetil) –6, 6 – dimetil – 3– (2 – metiloctano – 2 – il) –6a, 7, 10, 10a – tetrahidrobenzo [c] cromen – 1 – ol.

[2,3 – Dihidro – 5 – metil – 3– (4 – morfolinilmetil) pirrolo [1, 2, 3 – de] –1,4 – benzoxazin – 6 – il] –1 – naftalenilmetanona.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3– (1 – naftoil) indol o 1H – indol – 3 – il– (1 – naftil) metano por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo de indol por alquilo, alquenilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo o 2– ( 4-morfolinil) etilo, incluso sustituido adicionalmente en el anillo indol en cualquier grado y sustituido o no en el anillo naftilo en cualquier grado.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3– (1 – naftoil) pirrol por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo pirrol por alquilo, alquenilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo o 2– (4 – morfolinil) etilo, esté o no sustituido en el anillo pirrol en cualquier grado y esté o no sustituido en el anillo de naftilo en cualquier grado.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 1– (1 – naftilmetil) indeno por sustitución en la posición 3 del anillo de indeno por alquilo, alquenilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo o 2– (4 – morfolinil) etilo, esté o no sustituido en el indeno anillo en cualquier extensión y esté o no sustituido en el anillo de naftilo en cualquier extensión.

Nabilona

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3-fenilacetilindol por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo indol con alquilo, alquenilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo o 2- (4-morfolinil) etilo, ya sea que esté o no sustituido en el anillo indol en cualquier grado y si o no sustituido en el anillo de fenilo en ningún grado.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 2– (3 – hidroxiciclohexil) fenol por sustitución en la posición 5 del anillo fenólico por alquilo, alquenilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo o 2– (4 – morfolinil) etilo, esté o no sustituido en el ciclohexilo. suena en cualquier medida. ";

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3-benzoilindol por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo indol por alquilo, haloalquilo, alquenilo, cianoalquilo, hidroxialquilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo, (N-metilpiperidin-2-il) metilo o 2– (4-morfolinilo ) etilo, esté o no sustituido adicionalmente en el anillo de indol en cualquier grado y esté o no sustituido en el anillo de fenilo en cualquier grado.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3- (1-adamantoil) indol o 3- (2-adamantoil) indol por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo indol por alquilo, haloalquilo, alquenilo, cianoalquilo, hidroxialquilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo, (N- metilpiperidin-2-il) metilo o 2– (4-morfolinil) etilo, incluso si están o no sustituidos en el anillo indol en cualquier grado y si están o no sustituidos en el anillo adamantilo en cualquier grado.

Cualquier compuesto derivado estructuralmente de 3- (2,2,3,3-tetrametilciclopropilcarbonil) indol por sustitución en el átomo de nitrógeno del anillo indol por alquilo, haloalquilo, alquenilo, cianoalquilo, hidroxialquilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo, (N-metilpiperidin-2 -il) metilo o 2– (4-morfolinil) etilo, incluso sustituido adicionalmente en el anillo indol en cualquier grado.

(ca) [23] cualquier compuesto (que no sea clonitazeno, etonitazeno, acemetacina, atorvastatina, bazedoxifeno, indometacina, losartán, olmesartán, proglumetacina, telmisartán, viminol, zafirlukast o un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (c) anterior ) estructuralmente relacionado con 1-pentil-3- (1-naftoil) indol ( JWH-018), en el sentido de que las cuatro subestructuras, es decir, el anillo indol, el sustituyente pentilo, el grupo de enlace metanona y el anillo naftilo, están unidos entre sí de manera similar, ya sea que alguna de las subestructuras haya sido o no modificados, y estén o no sustituidos en cualquiera de las subestructuras enlazadas con uno o más sustituyentes univalentes y, cuando se haya modificado alguna de las subestructuras, las modificaciones de las subestructuras se limitan a cualquiera de los siguientes, que Es decir-

