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Jurisprudencia islámica ( fiqh ) |
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estudios Islámicos |
En el Islam , iddah o iddat ( árabe : العدة ; período de espera ) es el período que una mujer debe observar después de la muerte de su esposo o después de un divorcio , durante el cual no puede casarse con otro hombre. [1] : 472 [2] Uno de sus principales propósitos es eliminar cualquier duda sobre la paternidad de un hijo nacido después del divorcio o la muerte del anterior esposo.
La duración de 'iddah varía según una serie de circunstancias. Generalmente, el 'iddah de una mujer divorciada por su esposo es de cuatro meses y diez días, pero si el matrimonio no se consuma, no hay' iddah. Para una mujer cuyo esposo ha muerto, el 'iddah es cuatro meses lunares y diez días después de la muerte de su esposo, ya sea que el matrimonio se consuma o no. Si una mujer queda embarazada al enviudar o divorciarse, el 'iddah dura hasta que da a luz.
Los eruditos islámicos consideran que esta directiva es un equilibrio entre el duelo por la muerte del esposo y proteger a la viuda de las críticas a las que podría ser sometida por volver a casarse demasiado rápido después de la muerte de su esposo. [3] Esto también sirve para determinar si una mujer está embarazada o no, ya que cuatro meses y medio es la mitad de la duración de un embarazo normal. [4]
La directiva dentro del Corán ( Al-Baqarah 2: 234-235), con respecto al período de espera para una viuda, es:
Si alguno de ustedes muere y deja mujeres, esperará por sí mismo cuatro meses y diez días: cuando haya cumplido su término, no hay culpa suya si se dispone de sí mismo de una manera justa y razonable. Y Dios conoce bien lo que hacéis. No tienen ninguna culpa si hacen una oferta de compromiso o la guardan en sus corazones. Dios sabe que los atesorais en vuestro corazón: pero no hagáis un contrato secreto con ellos excepto en términos honorables, ni decidáis sobre el vínculo del matrimonio hasta que se cumpla el plazo prescrito. Y sabed que Dios sabe lo que hay en vuestro corazón, y miradle; y sepan que Dios es indulgente, indulgente. Al-Baqarah 2: 234-235 Traducción Yusuf Ali (Orig. 1938) [5]
El siguiente es un resumen de las principales directivas (para las viudas) contenidas en estos versículos:
Estas son las directivas básicas de la Sharia con respecto al período de espera de una viuda. [ cita requerida ] También está claro de otra directiva del Corán que durante este período de espera, la mujer no debe ser expulsada de su casa. [6]
La directiva dentro del Corán ( Al-Baqarah 2: 228), con respecto al período de espera para un divorciado, es:
Las mujeres divorciadas esperarán para preocuparse por sí mismas durante tres períodos mensuales. Tampoco les es lícito esconder lo que Dios ha creado en sus entrañas, si tienen fe en Dios y en el Día Postrero. Y sus maridos tienen más derecho a recuperarlos en ese período, si desean la reconciliación. Y las mujeres tendrán derechos semejantes a los derechos que les corresponden, según sea equitativo; pero los hombres tienen un grado (de ventaja) sobre ellos. Y Dios es exaltado en poder, sabio. Al-Baqarah 2: 228 Traducción Yusuf Ali (Orig. 1938) [7]
En la sura Al-Ahzab se dice:
¡Oh vosotros los que creéis! Cuando te casas con mujeres creyentes y luego te divorcias de ellas antes de tocarlas, entonces no hay iddah, tienes que contar. (Al-Corán 33:49) [8]
En el Corán sura At-Talaq Verso 65: 4, se dice:
Aquellas de vuestras mujeres que han pasado la edad de los cursos mensuales, para ellas el Iddah, si tenéis alguna duda, es de tres meses, y para las que no tienen cursos (es lo mismo): para las que llevan (vida dentro de su úteros), su período es hasta que entreguen sus cargas: y para los que temen a Alá, Él facilitará su camino. At-Talaq 65: 4 Traducción de Yusuf Ali (Orig. 1938) [9]
La directiva dentro del Corán Surat At-Talaq 65: 4, con respecto al período de espera para "aquellos que no tienen cursos" (es decir, todavía son jóvenes), es:
Y aquellas de sus mujeres que han pasado la edad de los cursos mensuales, para ellas el 'Iddah (período prescrito), si tiene dudas (sobre sus períodos), es de tres meses, y para las que no tienen cursos (es decir, todavía están inmaduro) su 'Iddah (período prescrito) es de tres meses igualmente, excepto en caso de muerte. [10]
La traducción de Mohsin Khan también aclara que esto se refiere a aquellas que aún no han menstruado, ya que son "aún inmaduras". [11]
El siguiente es un resumen de las principales directivas (para divorcios) contenidas en estos versículos:
Comentario del Imam Suyuti, Tafsir al-Jalalayn: Y en cuanto a aquellas de sus mujeres que leen allā'ī o allā'i en ambos casos, ya no esperan menstruar si tienen alguna duda sobre su período de espera, su período de espera prescrito será de tres meses. y también para aquellas que aún no han menstruado debido a su corta edad, su período será también de tres meses - ambos casos se aplican a otras personas que no sean cuyos cónyuges hayan fallecido; para estos últimos, su período está prescrito en el versículo, esperarán solos durante cuatro meses y diez días. [12]
Tafsir ibn Kathir, dice de este verso:
Su Iddah es de tres meses en lugar de los tres ciclos mensuales para las que menstrúan, que se basa en el Ayah en (Surat) Al-Baqarah. (ver 2: 228) Lo mismo para las jóvenes, que no han alcanzado los años de la menstruación. Su `Iddah es de tres meses como los de la menopausia. [13]
El Tafsir al Jalalyn, coautor del erudito Imam Suyuti, dice de este verso
Y [en cuanto a] aquellas de sus mujeres que (lea allā'ī o allā'i en ambos casos) ya no esperan menstruar, si tiene alguna duda, sobre su período de espera, su período de [espera] prescrito será de tres meses , y [también] para las que aún no han menstruado, debido a su corta edad, su período será [también] de tres meses [14]
Y aquellos que llevan (vida dentro de sus úteros), su iddah es hasta que entreguen sus cargas (Al-Quran 65: 4)
Las mujeres divorciadas y las viudas embarazadas no pueden volver a casarse hasta el parto. El nuevo matrimonio no puede tener lugar hasta que un período de espera elimine todas las dudas sobre cualquier embarazo existente. [15]