i) sustitución del anillo indol por indano, indeno, indazol, pirrol, pirazol, imidazol, bencimidazol, pirrolo [2,3-b] piridina, pirrolo [3,2-c] piridina o pirazolo [3,4-b ] piridina;
(ii) sustitución del sustituyente pentilo por alquilo, alquenilo, bencilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo, (N-metilpiperidin-2-il) metilo, 2- (4-morfolinil) etilo o (tetrahidropiran-4-il) metilo;
(iii) sustitución del grupo de unión de metanona por un grupo etanona, carboxamida, carboxilato, puente de metileno o metino;
(iv) sustitución del anillo 1-naftilo por 2-naftilo, fenilo, bencilo, adamantilo, cicloalquilo, cicloalquilmetilo, cicloalquiletilo, biciclo [2.2.1] heptanilo, 1,2,3,4-tetrahidronaftilo, quinolinilo, isoquinolinilo, 1 -amino-1-oxopropan-2-ilo, 1-hidroxi-1-oxopropan-2-ilo, piperidinilo, morfolinilo, pirrolidinilo, tetrahidropiranilo o piperazinilo.

(d) [22] 1-Fenilciclohexilamina o cualquier compuesto (que no sea ketamina, tiletamina o un compuesto por el momento especificado en el párrafo 1 (a) de la Parte 1 de esta Lista) estructuralmente derivado de 1-fenilciclohexilamina o 2-amino- 2-fenilciclohexanona mediante modificación de cualquiera de las siguientes formas, es decir,

(i) por sustitución en el átomo de nitrógeno en cualquier grado por grupos alquilo, alquenilo o hidroxialquilo, o por sustitución del grupo amino por un grupo 1-piperidilo, 1-pirrolidilo o 1-azepilo, ya sea que el anillo que contiene nitrógeno sea o no adicional sustituido con uno o más grupos alquilo;

(ii) por sustitución en el anillo de fenilo en cualquier grado por sustituyentes amino, alquilo, hidroxi, alcoxi o haluro, estén o no sustituidos adicionalmente en el anillo de fenilo en cualquier grado;

(iii) por sustitución en el anillo ciclohexilo o ciclohexanona por uno o más sustituyentes alquilo;

(iv) por sustitución del anillo de fenilo por un anillo de tienilo.

(e) Cualquier compuesto (que no sea un compuesto por el momento especificado en el párrafo 1 (ba) de la Parte 1 de esta Lista) estructuralmente derivado de 1-benzofurano, 2,3-dihidro-1-benzofurano, 1H-indol, indolina , 1H-indeno o indano por sustitución en el anillo de 6 miembros con un sustituyente 2-etilamino, esté o no sustituido adicionalmente en el sistema de anillo en cualquier grado con sustituyentes alquilo, alcoxi, haluro o haloalquilo y esté o no sustituido en el etilamino cadena lateral con uno o más sustituyentes alquilo.

2. Cualquier forma estereoisomérica de una sustancia por el momento especificada en el párrafo 1 de esta Parte de esta Lista.

3. Cualquier sal de una sustancia por el momento especificada en el párrafo 1 o 2 de esta Parte de esta Lista.

4. Cualquier preparación u otro producto que contenga una sustancia o producto por el momento especificado en cualquiera de los párrafos 1 a 3 de esta Parte de esta Lista, que no sea una preparación incluida en el párrafo 6 de la Parte I de esta Lista.

Drogas de clase C

1. Las drogas de clase C , supuestamente las menos dañinas, incluyen las siguientes sustancias: - [3]

(a)

NB Los subpárrafos (b), (c), (d) y (e) se refieren todos a los esteroides anabólicos que fueron prohibidos en 1996 [28] (a menos que se indique lo contrario) :

(B)

(c) cualquier compuesto (que no sea trilostano o un compuesto por el momento especificado en el subpárrafo (b) anterior) estructuralmente derivado de 17-hidroxiandrostan-3-ona o de 17-hidroxiestran-3-ona mediante modificación en cualquiera de las siguientes formas, es decir, (i) mediante sustitución adicional en la posición 17 por un grupo metilo o etilo ; (ii) por sustitución en cualquier extensión en una o más de las posiciones 1, 2, 4, 6, 7, 9, 11 o 16, pero en ninguna otra posición; (iii) por insaturación en el sistema de anillo carbocíclico en cualquier grado, siempre que no haya más de dos enlaces etilénicos en cualquier anillo carbocíclico; (iv) por fusión del anillo A con un sistema heterocíclico;

(d) cualquier sustancia que sea un éster o éter (o, cuando esté disponible más de una función hidroxilo, tanto un éster como un éter) de una sustancia especificada en el subpárrafo (b) o descrita en el subpárrafo (c) encima;

(mi)

  • Gonadotropina coriónica
  • Clenbuterol
  • Gonadotropina coriónica no humana
  • Somatropina
  • Somatrem
  • Somatropina

(f) 1 – bencilpiperazina o cualquier compuesto (que no sea 1– (3 – clorofenil) piperazina o 1– (3 – clorofenil) –4– (3 – cloropropil) piperazina) estructuralmente derivado de 1 – bencilpiperazina o 1 – fenilpiperazina por modificación de cualquiera de las siguientes formas

(i) por sustitución en el segundo átomo de nitrógeno del anillo de piperazina con grupos alquilo, bencilo, haloalquilo o fenilo;

(ii) por sustitución en el anillo aromático en cualquier grado con grupos alquilo, alcoxi, alquilendioxi, haluro o haloalquilo;

2. Cualquier forma estereoisomérica de una sustancia por el momento especificada en el párrafo 1 de esta Parte de esta Lista [que no sea fenilpropanolamina ].

3. Cualquier sal de una sustancia por el momento especificada en el párrafo 1 o 2 de esta Parte de esta Lista.

4. Cualquier preparación u otro producto que contenga una sustancia por el momento especificado en cualquiera de los párrafos 1 a 3 de esta Parte de esta Lista.

Derivados y análogos

La ley contiene varias referencias a "derivados" de compuestos, pero el alcance de este término no está completamente aclarado. Cuando no se especifica, se cree que indica derivados que pueden prepararse a partir del compuesto especificado en una sola etapa sintética, aunque tal definición indicaría que los análogos de alquilsergamida no estarían controlados. Cuando se especifica que los derivados son "derivados estructurales", existe un precedente de que el estatuto se aplica siempre que la estructura pueda convertirse a los derivados especificados en cualquier número de pasos sintéticos. [29]

Referencias

 Este artículo incorpora texto publicado bajo la British Open Government License  v3.0: Para mantener la precisión del artículo, parte del texto se copia directamente de la legislación.

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  2. ^ Nutt, David (1 de abril de 2010). "Destrozar la política de drogas basada en la evidencia" . The Guardian . Consultado el 8 de febrero de 2012 . Daremos al público el tipo de evidencia de alta calidad sobre los daños causados ​​por las drogas que nuestra actual generación de políticos aparentemente no sienten que necesitan antes de tomar decisiones de gran alcance en torno a la clasificación de las drogas.
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  18. ^ MXE dejó de estar cubierto por la prohibición temporal el 26 de febrero de 2013, cuando pasó a ser clasificado como medicamento de Clase B
  19. ^ La prohibición de la mefedrona entra en vigor en el Reino Unido
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  25. ^ a b Warfa, Nasir; Klein, Axel; Bhui, Kamaldeep; Leavey, Gerard; Craig, Tom; Stansfeld, Stephen Alfred (2007). "Uso de khat y enfermedad mental: una revisión crítica". Ciencias sociales y medicina . 65 (2): 309–318. doi : 10.1016 / j.socscimed.2007.04.038 . PMID 17544193 . 
  26. ^ Orden de 2009 de la Ley de uso indebido de drogas de 1971 (enmienda) http://www.legislation.gov.uk/ukdsi/2009/9780111486610/contents
  27. ^ "Orden de 1995 (modificación) de la Ley de uso indebido de drogas de 1995" . Oficina de Información del Sector Público . Consultado el 15 de junio de 2009 .
  28. ^ "Orden de 1971 (modificación) de la Ley de uso indebido de drogas de 1996" . Oficina de Información del Sector Público . Consultado el 15 de junio de 2009 .
  29. ^ Química forense del uso indebido de sustancias: edición de una guía para el control de drogas por Leslie A. King (2009)

Enlaces externos

  • El texto de la Ley de 1971 sobre el uso indebido de drogas - Oficina de Información del Sector Público
  • Anexos y estructuras de la Ley de 1971 sobre el uso indebido de drogas - Diseño de isómeros
  • Reglamento sobre el uso indebido de drogas de 2001 enmendado